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Document 32009D0623
2009/623/EC: Commission Decision of 26 August 2009 amending Decision 2006/139/EC as regards its period of applicability and the list of authorities in Canada approved for keeping a herdbook or register of certain animals (notified under document C(2009) 6522) (Text with EEA relevance)
2009/623/CE: Decisión de la Comisión, de 26 de agosto de 2009 , por la que se modifica la Decisión 2006/139/CE en lo que respecta a su período de aplicabilidad y a la lista de organismos de Canadá autorizados a llevar un libro genealógico o un registro de determinados animales [notificada con el número C(2009) 6522] (Texto pertinente a efectos del EEE)
2009/623/CE: Decisión de la Comisión, de 26 de agosto de 2009 , por la que se modifica la Decisión 2006/139/CE en lo que respecta a su período de aplicabilidad y a la lista de organismos de Canadá autorizados a llevar un libro genealógico o un registro de determinados animales [notificada con el número C(2009) 6522] (Texto pertinente a efectos del EEE)
DO L 224 de 27.8.2009, pp. 15–20
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2009
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27.8.2009 |
ES |
Diar io Oficial de la Unión Europea |
L 224/15 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 26 de agosto de 2009
por la que se modifica la Decisión 2006/139/CE en lo que respecta a su período de aplicabilidad y a la lista de organismos de Canadá autorizados a llevar un libro genealógico o un registro de determinados animales
[notificada con el número C(2009) 6522]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/623/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 94/28/CE del Consejo, de 23 de junio de 1994, por la que se establecen los principios relativos a las condiciones zootécnicas y genealógicas aplicables a la importación de animales, esperma, óvulos y embriones procedentes de terceros países y por la que se modifica la Directiva 77/504/CEE referente a animales de la especie bovina de raza selecta para reproducción (1), y, en particular, su artículo 3,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La Decisión 2006/139/CE de la Comisión, de 7 de febrero de 2006, por la que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 94/28/CE en lo que respecta a la lista de organismos competentes de los terceros países autorizados a llevar un libro genealógico o un registro de determinados animales (2), establece que los Estados miembros solo autorizarán la importación de animales reproductores de determinadas especies, y de su esperma, óvulos y embriones, como «de raza selecta» o «híbridos», si dichos animales están inscritos o registrados en un libro genealógico o registro llevado por un organismo autorizado para hacerlo. Los organismos autorizados se enumeran en el anexo de dicha Decisión. |
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(2) |
Con arreglo al artículo 18 de la Directiva 2008/73/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se simplifican los procedimientos para confeccionar listas y publicar información en los ámbitos veterinario y zootécnico y por la que se modifican las Directivas 64/432/CEE, 77/504/CEE, 88/407/CEE, 88/661/CEE, 89/361/CEE, 89/556/CEE, 90/426/CEE, 90/427/CEE, 90/428/CEE, 90/429/CEE, 90/539/CEE, 91/68/CEE, 91/496/CEE, 92/35/CEE, 92/65/CEE, 92/66/CEE, 92/119/CEE, 94/28/CE, 2000/75/CE, la Decisión 2000/258/CE y las Directivas 2001/89/CE, 2002/60/CE y 2005/94/CE (3), el procedimiento para enumerar los organismos de las especies o razas en cuestión que la autoridad competente del tercer país haya autorizado a los efectos de la Directiva 94/28/CE va a ser sustituido por una información por Internet con efectos a 1 de enero de 2010. Por tanto, en aras de la claridad y de la seguridad jurídica, es necesario establecer una fecha final para la validez de la Decisión 2006/139/CE. |
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(3) |
Con la adhesión de Bulgaria, la parte del anexo de la Decisión 2006/139/CE correspondiente a este Estado miembro quedó desfasada, por lo que procede suprimirla en aras de la claridad jurídica. |
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(4) |
Además, Canadá ha pedido que se actualicen varias de sus inscripciones en el anexo de la Decisión 2006/139/CE. |
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(5) |
Canadá ha aportado garantías sobre el cumplimiento de los requisitos pertinentes establecidos en la normativa comunitaria y, en particular, en la Directiva 94/28/CE. |
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(6) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2006/139/CE en consecuencia. |
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(7) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité zootécnico permanente. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 2006/139/CE queda modificada como sigue:
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1) |
Se inserta el artículo siguiente: «Artículo 2 bis La presente Decisión se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2009.». |
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2) |
El anexo queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión. |
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 26 de agosto de 2009.
Por la Comisión
Androulla VASSILIOU
Miembro de la Comisión
(1) DO L 178 de 12.7.1994, p. 66.
ANEXO
El anexo de la Decisión 2006/139/CE queda modificado como sigue:
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1) |
Se suprime el punto II. |
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2) |
El punto III se sustituye por el texto siguiente: «III. Canadá Especie: bovina
Canadian Chianina Association — Chianina cattle (No activo) Web: http://www.clrc.ca/chianina.shtml
Canadian Marchigiana Association (Romark) — Marchigiana cattle (No activo) Canadian Meuse-Rhine-Ijssel Association — Meuse-Rhine-Ijssel cattle (Not active)
Canadian Romagnola Association (Romark) — Romagnola cattle (No activo)
Especie: caprina
Especie: ovina
Especie: porcina Canadian Potbellied Pet Pig Registry — Potbellied Pig (No activo)
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