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Document 32011D0021
2011/816/EU: Decision of the European Central Bank of 1 December 2011 on the approval of the volume of coin issuance in 2012 (ECB/2011/21)
2011/816/UE: Decisión del Banco Central Europeo, de 1 de diciembre de 2011 , sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2012 (BCE/2011/21)
2011/816/UE: Decisión del Banco Central Europeo, de 1 de diciembre de 2011 , sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2012 (BCE/2011/21)
DO L 324 de 7.12.2011, p. 37–37
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
7.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 324/37 |
DECISIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 1 de diciembre de 2011
sobre la aprobación del volumen de emisión de moneda metálica en 2012
(BCE/2011/21)
(2011/816/UE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular, el artículo 128, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Banco Central Europeo (BCE) tiene a partir del 1 de enero de 1999 el derecho exclusivo de aprobar el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros cuya moneda es el euro. |
(2) |
Los Estados miembros cuya moneda es el euro han enviado al BCE, para su aprobación, las previsiones sobre el volumen de monedas en euros que emitirán en 2012, acompañadas de notas explicativas sobre los métodos utilizados en las previsiones. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Aprobación del volumen de emisión de monedas en euros en 2012
El BCE aprueba el volumen de emisión de moneda metálica por los Estados miembros cuya moneda es el euro en 2012 que se expone en el cuadro siguiente:
(millones EUR) |
|
|
Emisión de monedas destinadas a la circulación y emisión de monedas de colección (no destinadas a la circulación) en 2012 |
Bélgica |
196,0 |
Alemania |
668,0 |
Estonia |
12,7 |
Irlanda |
31,2 |
Grecia |
25,4 |
España |
250,0 |
Francia |
310,0 |
Italia |
128,4 |
Chipre |
13,1 |
Luxemburgo |
35,0 |
Malta |
10,5 |
Países Bajos |
63,8 |
Austria |
264,0 |
Portugal |
28,5 |
Eslovenia |
26,0 |
Eslovaquia |
32,2 |
Finlandia |
60,0 |
Artículo 2
Disposición final
La presente Decisión se dirige a los Estados miembros cuya moneda es el euro.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 1 de diciembre de 2011.
El Presidente del BCE
Mario DRAGHI