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Document 32012D0168

Decisión 2012/168/PESC del Consejo, de 23 de marzo de 2012 , que modifica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán

DO L 87 de 24.3.2012, p. 85–89 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/168(1)/oj

24.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 87/85


DECISIÓN 2012/168/PESC DEL CONSEJO

de 23 de marzo de 2012

que modifica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de abril de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/235/PESC (1).

(2)

Sobre la base de una evaluación de la Decisión 2011/235/PESC, las medidas restrictivas deberían renovarse hasta el 13 de abril de 2013.

(3)

Además, vista la gravedad de la situación de los derechos humanos en Irán, deben incluirse nuevos nombres en la lista de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas que figura en el anexo de la Decisión 2011/235/PESC.

(4)

En este contexto, cabe destacar que de conformidad con el considerando d (4) de la Decisión 2011/235/PESC, entre las personas a las que van dirigidas las medidas restrictivas podrán figurar miembros del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (IRGC), las fuerzas Basij y Ansar-e-Hezbollah.

(5)

Además, quedan prohibidos la venta, el suministro, el traslado y la exportación de equipos y programas destinados principalmente a la supervisión o interceptación, por parte del régimen iraní de Internet y de las comunicaciones telefónicas en redes fijas o móviles en Irán.

(6)

Asimismo, atendiendo a sus objetivos, la prohibición impuesta al suministro, la venta o la transferencia de equipos que puedan utilizarse para la represión interna se incluirá en la Decisión 2011/235/PESC. Al mismo tiempo, la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (2) debe modificarse de tal manera que ya no incluya dicha prohibición.

(7)

Es preciso modificar la Decisión 2011/253/PESC en este sentido.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2011/235/PESC se modifica de la siguiente manera:

1)

Se insertan los artículos siguientes:

"Artículo 2 bis

Quedan prohibidos la venta, el suministro, el traslado y la exportación de equipos y programas destinados principalmente a la supervisión o interceptación, por parte del régimen iraní o en su nombre, de Internet y de las comunicaciones telefónicas en redes fijas o móviles en Irán y la prestación de asistencia para instalar, utilizar o actualizar dichos equipos o programas.

La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los elementos pertinentes que habrán de quedar cubiertos por el presente artículo.

Artículo 2 ter

1.   Quedan prohibidos la venta, el suministro, la transferencia o la exportación a Irán de equipos que puedan utilizarse para la represión interna, por parte de nacionales de los Estados miembros o desde los territorios de estos o utilizando buques o aeronaves que enarbolen su pabellón, tengan o no su origen en dichos territorios.

2.   Queda prohibido asimismo lo siguiente:

a)

ofrecer, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de corretaje u otros servicios relacionados con los artículos indicados el apartado1 o con el suministro, fabricación, mantenimiento o utilización de dichos artículos, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo de Irán o para su utilización en Irán.

b)

ofrecer, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera en relación con los artículos indicados en el apartado1, con inclusión, en particular, de subvenciones, préstamos y seguros de crédito a la exportación, para cualquier venta, suministro, transferencia o exportación de tales artículos o para la prestación de asistencia técnica, servicios de corretaje u otros servicios conexos, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo de Irán o para su utilización en Irán.".

2)

Se inserta el artículo siguiente:

"Artículo 4 bis

Queda prohibido participar, consciente y deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las medidas mencionadas en los artículos 2 bis y 2 ter.".

(3)

El artículo 6 se sustituye por el siguiente:

"Artículo 6

1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2.   La presente Decisión será aplicable hasta el 13 de abril de 2013. Estará sujeta a revisión continua. Se prorrogará o modificará, si procede, en caso de que el Consejo estime que no se han cumplido los objetivos de la misma."

Artículo 2

Las personas enumeradas en el anexo de la presente Decisión se incluirán en la lista que figura en el anexo de la Decisión 2011/235/PESC.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 23 de marzo de 2012.

Por el Consejo

La Presidenta

C. ASHTON


(1)  DO L 100 de 14.4.2011, p. 51.

(2)  DO L 195 de 27.7.2010, p. 39.


ANEXO

Lista de personas a la que se refiere el artículo 2

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

ZARGHAMI Ezzatollah

 

Como Jefe de la Sociedad de Radiodifusión de la República Islámica de Irán (siglas en inglés IRIB), es responsable de todas las decisiones relativas a la programación. La IRIB ha emitido confesiones forzadas de detenidos y una serie de "juicios espectáculo" en agosto de 2009 y diciembre de 2011. Estos constituyen una violación manifiesta de las disposiciones internacionales sobre garantías procesales.

23.3.2012

2.

TAGHIPOUR Reza

Lugar de nacimiento: Maragheh (Irán)

Fecha de nacimiento: 1957

Ministro de Información y Comunicaciones. Como Ministro de Información, es uno de los máximos funcionarios encargados de la censura y el control de las actividades en Internet y también de todo tipo de comunicaciones (en particular la telefonía móvil). Durante los interrogatorios de los detenidos políticos, los interrogadores se valen de los datos personales, correos electrónicos y comunicaciones de aquéllos.

En varias ocasiones desde las últimas elecciones a la Presidencia y durante las manifestaciones callejeras, las líneas móviles y los mensajes de texto fueron cortados, los canales de televisión vía satélite fueron interferidos, Internet fue suspendida localmente o por lo menos retrasada.

23.3.2012

3.

KAZEMI Toraj

 

Coronel de la Policía de las tecnologías y las comunicaciones. Recientemente anunció un campaña de reclutamiento de piratas informáticos al servicio del Gobierno para controlar mejor la Información en Internet y atacar a los sitios "dañinos".

23.3.2012

4.

LARIJANI Sadeq

Lugar de nacimiento: Najaf (Iraq)

Fecha de nacimiento: 1960 o agosto de 1961

Jefe de la Judicatura; tiene que aprobar y firmar cada castigo por qisas (retribución), hodoud (delitos contra Dios) y ta'zirat (delitos contra el Estado). Ello incluye sentencias que conllevan la pena de muerte, azotes o amputación. A este respecto ha firmado personalmente, contraviniendo la normativa internacional, numerosas condenas a muerte, entre ellas lapidaciones (en la actualidad hay 16 condenados a lapidación), ejecuciones mediante estrangulación causada por suspensión, ejecución de menores y ejecuciones públicas, por ejemplo colgando a los reos de puentes ante miles de personas. También ha permitido penas de castigos corporales, como amputaciones o instilación de ácido en los ojos del reo. Desde que Sadeq Larijani entró en funciones, aumentaron de modo acusado las detenciones arbitrarias de presos políticos, defensores de los derechos humanos y personas pertenecientes a minorías. Las ejecuciones también han aumentado significativamente desde 2009. Sadeq Larijani es asimismo responsable de deficiencias sistémicas en los procesos judiciales en Irán en materia de garantías procesales.

23.3.2012

5.

MIRHEJAZI Ali

 

Jefe Adjunto de la Oficina del Guía Supremo y Jefe de la Seguridad. Forma parte del círculo más próximo al Guía Supremo, responsable de la concepción de la eliminación de las protestas que se ha efectuado desde 2009.

23.3.2012

6.

SAEEDI Ali

 

Representante del Guía ante los Pasdaran desde 1995, tras haber realizado toda su carrera en el seno de la institución militar, en concreto en los Servicios de Información de los Pasdaran. Esta función oficial lo convierte en correa de transmisión indispensable entre las órdenes de la Oficina del Guía y el aparato represivo de los Pasdaran.

23.3.2012

7.

RAMIN Mohammad-Ali

Lugar de nacimiento: Dezful (Irán)

Fecha de nacimiento: 1954

Principal responsable de la censura como Viceministro encargado de la Prensa hasta diciembre de 2010; directamente responsable del cierre de numerosos órganos de la prensa reformista (Etemad, Etemad-e Melli, Shargh, etc), del cierre del Sindicato Independiente de la Prensa y de la intimidación o la detención de periodistas.

23.3.2012

8.

MORTAZAVI Seyyed Solat

Lugar de nacimiento: Meibod (Irán)

Fecha de nacimiento: 1967

Ministro Adjunto del Interior, encargado de Asuntos Políticos. Responsable de dirigir la represión de personas que se han expresado en defensa de sus derechos legítimos, incluida la libertad de expresión.

23.3.2012

9.

REZVANI Gholomani

 

Vicegobernador de Rasht. Responsable de graves violaciones de las garantías procesales.

23.3.2012

10.

SHARIFI Malek Ajdar

 

Jefe de la judicatura en Azerbaiyán oriental. Responsable de graves violaciones de las garantías procesales.

23.3.2012

11.

ELAHI Mousa Khalil

 

Fiscal de Tabriz. Responsable de dirigir graves violaciones del derecho a garantías procesales.

23.3.2012

12.

FAHRADI Ali

 

Fiscal de Karaj. Responsable de graves violaciones de los derechos humanos al solicitar la pena de muerte para un menor.

23.3.2012

13.

REZVANMANESH Ali

 

Fiscal. Responsable de graves violaciones de los derechos humanos al solicitar la pena de muerte para un menor.

23.3.2012

14.

RAMEZANI Gholamhosein

 

Comandante de la Inteligencia del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica. Responsable graves violaciones de los derechos humanos de las personas que se han expresado en defensa de sus derechos legítimos, incluida la libertad de expresión. Dirige el departamento responsable de la detención y tortura de blogueros/periodistas.

23.3.2012

15.

SADEGHI Mohamed

 

Coronel y adjunto de la inteligencia técnica y ciberinteligencia del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica. Responsable de la detención y tortura de blogueros/periodistas.

23.3.2012

16.

JAFARI Reza

 

Jefe de la acción judicial dirigida contra la delincuencia cibernética. Encargado de la detención y el enjuiciamiento de blogueros y periodistas.

23.3.2012

17.

RESHTE-AHMADI Bahram

 

Fiscal Adjunto de Teherán. Dirige el centro de acciones judiciales de Evin. Responsable de la denegación de derechos, incluidas las visitas y otros derechos de los detenidos, a defensores de los derechos humanos y presos políticos.

23.3.2012


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