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Document 32014D0022

Decisión 2014/22/PESC del Consejo, de 20 de enero de 2014 , que modifica la Decisión 2013/353/PESC por la que se modifica y prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia

DO L 16 de 21.1.2014, p. 30–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2014/22(1)/oj

21.1.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 16/30


DECISIÓN 2014/22/PESC DEL CONSEJO

de 20 de enero de 2014

que modifica la Decisión 2013/353/PESC por la que se modifica y prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, su artículo 31, apartado 2, y su artículo 33,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 25 de agosto de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/518/PESC (1) por la que se nombraba al Sr. Philippe LEFORT Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia.

(2)

El 2 de julio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/353/PESC (2), por la que se prorrogaba el mandato del REUE hasta el 30 de junio de 2014 y se establecía un importe de referencia financiera hasta el 31 de diciembre de 2013.

(3)

Procede establecer un nuevo importe de referencia financiera que abarque el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2014.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 5 de la Decisión 2013/353/PESC se modifica como sigue:

a)

en el apartado 1 se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2014 será de 1 040 000 EUR.»;

b)

en el apartado 2, la primera frase se sustituye por el texto siguiente:

«Los gastos financiados con el importe indicado en el apartado 1, párrafo primero, serán elegibles a partir del 1 de julio de 2013.».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

La presente Decisión se aplicará a partir del 1 de enero de 2014.

Hecho en Bruselas, el 20 de enero de 2014.

Por el Consejo

La Presidenta

C. ASHTON


(1)  Decisión 2011/518/PESC del Consejo, de 25 de agosto de 2011, por la que se nombra al Representante Especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia (DO L 221 de 27.8.2011, p. 5).

(2)  Decisión 2013/353/PESC del Consejo, de 2 de julio de 2013, por la que se modifica y prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para el Cáucaso Meridional y la crisis en Georgia (DO L 185 de 4.7.2013, p. 9).


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