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Document 32010D0183

2010/183/: Decisión del Consejo, de 16 de marzo de 2010 , que modifica la Decisión 2009/459/CE por la que se concede ayuda financiera comunitaria a medio plazo a Rumanía

DO L 83 de 30.3.2010, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force: This act has been changed. Current consolidated version: 30/03/2010

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/183/oj

30.3.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 83/19


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 16 de marzo de 2010

que modifica la Decisión 2009/459/CE por la que se concede ayuda financiera comunitaria a medio plazo a Rumanía

(2010/183/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 332/2002 del Consejo, de 18 de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros (1), y, en particular, su artículo 5, párrafo segundo, en relación con su artículo 8,

Vista la propuesta de la Comisión presentada previa consulta al Comité Económico y Financiero (CEF),

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante la Decisión 2009/458/CE (2), el Consejo concedió asistencia mutua a Rumanía y mediante la Decisión 2009/459/CE (3), el Consejo concedió ayuda financiera a medio plazo a Rumanía.

(2)

El alcance y la intensidad de la recesión económica que afecta a Rumanía requieren una revisión de las condiciones de política económica a las que se asocia el desembolso de los tramos de la ayuda financiera, a fin de tener en cuenta los efectos derivados de la contracción del PIB real mayor de lo previsto.

(3)

Es preciso, por tanto, modificar la Decisión 2009/459/CE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2009/459/CE queda modificada como sigue:

1)

En el artículo 3, apartado 5, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

«a)

la aplicación de un programa presupuestario a medio plazo claramente definido con el fin de situar el déficit de las administraciones públicas por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB establecido en el Tratado, siguiendo un calendario y una senda de saneamiento compatibles con las recomendaciones dirigidas por el Consejo a Rumanía en el marco del procedimiento de déficit excesivo;».

2)

En el artículo 3, apartado 5, la letra b) se sustituye por el texto siguiente:

«b)

la aprobación y ejecución de presupuestos anuales para 2010 y años posteriores compatibles con la senda de saneamiento establecida en el Memorando de entendimiento complementario;».

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión es Rumanía.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 2010.

Por el Consejo

La Presidenta

E. SALGADO


(1)  DO L 53 de 23.2.2002, p. 1.

(2)  DO L 150 de 13.6.2009, p. 6.

(3)  DO L 150 de 13.6.2009, p. 8.


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