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Document 32011D0493

2011/493/UE: Decisión de Ejecución de la Comisión, de 5 de agosto de 2011 , por la que se aprueba el plan para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres en Bulgaria [notificada con el número C(2011) 5625]

DO L 203 de 6.8.2011, p. 32–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 13/07/2021; derogado por 32020R0687

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2011/493/oj

6.8.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 203/32


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 5 de agosto de 2011

por la que se aprueba el plan para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres en Bulgaria

[notificada con el número C(2011) 5625]

(El texto en lengua búlgara es el único auténtico)

(2011/493/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2003/85/CE del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la fiebre aftosa, por la que se derogan la Directiva 85/511/CEE y las Decisiones 89/531/CEE y 91/665/CEE y se modifica la Directiva 92/46/CEE (1), y, en particular, el punto 2 de la parte B de su anexo XVIII,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva 2003/85/CE («la Directiva») introduce medidas de la Unión para el control de la fiebre aftosa, incluidas las que deben aplicarse en caso de confirmación de la presencia de fiebre aftosa en animales silvestres.

(2)

Entre el 5 de enero y el 7 de abril de 2011, en la región búlgara de Burgas se confirmaron un caso de fiebre aftosa en jabalíes y un total de 11 focos de dicha enfermedad en el ganado. Como consecuencia de ello, Bulgaria adoptó medidas en el marco de la Directiva.

(3)

De conformidad con el artículo 85, apartado 4, de la Directiva, en cuanto la autoridad competente de Bulgaria tuvo la confirmación del caso primario de fiebre aftosa en animales silvestres, aplicó las medidas establecidas en la parte A del anexo XVIII de la Directiva para reducir la propagación de la enfermedad.

(4)

Además, Bulgaria elaboró un plan para la erradicación de la fiebre aftosa de animales silvestres en la zona definida como infectada y especificó las medidas aplicadas en las explotaciones en dicha zona, de conformidad con la parte B del anexo XVIII de la Directiva.

(5)

El 4 de abril de 2011, en un plazo de 90 días a partir de la confirmación de la fiebre aftosa en animales silvestres, Bulgaria presentó un plan para la erradicación de la fiebre aftosa en partes de las regiones de Burgas, Yambol y Haskovo.

(6)

De la evaluación de la Comisión se desprende que el plan presentado por Bulgaria cumple los requisitos establecidos en el anexo XVIII, parte B, de la Directiva y que permite cumplir los objetivos perseguidos. Procede, por tanto, aprobar el plan.

(7)

Además, en partes de las regiones de Burgas y Yambol, las medidas establecidas en el plan de erradicación se refuerzan mediante las medidas establecidas en la Decisión 2011/44/UE de la Comisión, de 19 de enero de 2011, relativa a determinadas medidas de protección contra la fiebre aftosa en Bulgaria (2).

(8)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Aprobación del plan para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres

Se aprueba el plan presentado por Bulgaria a la Comisión el 4 de abril de 2011 para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres sensibles a dicha enfermedad en las zonas expuestas en el anexo.

Artículo 2

Cumplimiento

Bulgaria tomará inmediatamente las medidas necesarias para cumplir con la presente Decisión y las hará públicas.

Informará inmediatamente de ello a la Comisión.

Artículo 3

Destinatario

El destinatario de la presente Decisión será la República de Bulgaria.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2011.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 306 de 22.11.2003, p. 1.

(2)  DO L 19 de 22.1.2011, p. 20.


ANEXO

Zonas de Bulgaria en las que debe aplicarse el plan para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres sensibles

Las partes de las regiones de Burgas, Yambol y Haskovo situadas dentro de los perímetros siguientes:

1)

Límites fronterizos al norte:

a)

en los términos municipales de Primorsko y Sozopol (Región de Burgas):

i)

la carretera 99 desde el oeste de la ciudad de Kiten, en la costa del Mar Negro, en dirección a Primorsko y, a partir de allí, la carretera secundaria 992 hasta Yasna Polyana y después hasta Novo Panicharevo, hasta que llega a la carretera 9/E87,

ii)

la carretera 9/E87 en dirección norte hasta el cruce con la carretera secundaria que va a Izvor,

iii)

la carretera que va a Izvor, Zidarovo y Gabar siguiendo hasta el punto en que la carretera comarcal llega a la frontera administrativa del municipio de Sredets, en la posición 42°18′19,82″N/27°17′12,11″E;

b)

en el término municipal de Sredets (Región de Burgas):

i)

la carretera comarcal desde la posición mencionada anteriormente hasta Drachevo, la localidad de Drachevo y, a partir de allí, la carretera que conduce desde el norte de Drachevo hasta la unión de la carretera nacional 79 con la carretera nacional 53, al este de la localidad de Sredets,

ii)

el límite meridional de Sredets,

iii)

la carretera comarcal que conduce desde Sredets en dirección oeste hasta la localidad de Belila y que va hasta el puente de esa carretera sobre el río Sredetska, al oeste de la localidad de Prohod, incluida dicha localidad,

iv)

el río Sredetska desde su intersección con la carretera comarcal que conduce de Prohod a Bistrets, hasta el punto en el que el brazo del río que va hasta la localidad de Oman (municipio de Bolyarovo) alcanza el límite del municipio de Bolyarovo, en la posición 42°16′57,78″N/26°57′33,54″E;

c)

en el término municipal de Bolyarovo (Región de Yambol):

i)

el río Sredetska desde el punto en que dicho brazo del río que va hasta la localidad de Oman alcanza el límite con el municipio de Bolyarovo, en la posición 42°16′57,78″N/26°57′33,54″E, siguiendo hacia Oman,

ii)

la carretera que va desde Oman hasta Dennitsa, siguiendo hasta la intersección con la carretera que conduce de Kamenets a Stefan Karadzhovo,

iii)

la carretera que va desde Stefan Karadzhovo hasta Dabovo, continuando hasta Popovo y hasta que la carretera alcanza el límite con el municipio de Elhovo, en la posición 42°10′48″N/26°41′45″E;

d)

en el término municipal de Elhovo (Región de Yambol):

i)

la carretera que va a Dobrich desde el punto descrito en la letra c), inciso iii), hasta la intersección con la carretera 79, al sur de Dobrich,

ii)

la carretera 79 desde Dobrich hasta la intersección con la carretera 7, al este de Elhovo.

2)

Límites fronterizos al oeste:

a)

en el término municipal de Elhovo (Región de Yambol):

i)

la carretera 7 desde Elhovo hasta la intersección con la carretera 76, al nordeste de la localidad de Knyazhevo,

ii)

la carretera secundaria que se cruza con la carretera 76 en el norte de la localidad de Knyazhevo y conduce a Srem;

b)

en el término municipal de Topolovgrad (Región de Haskovo):

i)

la carretera que conduce de Knyazhevo a Srem, Ustem y continúa hasta Planinovo,

ii)

la carretera que va desde Planinovo hasta la intersección en la posición 41°57′12″N/26°21′56″E, cerca de la frontera con el municipio de Svilengrad;

c)

en el término municipal de Svilengrad (Región de Haskovo):

i)

la carretera que viene de la intersección mencionada en la letra b), inciso ii), que va al sur hasta Dervishka Mogila, Levka y hasta la intersección con la carretera 55, que conduce a Svilengrad,

ii)

la carretera 55 desde la intersección mencionada en el inciso i) hasta la intersección con la carretera 8, en el norte de Svilengrad,

iii)

la carretera 8 desde el sudeste de Svilengrad, siguiendo en paralelo la carretera E 80 hasta Kapitan Andreevo, en la frontera con Turquía.

3)

Límites fronterizos al sur:

La frontera nacional (terrestre y fluvial) entre Bulgaria y Turquía, desde Kapitan Andreevo, al oeste, hasta Rezovo, al este.

4)

Límites fronterizos al este:

La costa del Mar Negro entre Rezovo y Kiten.


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