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Document 32013R1341

Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1341/2013 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2013 , por el que se determina en qué medida pueden aceptarse las solicitudes de certificados de importación presentadas en noviembre de 2013 para determinados productos lácteos en virtud de los contingentes arancelarios abiertos mediante el Reglamento (CE) n ° 2535/2001

DO L 335 de 14.12.2013, p. 30–31 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2013/1341/oj

14.12.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 335/30


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1341/2013 DE LA COMISIÓN

de 13 de diciembre de 2013

por el que se determina en qué medida pueden aceptarse las solicitudes de certificados de importación presentadas en noviembre de 2013 para determinados productos lácteos en virtud de los contingentes arancelarios abiertos mediante el Reglamento (CE) no 2535/2001

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

Las solicitudes de certificados de importación presentadas del 20 al 30 de noviembre de 2013 para determinados contingentes arancelarios contemplados en el anexo I del Reglamento (CE) no 2535/2001 de la Comisión (3) se refieren a cantidades superiores a las disponibles. Por consiguiente, conviene determinar en qué medida se expedirán los certificados de importación mediante la fijación de coeficientes de asignación que se aplicarán a las cantidades solicitadas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las solicitudes de certificados de importación de productos incluidos en los contingentes arancelarios contemplados en el anexo I, partes I.A, I.F, I.H, I.I, I.J y I.K del Reglamento (CE) no 2535/2001, presentadas del 20 al 30 de noviembre de 2013, darán lugar a la expedición de certificados de importación para las cantidades solicitadas a las que se aplicarán los coeficientes de asignación fijados en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 14 de diciembre de 2013.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2013.

Por la Comisión, en nombre del Presidente

Jerzy PLEWA

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2)  DO L 238 de 1.9.2006, p. 13.

(3)  Reglamento (CE) no 2535/2001 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que se refiere al régimen de importación de leche y productos lácteos y a la apertura de contingentes arancelarios (DO L 341 de 22.12.2001, p. 29).


ANEXO

I.A

Número de contingente arancelario

Coeficiente de asignación

09.4590

09.4599

100 %

09.4591

09.4592

09.4593

09.4594

09.4595

3,495052 %

09.4596

100 %

«—»: No se ha transmitido a la Comisión ninguna solicitud de certificado.

I.F

Productos originarios de Suiza

Número de contingente arancelario

Coeficiente de asignación

09.4155

100 %

I.H

Productos originarios de Noruega

Número de contingente arancelario

Coeficiente de asignación

09.4179

100 %

I.I

Productos originarios de Islandia

Número de contingente arancelario

Coeficiente de asignación

09.4205

100 %

09.4206

100 %

I.J

Productos originarios de la República de Moldavia

Número de contingente arancelario

Coeficiente de asignación

09.4210

«—»: No se ha transmitido a la Comisión ninguna solicitud de certificado.

I.K

Productos originarios de Nueva Zelanda

Número de contingente arancelario

Coeficiente de asignación

09.4514

100 %

09.4515

100 %


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