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Document 32014D0257

    2014/257/UE: Decisión del Consejo, de 14 de marzo de 2014 , relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo Adicional del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Croacia a la Unión Europea

    DO L 140 de 14.5.2014, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/257/oj

    Related international agreement

    14.5.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 140/1


    DECISIÓN DEL CONSEJO

    de 14 de marzo de 2014

    relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo Adicional del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Croacia a la Unión Europea

    (2014/257/UE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 91, su artículo 100, apartado 2, su artículo 167, apartado 3, y su artículo 207, en relación con su artículo 218, apartado 5,

    Vista el Acta de Adhesión de Croacia y, en particular, su artículo 6, apartado 2, párrafo segundo,

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 24 de septiembre de 2012, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones, en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros y Croacia, con la República de Corea con objeto de celebrar un Protocolo Adicional del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Croacia a la Unión Europea («el Protocolo Adicional»).

    (2)

    Dichas negociaciones finalizaron con éxito con la rúbrica del Protocolo Adicional el 8 de noviembre de 2013.

    (3)

    Procede firmar el Protocolo Adicional en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

    (4)

    Habida cuenta de la adhesión de Croacia a la Unión el 1 de julio de 2013, el Protocolo Adicional debe aplicarse de forma provisional desde dicha fecha.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Se autoriza la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, del Protocolo Adicional del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, para tener en cuenta la adhesión de Croacia a la Unión Europea, a reserva de la celebración de dicho Protocolo.

    El texto del Protocolo Adicional se adjunta a la presente Decisión.

    Artículo 2

    Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Protocolo Adicional en nombre de la Unión y de sus Estados miembros y para proceder, en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, a las notificaciones previstas en el artículo 9 del Protocolo Adicional en relación con la terminación de los procedimientos internos necesarios para su firma y su aplicación provisional.

    Artículo 3

    El Protocolo Adicional se aplicará de forma provisional desde el 1 de julio de 2013, de conformidad con su artículo 9, apartados 2 y 3, hasta tanto terminen los procedimientos necesarios para su celebración.

    Artículo 4

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2014.

    Por el Consejo

    El Presidente

    M. CHRISOCHOIDIS


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