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Document 32013D0737

    2013/737/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 7 de noviembre de 2013 , por la que se adopta la segunda lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro [notificada con el número C(2013) 7353]

    DO L 350 de 21.12.2013, p. 40–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 26/11/2015; derogado por 32015D2375

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2013/737/oj

    21.12.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 350/40


    DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

    de 7 de noviembre de 2013

    por la que se adopta la segunda lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro

    [notificada con el número C(2013) 7353]

    (2013/737/UE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Vista la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (1), y, en particular, su artículo 4, apartado 2, párrafo tercero,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La región biogeográfica del mar Negro a que se refiere el artículo 1, letra c), inciso iii), de la Directiva 92/43/CEE comprende partes del territorio, en la Unión, de Bulgaria y Rumanía, según se especifica en el mapa biogeográfico aprobado el 20 de abril de 2005 por el Comité creado en virtud del artículo 20 de esa Directiva, en lo sucesivo denominado «el Comité de Hábitats».

    (2)

    Es necesario seguir avanzando, dentro del proceso iniciado en 1995, en el establecimiento concreto de la red Natura 2000, que es un elemento esencial para la protección de la biodiversidad de la Unión.

    (3)

    La Comisión adoptó, mediante la Decisión 2009/92/CE (2) y la Decisión de Ejecución 2013/30/UE (3), la lista inicial y la primera lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro a efectos de la Directiva 92/43/CEE. En virtud del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de dicha Directiva, el Estado miembro interesado debe dar a los espacios incluidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro la designación de zona especial de conservación lo antes posible y, como máximo, en un plazo de seis años, fijando las prioridades de conservación y las medidas de conservación necesarias.

    (4)

    Las listas de lugares de importancia comunitaria se revisan en el marco de una adaptación dinámica de la red Natura 2000. Resulta, pues, necesario actualizar la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro.

    (5)

    Por un lado, es necesario actualizar la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro para incluir en ella lugares adicionales propuestos desde 2011 por los Estados miembros como lugares de importancia comunitaria de esa región biogeográfica a efectos del artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE. Respecto a esos lugares adicionales, las obligaciones derivadas del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE deben aplicarse lo antes posible y, como máximo, en un plazo de seis años tras la adopción de la presente Decisión.

    (6)

    Por otro lado, la actualización de la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro es necesaria para reflejar los cambios en la información sobre los lugares enviada por los Estados miembros tras la adopción de la lista inicial y de la primera lista actualizada de la Unión. En ese sentido, la lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro constituye una versión consolidada de esa lista. Cabe señalar que, respecto a los lugares incluidos en la presente Decisión, las obligaciones derivadas del artículo 4, apartado 4, y del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE deben aplicarse lo antes posible y, como máximo, en un plazo de seis años tras la adopción de la lista de lugares de importancia comunitaria en que un lugar fue incluido por primera vez.

    (7)

    En el caso de la región biogeográfica del mar Negro, se remitió a la Comisión entre marzo de 2007 y octubre de 2012, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE, las listas de lugares propuestos como lugares de importancia comunitaria a efectos del artículo 1 de esa Directiva.

    (8)

    Las listas de los lugares propuestos iban acompañadas de información relativa a cada lugar. Desde 2012, esa información se facilita mediante el formulario establecido por la Decisión de Ejecución 2011/484/UE de la Comisión, de 11 de julio de 2011, relativa a un formulario de información sobre un espacio Natura 2000 (4).

    (9)

    Esa información incluye el mapa del lugar remitido por los Estados miembros interesados, su denominación, su ubicación y su superficie, así como los datos resultantes de la aplicación de los criterios que se especifican en el anexo III de la Directiva 92/43/CEE.

    (10)

    Procede adoptar una lista actualizada de espacios seleccionados como lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro sobre la base del proyecto de lista confeccionado por la Comisión de acuerdo con cada uno de los Estados miembros interesados, en el que se recogen además lugares que albergan tipos de hábitats naturales prioritarios o especies prioritarias.

    (11)

    Los conocimientos sobre la existencia y distribución de las especies y tipos de hábitats naturales evolucionan constantemente como consecuencia de la vigilancia realizada con arreglo al artículo 11 de la Directiva 92/43/CEE. Por consiguiente, la evaluación y selección de lugares a nivel de la Unión se han llevado a cabo utilizando la mejor información disponible en la actualidad.

    (12)

    Algunos Estados miembros interesados no han propuesto un número de lugares suficiente para ajustarse a los requisitos de la Directiva 92/43/CEE en lo que se refiere a ciertos tipos de hábitats y a ciertas especies. Así pues, respecto a esos tipos de hábitats y especies no se puede concluir que la red Natura 2000 esté completa. En vista del retraso a la hora de recibir la información y alcanzar el acuerdo con los Estados miembros, procede adoptar una lista actualizada de lugares, que habrá de ser revisada de conformidad con el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE.

    (13)

    Dado que siguen siendo incompletos los conocimientos sobre la existencia y distribución de algunos de los tipos de hábitats naturales del anexo I y de las especies del anexo II de la Directiva 92/43/CEE, no puede afirmarse que la red Natura 2000 esté completa o incompleta. En caso necesario, la lista debe ser objeto de revisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE.

    (14)

    En aras de la claridad y de la transparencia, procede derogar la Decisión de Ejecución 2013/30/UE.

    (15)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de Hábitats.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el anexo de la presente Decisión figura la segunda lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, párrafo tercero, de la Directiva 92/43/CEE.

    Artículo 2

    Queda derogada la Decisión de Ejecución 2013/30/UE.

    Artículo 3

    Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

    Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2013.

    Por la Comisión

    Janez POTOČNIK

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 206 de 22.7.1992, p. 7.

    (2)  DO L 43 de 13.2.2009, p. 59.

    (3)  DO L 24 de 26.1.2013, p. 740.

    (4)  DO L 198 de 30.7.2011, p. 39.


    ANEXO

    Segunda lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica del mar Negro

    Cada uno de los lugares de importancia comunitaria (LIC) se identifica mediante la información contenida en el formulario Natura 2000, incluido el mapa correspondiente. Esa información ha sido remitida por las autoridades nacionales competentes con arreglo al artículo 4, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 92/43/CEE.

    El cuadro contiene la siguiente información:

    A

    :

    código del LIC compuesto por nueve caracteres, de los cuales los dos primeros son el código ISO del Estado miembro;

    B

    :

    nombre del LIC;

    C

    :

    *= presencia en el LIC de al menos un tipo de hábitat natural o especie prioritarios a tenor del artículo 1 de la Directiva 92/43/CEE;

    D

    :

    superficie del LIC en hectáreas o longitud en kilómetros;

    E

    :

    coordenadas geográficas del LIC (latitud y longitud) en grados decimales.

    Toda la información que se ofrece en la siguiente lista de la Unión se basa en los datos propuestos, remitidos y validados por Bulgaria y Rumanía.

    A

    B

    C

    D

    E

    Código del LIC

    Nombre del LIC

    *

    Superficie del LIC

    (ha)

    Longitud del LIC

    (km)

    Coordenadas geográficas del LIC

     

     

     

     

     

    Longitud

    Latitud

    BG0000100

    Plazh Shkorpilovtsi

    *

    5 125,6526

     

    27,8653

    42,9453

    BG0000102

    Dolinata na reka Batova

    *

    18 459,2388

     

    27,9261

    43,3764

    BG0000103

    Galata

    *

    1 623,7186

     

    27,9411

    43,1378

    BG0000110

    Ostrovi Sv. Ivan i Sv. Petar

     

    30,04

     

    27,6919

    42,4383

    BG0000116

    Kamchia

    *

    12 919,9374

     

    27,7536

    43,0217

    BG0000118

    Zlatni pyasatsi

    *

    1 374,44

     

    28,0364

    43,3044

    BG0000119

    Trite bratya

    *

    1 021,99

     

    27,2883

    42,7117

    BG0000130

    Kraymorska Dobrudzha

    *

    6 520,74

     

    28,3333

    43,6200

    BG0000132

    Pobitite kamani

    *

    231,35

     

    27,6925

    43,2322

    BG0000133

    Kamchiyska i Emenska planina

    *

    63 678,468

     

    27,5081

    42,9231

    BG0000141

    Reka Kamchia

    *

    158,84

     

    27,4783

    43,0381

    BG0000143

    Karaagach

    *

    64,16

     

    27,7725

    42,2233

    BG0000146

    Plazh Gradina - Zlatna ribka

    *

    1 153,12

     

    27,6672

    42,4233

    BG0000151

    Aytoska planina

    *

    29 379,4

     

    27,4414

    42,6892

    BG0000154

    Ezero Durankulak

    *

    5 050,7948

     

    28,5775

    43,6828

    BG0000198

    Sredetska reka

    *

    707,78

     

    27,0475

    42,3153

    BG0000208

    Bosna

    *

    16 225,8881

     

    27,6447

    42,1869

    BG0000219

    Derventski vazvishenia 2

    *

    55 036,13

     

    27,0536

    42,1297

    BG0000230

    Fakiyska reka

    *

    4 104,72

     

    27,2911

    42,2942

    BG0000242

    Zaliv Chengene skele

    *

    190,0154

     

    27,5119

    42,4292

    BG0000270

    Atanasovsko ezero

    *

    7 210,0163

     

    27,4547

    42,5836

    BG0000271

    Mandra - Poda

    *

    6 139,1738

     

    27,4042

    42,4150

    BG0000273

    Burgasko ezero

     

    3 066,8992

     

    27,3922

    42,4975

    BG0000573

    Kompleks Kaliakra

    *

    44 128,2643

     

    28,3217

    43,3469

    BG0000574

    Aheloy - Ravda - Nesebar

    *

    3 928,38

     

    27,6986

    42,6586

    BG0000620

    Pomorie

    *

    2 085,15

     

    27,6364

    42,5989

    BG0000621

    Ezero Shabla - Ezerets

    *

    2 623,53

     

    28,5875

    43,5753

    BG0001001

    Ropotamo

    *

    12 815,82

     

    27,7000

    42,3033

    BG0001004

    Emine - Irakli

    *

    11 282,7954

     

    27,8397

    42,7383

    BG0001007

    Strandzha

    *

    118 225,03

     

    27,6283

    42,0678

    ROSCI0065

    Delta Dunării

    *

    453 076,1

     

    29,1987

    45,0520

    ROSCI0066

    Delta Dunării - zona marină

     

    123 373,7

     

    29,2489

    44,7789

    ROSCI0073

    Dunele marine de la Agigea

    *

    11,4

     

    28,6427

    44,0885

    ROSCI0094

    Izvoarele sulfuroase submarine de la Mangalia

     

    382

     

    28,5986

    43,8136

    ROSCI0114

    Mlaștina Hergheliei - Obanul Mare și Peștera Movilei

    *

    232,2

     

    28,5706

    43,8334

    ROSCI0157

    Pădurea Hagieni - Cotul Văii

    *

    3 620,1

     

    28,4279

    43,7424

    ROSCI0197

    Plaja submersă Eforie Nord - Eforie Sud

     

    140,4

     

    28,6517

    44,0503

    ROSCI0237

    Structuri submarine metanogene - Sf. Gheorghe

     

    6 121,5

     

    29,7600

    44,8700

    ROSCI0269

    Vama Veche - 2 Mai

     

    6 255

     

    28,6511

    43,7564

    ROSCI0273

    Zona marină de la Capul Tuzla

     

    1 737,9

     

    28,6872

    43,9889

    ROSCI0281

    Cap Aurora

     

    13 071

     

    28,7031

    43,8497

    ROSCI0293

    Costinesti - 23 August

     

    4 877,8

     

    28,7208

    43,9256


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