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Document 32013R0344R(01)

    Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 344/2013 de la Comisión, de 4 de abril de 2013 , por el que se modifican los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) n ° 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos ( DO L 114 de 25.4.2013 )

    DO L 142 de 29.5.2013, p. 10–10 (BG, ES, DE, EL, EN, LV, LT, PT, RO, SK)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/344/corrigendum/2013-05-29/oj

    29.5.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 142/10


    Corrección de errores del Reglamento (UE) no 344/2013 de la Comisión, de 4 de abril de 2013, por el que se modifican los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) no 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 114 de 25 de abril de 2013 )

    En la página 20, en el anexo, en el punto 2, la letra g) queda redactada como sigue:

    «g)

    la entrada con el número de orden 45 se sustituye por la siguiente:

    “45

    Alcohol bencílico (1)

    Benzyl Alcohol

    100-51-6

    202-859-9

    a)

    Disolvente

     

    Con otros fines que no sean la inhibición del crecimiento de microorganismos en el producto. La presentación del producto debe poner en evidencia estos otros fines.

     

    b)

    Fragancia, composiciones aromáticas y sus materias primas

    b)

    La presencia de la sustancia deberá indicarse en la lista de ingredientes a que se hace referencia en el artículo 19, apartado 1, letra g), cuando su concentración supere:

    el 0,001 % en los productos que no se aclaran,

    el 0,01 % en los productos que se aclaran.


    (1)  Como conservante, véase el anexo V, no 34.”»


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