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Document 32009D0407

    2009/407/CE: Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009 , por la que se modifica el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006 , sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el marco financiero plurianual (2007-2013)

    DO L 132 de 29.5.2009, p. 8–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 22/12/2013; derog. impl. por 32013Q1220(01)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2009/407/oj

    29.5.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 132/8


    DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

    de 6 de mayo de 2009

    por la que se modifica el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera en relación con el marco financiero plurianual (2007-2013)

    (2009/407/CE)

    EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, de 17 de mayo de 2006, sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1), y, en particular, su apartado 21, su apartado 22, párrafos primero y segundo, y su apartado 23,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    En su reunión a tres bandas de 2 de abril de 2009, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión han acordado la financiación, en el marco del Plan Europeo de Recuperación Económica para la modernización de las infraestructuras y la solidaridad energética, de proyectos en el ámbito de la energía y de Internet de banda ancha, así como el refuerzo de operaciones relacionadas con los «nuevos desafíos» definidos en el contexto de la evaluación de la reforma intermedia de 2003 de la política agrícola común («chequeo»). La financiación requiere, en una primera fase, una revisión del marco financiero plurianual 2007-2013 de conformidad con los apartados 21, 22 y 23 del Acuerdo interinstitucional, a fin de aumentar el límite máximo para el año 2009 en relación con los créditos de compromiso en el marco de la subrúbrica 1a por una cantidad de 2 000 millones EUR a precios corrientes.

    (2)

    El aumento del límite máximo para la subrúbrica 1a se compensará en su totalidad disminuyendo el límite máximo para los créditos de compromiso en el marco de la rúbrica 2 para el año 2009 en 2 000 millones EUR.

    (3)

    Con el fin de mantener una relación adecuada entre compromisos y pagos, deben ajustarse los límites máximos anuales de los créditos de pago. El ajuste será neutral.

    (4)

    Conviene modificar, en consecuencia, el anexo I del Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (2).

    HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo único

    Se sustituye el anexo I del Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, por el anexo a la presente Decisión.

    Hecho en Estrasburgo, el 6 de mayo de 2009.

    Por el Parlamento Europeo

    El Presidente

    H.-G. PÖTTERING

    Por el Consejo

    El Presidente

    J. KOHOUT


    (1)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

    (2)  Para ello, las cifras resultantes del acuerdo antes mencionado se convierten a los precios de 2004.


    ANEXO

    Marco financiero 2007-2013 revisado para el Plan Europeo de Recuperación Económica (a precios constantes de 2004)

    (millones EUR, a precios constantes de 2004)

    CRÉDITOS DE COMPROMISO

    2007

    2008

    2009

    2010

    2011

    2012

    2013

    Total

    2007-2013

    1.

    Crecimiento sostenible

    50 865

    53 262

    55 883

    54 860

    55 400

    56 866

    58 256

    385 392

    1a

    Competitividad para el crecimiento y el empleo

    8 404

    9 595

    12 021

    11 000

    11 306

    12 122

    12 914

    77 362

    1b

    Cohesión para el crecimiento y el empleo

    42 461

    43 667

    43 862

    43 860

    44 094

    44 744

    45 342

    308 030

    2.

    Conservación y gestión de los recursos naturales

    51 962

    54 685

    52 205

    53 379

    52 528

    51 901

    51 284

    367 944

    incluidos gastos de mercado y pagos directos

    43 120

    42 697

    42 279

    41 864

    41 453

    41 047

    40 645

    293 105

    3.

    Ciudadanía, libertad, seguridad y justicia

    1 199

    1 258

    1 380

    1 503

    1 645

    1 797

    1 988

    10 770

    3a

    Libertad, seguridad y justicia

    600

    690

    790

    910

    1 050

    1 200

    1 390

    6 630

    3b

    Ciudadanía

    599

    568

    590

    593

    595

    597

    598

    4 140

    4.

    La Unión Europea como actor mundial

    6 199

    6 469

    6 739

    7 009

    7 339

    7 679

    8 029

    49 463

    5.

    Administración  (1)

    6 633

    6 818

    6 973

    7 111

    7 255

    7 400

    7 610

    49 800

    6.

    Compensaciones

    419

    191

    190

     

     

     

     

    800

    Total de créditos de compromiso

    117 277

    122 683

    123 370

    123 862

    124 167

    125 643

    127 167

    864 169

    en porcentaje de la RNB

    1,08 %

    1,09 %

    1,07 %

    1,05 %

    1,03 %

    1,02 %

    1,01 %

    1,048 %

    Total de créditos de pago

    115 142

    119 805

    110 439

    119 126

    116 552

    120 145

    119 391

    820 600

    en porcentaje de la RNB

    1,06 %

    1,06 %

    0,96 %

    1,01 %

    0,97 %

    0,98 %

    0,95 %

    1,00 %

    Margen disponible

    0,18 %

    0,18 %

    0,28 %

    0,23 %

    0,27 %

    0,26 %

    0,29 %

    0,24 %

    Límite máx. recursos propios en porcentaje de la RNB

    1,24 %

    1,24 %

    1,24 %

    1,24 %

    1,24 %

    1,24 %

    1,24 %

    1,24 %


    (1)  El cálculo de los gastos correspondientes a pensiones incluidos en el límite máximo de esta rúbrica se ha efectuado sin contar las contribuciones del personal al régimen correspondiente, con el límite de 500 millones EUR a precios de 2004 durante el período 2007-2013.


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