Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32007R1485

    Reglamento (CE) n°  1485/2007 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2007 , por el que se inscriben ciertas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Carne de Bísaro Transmontano o Carne de Porco Transmontano (DOP), Szegedi szalámi o Szegedi téliszalámi (DOP), Pecorino di Filiano (DOP), Cereza del Jerte (DOP), Garbanzo de Fuentesaúco (IGP), Lenteja Pardina de Tierra de Campos (IGP), Λουκούμι Γεροσκήπου (Loukoumi Geroskipou) (IGP), Skalický trdelník (IGP)]

    DO L 330 de 15.12.2007, p. 13–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2007/1485/oj

    15.12.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 330/13


    REGLAMENTO (CE) N o 1485/2007 DE LA COMISIÓN

    de 14 de diciembre de 2007

    por el que se inscriben ciertas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Carne de Bísaro Transmontano o Carne de Porco Transmontano (DOP), Szegedi szalámi o Szegedi téliszalámi (DOP), Pecorino di Filiano (DOP), Cereza del Jerte (DOP), Garbanzo de Fuentesaúco (IGP), Lenteja Pardina de Tierra de Campos (IGP), Λουκούμι Γεροσκήπου (Loukoumi Geroskipou) (IGP), Skalický trdelník (IGP)]

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Conforme a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 2, párrafo primero, y en aplicación del artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006, la solicitud de registro de la denominación «Carne de Bísaro Transmontano» o «Carne de Porco Transmontano» presentada por Portugal, la solicitud de registro de la denominación «Szegedi szalámi» o «Szegedi téliszalámi» presentada por Hungría, la solicitud de registro de la denominación «Pecorino di Filiano» presentada por Italia, las solicitudes de registro de las denominaciones «Cereza del Jerte», «Garbanzo de Fuentesaúco» y «Lenteja Pardina de Tierra de Campos» presentadas por España, la solicitud de registro de la denominación «Λουκούμι Γεροσκήπου» (Loukoumi Geroskipou) presentada por Chipre y la solicitud de registro de la denominación «Skalický trdelník» presentada por Eslovaquia han sido publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea  (2).

    (2)

    Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006, procede registrar las denominaciones citadas.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Quedan registradas las denominaciones que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre de 2007.

    Por la Comisión

    Mariann FISCHER BOEL

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 93 de 31.3.2006, p. 12. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1791/2006 (DO L 363 de 20.12.2006, p. 1).

    (2)  DO C 89 de 24.4.2007, p. 23 (Carne de Bísaro Transmontano o Carne de Porco Transmontano), DO C 86 de 20.4.2007, p. 12 (Szegedi szalámi o Szegedi téliszalámi), DO C 85 de 19.4.2007, p. 9 (Pecorino di Filiano), DO C 85 de 19.4.2007, p. 1 (Cereza del Jerte), DO C 86 de 20.4.2007, p. 3 (Garbanzo de Fuentesaúco), DO C 88 de 21.4.2007, p. 1 (Lenteja Pardina de Tierra de Campos), DO C 88 de 21.4.2007, p. 10, corrección de errores en el DO C 151 de 5.7.2007, p. 25 [Λουκούμι Γεροσκήπου (Loukoumi Geroskipou)], DO C 88 de 21.4.2007, p. 7 (Skalický trdelník).


    ANEXO

    1.   Productos agrícolas destinados al consumo humano enumerados en el anexo I del Tratado:

    Clase 1.1.   Carne fresca (y despojos)

    PORTUGAL

    Carne de Bísaro Transmontano o Carne de Porco Transmontano (DOP)

    Clase 1.2.   Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

    HUNGRÍA

    Szegedi szalámi ou Szegedi téliszalámi (DOP)

    Clase 1.3.   Quesos

    ITALIA

    Pecorino di Filiano (DOP)

    Clase 1.6.   Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

    ESPAÑA

    Cereza del Jerte (DOP)

    Garbanzo de Fuentesaúco (IGP)

    Lenteja Pardina de Tierra de Campos (IGP)

    2.   Alimentos a los que se hace referencia en el anexo I del Reglamento;

    Clase 2.4.   Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería

    CHIPRE

    Λουκούμι Γεροσκήπου (Loukoumi Geroskipou) (IGP)

    ESLOVAQUIA

    Skalický trdelník (IGP)


    Top