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Document 32008R0603

    Reglamento (CE) n o  603/2008 de la Comisión, de 25 de junio de 2008 , relativo a la asignación de derechos de importación para las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) n o  412/2008 para la carne de vacuno congelada destinada a la transformación

    DO L 165 de 26.6.2008, p. 7–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/603/oj

    26.6.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 165/7


    REGLAMENTO (CE) N o 603/2008 DE LA COMISIÓN

    de 25 de junio de 2008

    relativo a la asignación de derechos de importación para las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) no 412/2008 para la carne de vacuno congelada destinada a la transformación

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1),

    Visto el Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 412/2008 de la Comisión, de 8 de mayo de 2008, relativo a la apertura y al modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada destinada a la transformación (3), abrió contingentes arancelarios para la importación de productos del sector de la carne de vacuno.

    (2)

    Las solicitudes de derechos de importación presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009 son superiores a las cantidades disponibles en el caso de los derechos correspondientes al contingente con el número de orden 09.4057. Procede, por lo tanto, determinar en qué medida pueden concederse dichos derechos de importación, mediante la fijación del coeficiente de asignación aplicable a las cantidades solicitadas.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    A las solicitudes de derechos de importación presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009 en virtud del Reglamento (CE) no 412/2008 se les aplicará un coeficiente de asignación del 9,748767 % en el caso de los derechos correspondientes al contingente con el número de orden 09.4057.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 26 de junio de 2008.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 25 de junio de 2008.

    Por la Comisión

    Jean-Luc DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 160 de 26.6.1999, p. 21. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1913/2005 (DO L 307 de 25.11.2005, p. 2). El Reglamento (CE) no 1254/1999 será sustituido por el Reglamento (CE) no 1234/2007 (DO L 299 de 16.11.2007, p. 1) a partir del 1 de julio de 2008.

    (2)  DO L 238 de 1.9.2006, p. 13. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 289/2007 (DO L 78 de 17.3.2007, p. 17).

    (3)  DO L 125 de 9.5.2008, p. 7.


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