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Document 32011D0536

    Decisión 2011/536/PESC del Consejo, de 12 de septiembre de 2011 , por la que se modifica y prorroga la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia)

    DO L 236 de 13.9.2011, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/536/oj

    13.9.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 236/7


    DECISIÓN 2011/536/PESC DEL CONSEJO

    de 12 de septiembre de 2011

    por la que se modifica y prorroga la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28 y su artículo 43, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El 15 de septiembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/736/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (1). Dicha Acción Común, posteriormente modificada y prorrogada, expiró el 14 de septiembre de 2010.

    (2)

    El 12 de agosto de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/452/PESC (2), que prorrogó la EUMM Georgia 12 meses más, hasta el 14 de septiembre de 2011.

    (3)

    El 28 de junio de 2011, el Comité Político y de Seguridad (CPS) aprobó recomendaciones sobre la revisión a nivel estratégico del futuro de la EUMM Georgia.

    (4)

    La EUMM Georgia ha de prorrogarse de nuevo, desde el 15 de septiembre de 2011 al 14 de septiembre de 2012, sobre la base de su mandato actual.

    (5)

    También es necesario fijar el importe de referencia financiero preciso para sufragar los gastos relacionados con la EUMM Georgia durante el período comprendido entre el 15 de septiembre de 2011 y el 14 de septiembre de 2012.

    (6)

    La Misión se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir que se alcancen los objetivos de la acción exterior de la UE, tal como figuran en el artículo 21 del Tratado.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Decisión 2010/452/PESC queda modificada como sigue:

    1)

    En el artículo 14, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

    «El importe de referencia financiero destinado a sufragar los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 15 de septiembre de 2011 y el 14 de septiembre de 2012 queda fijado en 23 900 000 EUR.».

    2)

    En el artículo 18, el segundo párrafo se sustituye por el texto siguiente:

    «Expirará el 14 de septiembre de 2012.».

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el 12 de septiembre de 2011.

    Por el Consejo

    El Presidente

    M. DOWGIELEWICZ


    (1)  DO L 248 de 17.9.2008, p. 26.

    (2)  DO L 213 de 13.8.2010, p. 43.


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