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Document 32009R0323
Commission Regulation (EC) No 323/2009 of 20 April 2009 entering certain names in the register of protected designations of origin and protected geographical indications (Wielkopolski ser smażony (PGI), Budapesti téliszalámi (PGI))
Reglamento (CE) n o 323/2009 de la Comisión, de 20 de abril de 2009 , por el que se inscriben determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Wielkopolski ser smażony (IGP), Budapesti téliszalámi (IGP)]
Reglamento (CE) n o 323/2009 de la Comisión, de 20 de abril de 2009 , por el que se inscriben determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Wielkopolski ser smażony (IGP), Budapesti téliszalámi (IGP)]
DO L 101 de 21.4.2009, pp. 14–15
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
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21.4.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 101/14 |
REGLAMENTO (CE) N o 323/2009 DE LA COMISIÓN
de 20 de abril de 2009
por el que se inscriben determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Wielkopolski ser smażony (IGP), Budapesti téliszalámi (IGP)]
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
De conformidad con el artículo 6, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (CE) no 510/2006, y en aplicación del artículo 17, apartado 2, del citado Reglamento, la solicitud de registro de la denominación «Wielkopolski ser smażony» presentada por Polonia y la solicitud de registro de la denominación «Budapesti téliszalámi» presentada por Hungría han sido publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea (2). |
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(2) |
Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006, procede registrar las denominaciones citadas. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Quedan registradas las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 20 de abril de 2009.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.
(2) DO C 202 de 8.8.2008, p. 23 (Wielkopolski ser Smażony), DO C 206 de 13.8.2008, p. 16 (Budapesti téliszalámi).
ANEXO
Productos agrícolas destinados al consumo humano enumerados en el anexo I del Tratado:
Clase 1.2. Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)
HUNGRÍA
Budapesti téliszalámi (IGP)
Clase 1.3. Quesos
POLONIA
Wielkopolski ser smażony (IGP)