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Document 32012D0324

    Decisión 2012/324/PESC del Consejo, de 25 de junio de 2012 , que modifica y prorroga la Decisión 2010/784/PESC sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS)

    DO L 165 de 26.6.2012, p. 48–48 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/06/2013

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/324/oj

    26.6.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 165/48


    DECISIÓN 2012/324/PESC DEL CONSEJO

    de 25 de junio de 2012

    que modifica y prorroga la Decisión 2010/784/PESC sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

    Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 14 de noviembre de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/797/PESC, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (1) (EUPOL COPPS), que fue prorrogada por última vez mediante la Decisión 2009/955/PESC (2) y caducó el 31 de diciembre de 2010.

    (2)

    El 17 de diciembre de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/784/PESC (3), que da continuidad a la EUPOL COPPS a partir del 1 de enero de 2011, que se modificó por última vez por la Decisión 2011/858/PESC (4). La Decisión 2010/784/PESC caduca el 30 de junio de 2012.

    (3)

    El 4 de mayo de 2012, el Comité Político y de Seguridad (CPS) recomendó que se prorrogase la EUPOL COPPS hasta el 30 de junio de 2013.

    (4)

    La EUPOL COPPS debe prorrogarse de nuevo desde el 1 de julio de 2012 hasta el 30 de junio de 2013 sobre la base de su mandato actual.

    (5)

    También es necesario fijar el importe de referencia financiera destinado a cubrir el gasto relativo a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013.

    (6)

    La EUPOL COPPS se ejecutará en el contexto de una situación susceptible de deteriorarse, lo que podría impedir la consecución de los objetivos de la acción exterior de la Unión que figuran en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión 2010/784/PESC queda modificada como sigue:

    1)

    En el artículo 13, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

    «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013 será de 9 330 000 EUR.».

    2)

    En el artículo 16, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

    «Caducará el 30 de junio de 2013.».

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Será aplicable a partir del 1 de julio de 2012.

    Hecho en Luxemburgo, el 25 de junio de 2012.

    Por el Consejo

    La Presidenta

    C. ASHTON


    (1)  DO L 300 de 17.11.2005, p. 65.

    (2)  DO L 330 de 16.12.2009, p. 76.

    (3)  DO L 335 de 18.12.2010, p. 60.

    (4)  DO L 338 de 21.12.2011, p. 54.


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