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Document 32009D0366

2009/366/CE: Decisión de la Comisión, de 29 de abril de 2009 , sobre la liquidación de las cuentas de los organismos pagadores de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia correspondientes a los gastos en el ámbito del desarrollo rural financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) con cargo al ejercicio financiero de 2008 [notificada con el número C(2009) 3199]

DO L 111 de 5.5.2009, pp. 35–43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2009/366/oj

5.5.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 111/35


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 29 de abril de 2009

sobre la liquidación de las cuentas de los organismos pagadores de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia correspondientes a los gastos en el ámbito del desarrollo rural financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) con cargo al ejercicio financiero de 2008

[notificada con el número C(2009) 3199]

(Los textos en lenguas checa, eslovaca, eslovena, estonia, griega, húngara, inglesa, letona, lituana, maltesa y polaca son los únicos auténticos)

(2009/366/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (1), y, en particular, sus artículos 30 y 39,

Previa consulta al Comité de los fondos agrícolas,

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas de los organismos pagadores a que se refiere el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1290/2005 deben liquidarse basándose en las cuentas anuales presentadas por la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia relativas a los gastos en medidas de desarrollo rural, acompañadas de la información necesaria. La liquidación supone la integridad, la exactitud y la veracidad de las cuentas remitidas, a la luz de los informes elaborados por los organismos de certificación.

(2)

Han vencido los plazos para la presentación a la Comisión de los documentos mencionados en el artículo 8, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) no 1290/2005 y en el artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) no 885/2006 de la Comisión, de 21 de junio de 2006, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo en lo que se refiere a la autorización de los organismos pagadores y otros órganos y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del FEADER (2), concedidos a la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia e indicados en el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) no 885/2006.

(3)

La Comisión ha efectuado comprobaciones de las informaciones remitidas y ha comunicado a la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia, antes del 31 de marzo de 2009, los resultados de sus comprobaciones, junto con las modificaciones necesarias.

(4)

En lo que se refiere a los gastos de desarrollo rural a los que se aplica el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) no 27/2004 de la Comisión, de 5 de enero de 2004, por el que se establecen disposiciones transitorias de aplicación del Reglamento (CE) no 1257/1999 en lo relativo a la financiación por la sección de Garantía del FEOGA de medidas de desarrollo rural para la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia (3), el resultado de la decisión de liquidación deberá deducirse de los pagos subsiguientes efectuados por la Comisión o añadirse a ellos.

(5)

Las cuentas anuales de algunos organismos pagadores y los documentos que las acompañan permiten a la Comisión decidir sobre la integridad, la exactitud y la veracidad de las cuentas remitidas, a la vista de las comprobaciones efectuadas. El detalle de estos importes se describe en el informe de síntesis presentado al Comité del fondo al mismo tiempo que la presente Decisión.

(6)

A la vista de las comprobaciones efectuadas, los datos transmitidos por algunos organismos pagadores requieren investigaciones adicionales y, por consiguiente, sus cuentas no pueden ser liquidadas en la presente Decisión.

(7)

En lo que se refiere a los gastos de desarrollo rural a los que se aplica el Reglamento (CE) no 27/2004, los importes que deban recuperarse o abonarse con arreglo a la decisión de liquidación de cuentas deben deducirse o añadirse a los pagos subsiguientes.

(8)

De conformidad con el artículo 30, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1290/2005, la presente Decisión se toma sin perjuicio de las decisiones posteriores que la Comisión pueda adoptar para descartar de la financiación comunitaria aquellos gastos que no se hayan efectuado con arreglo a las normas comunitarias.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2, las cuentas de los organismos pagadores de los Estados miembros correspondientes a los gastos en el ámbito del desarrollo rural financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) con cargo al ejercicio financiero 2008 quedan liquidadas por la presente Decisión.

Los importes que deban recuperarse de cada uno de los Estados miembros o abonarse a estos en virtud de la presente Decisión en el ámbito de medidas de desarrollo rural para la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia se fijan en los anexos I y II.

Artículo 2

Para el ejercicio financiero de 2008, las cuentas de los organismos pagadores de los Estados miembros en el ámbito de las medidas de desarrollo rural aplicables en la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia, indicadas en el anexo III, se disocian de la presente Decisión y serán objeto de una decisión de liquidación posterior.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca.

Hecho en Bruselas, el 29 de abril de 2009.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 209 de 11.8.2005, p. 1.

(2)   DO L 171 de 23.6.2006, p. 90.

(3)   DO L 5 de 9.1.2004, p. 36.


ANEXO I

LIQUIDACION DE LAS CUENTAS DE LOS ORGANISMOS PAGADORES

EJERCICIO FINANCIERO 2008 – GASTOS DE DESARROLLO RURAL DEL FEAGA EN LOS NUEVOS ESTADOS MIEMBROS

Importes que deben reintegrar los Estados miembros o que deben abonárseles

Nota: Respecto a la República Checa, el importe liquidado del ejercicio 2008, sumado a los importes liquidados los ejercicios anteriores, supera la contribución máxima del FEAGA fijada en la Decisión de la Comisión que aprueba el programa. El saldo final del FEAGA pendiente de liquidación para el programa se calculará de conformidad con la contribución total del FEAGA.

EM

 

2008 — Gastos de los organismos pagadores con cuentas

Total a + b

Reducciones

Total

total de pagos intermedios del ejercicio financiero reembolsados al Estado miembro

Importe que debe reintegrar el Estado miembro (-) o que debe abonársele (+) (*1)

liquidadas

disociadas

= gastos declarados en la declaración anual

= total de pagos intermedios del ejercicio financiero reembolsados al Estado miembro

 

 

a

b

c = a + b

d

e = c + d

f

g = e - f

CZ

EUR

32 399 539,50

 

32 399 539,50

0,00

32 399 539,50

0,00

32 399 539,50

EE

EUR

24 148 768,74

 

24 148 768,74

0,00

24 148 768,74

0,00

24 148 768,74

CY

EUR

17 570 826,20

 

17 570 826,20

0,00

17 570 826,20

11 388 159,00

6 182 667,20

LV

EUR

46 986 857,87

 

46 986 857,87

0,00

46 986 857,87

0,00

46 986 857,87

LT

EUR

79 148 259,37

 

79 148 259,37

0,00

79 148 259,37

0,00

79 148 259,37

HU

EUR

90 290 537,46

 

90 290 537,46

0,00

90 290 537,46

0,00

90 290 537,46

MT

EUR

0,00

2 699 140,00

2 699 140,00

0,00

2 699 140,00

2 699 140,00

0,00

PL

EUR

121 595 191,28

 

121 595 191,28

0,00

121 595 191,28

0,00

121 595 191,28

SI

EUR

607 424,53

 

607 424,53

0,00

607 424,53

0,00

607 424,53

SK

EUR

39 259 760,34

 

39 259 760,34

0,00

39 259 760,34

0,00

39 259 760,34


EM

Anticipos abonados, pero todavía por liquidar para la aplicación del programa [artículo 32 del Reglamento (CE) no 1260/1999]

CZ

EUR

86 848 000,00

EE

EUR

24 080 000,00

CY

EUR

11 968 000,00

LV

EUR

52 496 000,00

LT

EUR

78 320 000,00

HU

EUR

96 368 000,00

MT

EUR

4 304 000,00

PL

EUR

458 624 000,00

SI

EUR

45 056 000,00

SK

EUR

63 536 000,00


(*1)  Como los pagos han alcanzado el 95 % del plan financiero en todos los Estados miembros, los saldos se liquidarán durante el cierre del programa.

Nota: Respecto a la República Checa, el importe liquidado del ejercicio 2008, sumado a los importes liquidados los ejercicios anteriores, supera la contribución máxima del FEAGA fijada en la Decisión de la Comisión que aprueba el programa. El saldo final del FEAGA pendiente de liquidación para el programa se calculará de conformidad con la contribución total del FEAGA.


ANEXO II

GASTOS DE LAS MEDIDAS DE DESARROLLO RURAL DEL FEAGA DEL EJERCICIO 2008 LIQUIDADOS EN LOS NUEVOS ESTADOS MIEMBROS

Diferencias entre las cuentas anuales y las declaraciones de gastos

REPÚBLICA CHECA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Jubilación anticipada

486 177,10

 

486 177,10

2

Zonas desfavorecidas

–62 324,19

 

–62 324,19

3

Medidas agroambientales

24 415 487,28

 

24 415 487,28

4

Silvicultura

768 151,81

 

768 151,81

5

Agrupaciones de productores

6 792 047,50

 

6 792 047,50

6

Asistencia técnica

0,00

 

0,00

7

SAPARD

0,00

 

0,00

700

Inversiones en explotaciones agrícolas (R. 1268/1999)

0,00

 

0,00

701

Transformación y comercialización (R. 1268/1999)

0,00

 

0,00

702

Daños causados por inundaciones 1

0,00

 

0,00

703

Mejora de las estructuras de control de calidad

0,00

 

0,00

704

Mejora de las tierras y concentración parcelaria

0,00

 

0,00

705

Renovación y desarrollo de pueblos

0,00

 

0,00

706

Daños causados por inundaciones 2

0,00

 

0,00

707

Desarrollo de infraestructuras rurales

0,00

 

0,00

708

Desarrollo y diversificación de actividades

0,00

 

0,00

709

Métodos de producción agraria que protegen el medio ambiente y el paisaje

0,00

 

0,00

710

Mejora de la formación profesional

0,00

 

0,00

711

Asistencia técnica SAPARD

0,00

 

0,00

 

Total

32 399 539,50

0,00

32 399 539,50


ESTONIA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Zonas desfavorecidas

–85 013,95

 

–85 013,95

2

Medidas agroambientales

20 416 942,68

 

20 416 942,68

3

Forestación de tierras de labor

125 877,94

 

125 877,94

4

Ayudas a las explotaciones de semisubsistencia

2 154 035,51

 

2 154 035,51

5

Observancia de normas

1 373 830,87

 

1 373 830,87

6

Complementos de los pagos directos

4 570,72

 

4 570,72

7

Asistencia técnica

155 007,67

 

155 007,67

8

SAPARD

0,00

 

0,00

9

Ayudas a las zonas con limitaciones medioambientales

3 517,30

 

3 517,30

 

Total

24 148 768,74

0,00

24 148 768,74


CHIPRE

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Ayudas a inversiones para el tratamiento de residuos animales

2 160 970,53

 

2 160 970,53

2

Fomento de mejoras y desarrollo

3 845 690,82

 

3 845 690,82

3

Fomento de la creación de agrupaciones de productores

391 894,08

 

391 894,08

4

Fomento de la formación profesional de agricultores

0,00

 

0,00

5

Servicios técnicos y de asesoramiento de los agricultores

58 475,17

 

58 475,17

6

Jubilación anticipada

500 463,80

 

500 463,80

7

Ayudas para la instalación de jóvenes agricultores

710 000,00

 

710 000,00

8

Adaptación a las normas de la UE

1 890 818,08

 

1 890 818,08

9

Aplicación de medidas agroambientales

2 724 287,26

 

2 724 287,26

10

Medidas agroambientales para la protección de valores naturales

2 608 009,46

 

2 608 009,46

11

Forestación

40 915,05

 

40 915,05

12

Mejora de las infraestructuras ganaderas

490 532,61

 

490 532,61

13

Zonas desfavorecidas

–13 576,13

 

–13 576,13

14

Ayudas para sistemas de calidad

673 718,97

 

673 718,97

15

Ayudas a la transformación tradicional a pequeña escala

584 241,84

 

584 241,84

16

Protección de los paisajes agrarios tradicionales

282 638,86

 

282 638,86

17

Prevención de incendios forestales y demás calamidades naturales

123 163,39

 

123 163,39

18

Forestación de tierras no agrícolas

396 079,52

 

396 079,52

19

Mejora del proceso de recolección

0,00

 

0,00

20

Ayuda técnica para la aplicación y el seguimiento

70 039,46

 

70 039,46

21

Ayuda técnica a iniciativas colectivas de carácter local

32 463,43

 

32 463,43

 

Total

17 570 826,20

0,00

17 570 826,20


LETONIA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Jubilación anticipada

3 250 393,40

 

3 250 393,40

2

Agrupaciones de productores

1 589 329,59

 

1 589 329,59

3

Ayudas a las explotaciones de semisubsistencia

10 953 829,98

 

10 953 829,98

4

Observancia de normas

7 050 638,64

 

7 050 638,64

5

Medidas agroambientales

23 854 472,13

 

23 854 472,13

6

Zonas desfavorecidas

34 948,53

 

34 948,53

7

Asistencia técnica

258 913,87

 

258 913,87

8

Obligaciones trasferidas del período de programación anterior

–5 668,27

 

–5 668,27

9

Asignación de recursos para pagos únicos por superficie

0,00

 

0,00

 

Total

46 986 857,87

0,00

46 986 857,87


LITUANIA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Medidas agroambientales

27 947 981,79

 

27 947 981,79

2

Zonas desfavorecidas y zonas con limitaciones medioambientales

48 234,08

 

48 234,08

3

Observancia de normas

26 055 356,07

 

26 055 356,07

4

Forestación de tierras de labor

1 734 572,99

 

1 734 572,99

5

Jubilación anticipada

19 490 903,99

 

19 490 903,99

6

Ayuda a las explotaciones de semisubsistencia en fase de reestructuración

2 081 962,83

 

2 081 962,83

7

Otras medidas

447 848,76

 

447 848,76

8

Asistencia técnica

1 330 659,16

 

1 330 659,16

9

Ayudas directas nacionales complementarias

10 739,70

 

10 739,70

 

Total

79 148 259,37

0,00

79 148 259,37


HUNGRÍA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Medidas agroambientales

59 606 523,82

 

59 606 523,82

2

Observancia de normas

13 784 071,07

 

13 784 071,07

3

Forestación

15 357 233,59

 

15 357 233,59

4

Ayudas a las explotaciones de semisubsistencia

322 737,06

 

322 737,06

5

Agrupaciones de productores

– 233,15

 

– 233,15

6

Jubilación anticipada

0,00

 

0,00

7

Zonas desfavorecidas

–25 011,06

 

–25 011,06

8

Asistencia técnica

1 245 216,13

 

1 245 216,13

9

Proyectos aprobados en virtud del Reglamento (CE) no 1268/1999

0,00

 

0,00

10

Ayudas directas nacionales complementarias

0,00

 

0,00

 

Total

90 290 537,46

0,00

90 290 537,46


POLONIA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Jubilación anticipada

25 431 473,58

 

25 431 473,58

2

Ayudas a las explotaciones de semisubsistencia

12 965 617,28

 

12 965 617,28

3

Zonas desfavorecidas

–1 487 716,01

 

–1 487 716,01

4

Compromisos agroambientales y bienestar animal

5 663 544,07

 

5 663 544,07

5

Forestación

11 625 652,61

 

11 625 652,61

6

Adaptación a las normas de la UE

62 703 110,98

 

62 703 110,98

7

Agrupaciones de productores

1 799 132,10

 

1 799 132,10

8

Asistencia técnica

2 763 199,78

 

2 763 199,78

9

Complementos de los pagos directos

140 155,01

 

140 155,01

10

Proyectos aprobados en virtud del Reglamento (CE) no 1268/1999

–8 978,12

 

–8 978,12

 

Total

121 595 191,28

0,00

121 595 191,28


ESLOVENIA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Zonas desfavorecidas

78 615,04

 

78 615,04

2

Medidas agroambientales

–1 190 735,17

 

–1 190 735,17

3

Jubilación anticipada

1 386 969,91

 

1 386 969,91

4

Observancia de normas

199 761,17

 

199 761,17

5

Asistencia técnica

101 777,75

 

101 777,75

6

Programa SAPARD

34 856,75

 

34 856,75

7

Complementos de los pagos directos

–3 820,92

 

–3 820,92

 

Total

607 424,53

0,00

607 424,53


ESLOVAQUIA

No

Medidas

Gastos de 2008

Anexo I, columna a

Reducciones

Anexo I, columna d

Importe liquidado de 2008

Anexo I, columna e

 

 

i

ii

iii = i + ii

1

Inversiones en explotaciones agrícolas

1 650 413,98

 

1 650 413,98

2

Formación

0,00

 

0,00

3

Zonas desfavorecidas y zonas con limitaciones medioambientales

317 367,06

 

317 367,06

4

Observancia de normas

3 982 447,52

 

3 982 447,52

5

Ayudas agroambientales

25 815 864,82

 

25 815 864,82

6

Mejora de la transformación y comercialización de productos agrícolas

942 660,39

 

942 660,39

7

Ordenación forestal

4 564,40

 

4 564,40

8

Forestación de tierras de labor

106 689,23

 

106 689,23

9

Concentración parcelaria

465 593,60

 

465 593,60

10

Diversificación de las actividades agrarias

34 451,27

 

34 451,27

11

Ayuda a las explotaciones de semisubsistencia

414 691,29

 

414 691,29

12

Agrupaciones de productores

2 387 788,82

 

2 387 788,82

13

Asistencia técnica (incluida evaluación)

3 137 462,36

 

3 137 462,36

14

Complementos de los pagos directos

– 234,40

 

– 234,40

901

Inversiones en explotaciones agrícolas, Reglamento (CE) no 1268/1999

0,00

 

0,00

905

Ayudas agroambientales — proyectos aprobados Reglamento (CE) no 1268/1999

0,00

 

0,00

907

Ordenación forestal — proyectos aprobados al amparo del Reglamento (CE) no 1268/1999

0,00

 

0,00

912

Agrupaciones de productores — proyectos aprobados al amparo del R. (CE) no 1268/1999

0,00

 

0,00

 

Total

39 259 760,34

0,00

39 259 760,34


ANEXO III

LIQUIDACIÓN DE LAS CUENTAS DE LOS ORGANISMOS PAGADORES

EJERCICIO FINANCIERO 2008 — GASTOS DE DESARROLLO RURAL DEL FEAGA EN LOS NUEVOS ESTADOS MIEMBROS

Lista de organismos pagadores con cuentas disociadas y pendientes de una decisión de liquidación posterior

Estado miembro

Organismo pagador

Malta

MRRA


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