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Document 32007R1043

Reglamento (CE) n° 1043/2007 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2007 , que modifica el Reglamento (CE) n° 474/2006 por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas que son objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad (Texto pertinente a efectos del EEE)

DO L 239 de 12.9.2007, pp. 50–60 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2007/1043/oj

12.9.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 239/50


REGLAMENTO (CE) N o 1043/2007 DE LA COMISIÓN

de 11 de septiembre de 2007

que modifica el Reglamento (CE) no 474/2006 por el que se establece la lista comunitaria de las compañías aéreas que son objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2005, relativo al establecimiento de una lista comunitaria de las compañías aéreas sujetas a una prohibición de explotación en la Comunidad y a la información que deben recibir los pasajeros aéreos sobre la identidad de la compañía operadora, y por el que se deroga el artículo 9 de la Directiva 2004/36/CE (1), y, en particular, su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 474/2006 de la Comisión (2) establece la lista comunitaria de las compañías aéreas objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento (CE) no 2111/2005.

(2)

De conformidad con el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2111/2005, para reaccionar ante problemas de seguridad imprevistos, tres Estados miembros adoptaron medidas excepcionales imponiendo una prohibición inmediata de explotación por lo que se refiere a su propio territorio.

(3)

De conformidad con el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) no 2111/2005 y del artículo 2 del Reglamento (CE) no 473/2006 de la Comisión, de 22 de marzo de 2006, por el que se establecen las normas de aplicación de la lista comunitaria de las compañías aéreas que son objeto de una prohibición de explotación en la Comunidad, prevista en el capítulo II del Reglamento (CE) no 2111/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), dos Estados miembros solicitaron la actualización de la lista comunitaria.

(4)

Resulta evidente que la continuidad de las operaciones de estos dos transportistas puede suponer un grave riesgo para la seguridad, y que dicho riesgo no ha sido totalmente suprimido mediante las medidas de urgencia adoptadas por los tres Estados miembros en cuestión.

(5)

La Comisión informó a las compañías aéreas afectadas de los hechos y argumentos esenciales en los que puede basarse la decisión de imponer una prohibición de explotación dentro de la Comunidad.

(6)

Por lo tanto, puesto que, es necesario adoptar medidas urgentes para resolver esta situación, de conformidad con el artículo 4, apartado 3, del Reglamento (CE) no 473/2006, la Comisión no está obligada a cumplir las disposiciones del artículo 4, apartado 1, del mismo Reglamento. Sin embargo, la Comisión ha dado a las compañías aéreas afectadas la oportunidad de consultar los documentos proporcionados por los Estados miembros, comunicar por escrito sus observaciones y hacer una presentación oral en un plazo de diez días hábiles ante la Comisión.

(7)

Las autoridades responsables de la supervisión normativa de estas compañías aéreas han sido consultadas por la Comisión, así como por algunos Estados miembros.

Mahan Air

(8)

Hay pruebas fehacientes de que la compañía aérea Mahan Air, certificada en la República Islámica de Irán, incurre en graves deficiencias de seguridad. Dichas deficiencias fueron detectadas por Alemania y el Reino Unido durante la realización de inspecciones en pista en el marco del programa SAFA (4). La repetición de los resultados de esas inspecciones indica la presencia de deficiencias de seguridad sistémicas.

(9)

El Reino Unido notificó a la Comisión que el 20 de julio de 2007 había impuesto una prohibición inmediata de explotación a toda la flota de Mahan Air teniendo en cuenta los criterios comunes, en el marco del artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2111/2005.

(10)

Mahan Air explota dos aeronaves de tipo Airbus A-310 con marcas de matrícula F-OJHH y F-OJHI, que no están equipadas con el sistema EGPWS tal como exige el apartado 6.15.3 de la parte 1 del anexo 6 del Convenio de Chicago. Las aeronaves que no se ajustan al anexo 6 del Convenio de Chicago no pueden efectuar vuelos hacia un país extranjero si no han recibido una autorización específica de este país. Los Estados miembros tomaron la decisión de no conceder autorización de explotación a las aeronaves no equipadas con EGPWS a partir del 1 de enero de 2007. Por estas razones, las aeronaves antes mencionadas no deben operar en la Comunidad.

(11)

Existe información, relativa a graves incidentes, que indica que el transportista es incapaz de garantizar la seguridad de sus operaciones, tal como indicó el Reino Unido.

(12)

Mahan Air ha demostrado su incapacidad para corregir las deficiencias de seguridad en respuesta a las peticiones del Reino Unido, según pone de manifiesto la persistencia de dichas deficiencias.

(13)

Las autoridades competentes de la República Islámica de Irán mostraron falta de cooperación con la autoridad de aviación civil del Reino Unido cuando se plantearon las preocupaciones sobre la seguridad de las operaciones de Mahan Air.

(14)

El 9 de agosto Mahan Air tuvo la oportunidad de ser oída por los servicios de la Comisión y las autoridades competentes de Francia, Alemania y el Reino Unido. El 13 de agosto el transportista presentó a la Comisión un plan de medidas correctoras que fue considerado insuficiente para evitar la repetición sistemática de las deficiencias en materia de seguridad.

(15)

El 23 de agosto las autoridades competentes de la República Islámica de Irán y, por segunda vez, Mahan Air fueron oídas por los servicios de la Comisión y las autoridades competentes de Francia, Alemania y el Reino Unido. Estas consultas no han permitido aportar soluciones satisfactorias para remediar a corto plazo las deficiencias detectadas en materia de seguridad. La Comisión toma nota del compromiso del transportista para presentar un plan de medidas correctoras modificado. El nivel de ejecución de dicho plan, junto con cualquier acontecimiento que se produzca en relación con este transportista, se examinarán en la próxima reunión del Comité de seguridad aérea.

(16)

Sobre la base de los criterios comunes, se concluye que Mahan Air no cumple las normas de seguridad pertinentes. Esta compañía aérea debe ser objeto de una prohibición total de explotación y, por consiguiente, incluirse en el anexo A.

Ukrainian Mediterranean Airlines

(17)

Hay pruebas fehacientes de que la compañía aérea Ukrainian Mediterranean Airlines, certificada en Ucrania, incurre en graves deficiencias de seguridad. Dichas deficiencias fueron detectadas por Francia, Alemania, Italia, Rumanía, España y Turquía durante la realización de inspecciones en pista en el marco del programa SAFA (5). La repetición de los resultados de esas inspecciones indica la presencia de deficiencias de seguridad sistémicas.

(18)

Alemania e Italia notificaron a la Comisión que, el 23 y el 13 de julio respectivamente, habían impuesto una prohibición inmediata de explotación a toda la flota de Ukrainian Mediterranean Airlines teniendo en cuenta los criterios comunes, en el marco del artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2111/2005.

(19)

Además, el 26 de julio Alemania e Italia solicitaron a la Comisión actualizar la lista comunitaria de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2111/2005, y tal como prescribe el artículo 6 del Reglamento (CE) no 473/2006, con el fin de imponer una prohibición de explotación en la Comunidad Europea a toda la flota de Ukrainian Mediterranean Airlines.

(20)

Ukrainian Mediterranean Airlines ha demostrado su incapacidad para corregir las deficiencias de seguridad en respuesta a las peticiones de Alemania, Italia y las autoridades competentes de Ucrania, según pone de manifiesto la persistencia de dichas deficiencias. El 6 de agosto el transportista presentó un plan inicial de medidas correctoras y el 22 de agosto un plan revisado, pero no se han presentado pruebas relativas a la aplicación real de dicho plan. Además, las autoridades competentes de Ucrania afirmaron que este plan no tiene en cuenta las importantes deficiencias en materia de seguridad detectadas durante una inspección nacional en julio de 2007.

(21)

Tras una evaluación global meticulosa del transportista aéreo, las autoridades competentes de Ucrania afirmaron que lo consideraban inseguro y no conforme con las normas nacionales de seguridad aérea (técnicas y operativas), y comunicaron a la Comisión su intención de suspender el certificado de operador aéreo de este transportista. Sin embargo, dicha medida no se ha aplicado realmente.

(22)

Sobre la base de los criterios comunes, se concluye que Ukrainian Mediterranean Airlines no cumple las normas de seguridad pertinentes. Esta compañía aérea debe ser objeto de una prohibición total de explotación y, por consiguiente, incluirse en el anexo A. La Comisión toma nota de las medidas correctoras propuestas por Ukrainian Mediterranean Airlines. El nivel de ejecución de dicho plan junto con cualquier acontecimiento que se produzca en relación con este transportista se examinará en la próxima reunión del Comité de seguridad aérea.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 474/2006 queda modificado como sigue:

1)

El anexo A se sustituye por el anexo A del presente Reglamento.

2)

El anexo B se sustituye por el anexo B del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de septiembre de 2007.

Por la Comisión

Jacques BARROT

Vicepresidente


(1)   DO L 344 de 27.12.2005, p. 15.

(2)   DO L 84 de 23.3.2006, p. 14. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 787/2007 (DO L 175 de 5.7.2007, p. 10).

(3)   DO L 84 de 23.3.2006, p. 8.

(4)  LBA/D-2004-124, LBA/D-2004-270, LBA/D-2004-291, LBA/D-2005-554, LBA/D-2006-56, LBA/D-2006-512, LBA/D-2006-760, LBA/D-2007-43, LBA/D-2007-154, LBA/D-2007-177, LBA/D-2007-376, LBA/D-2007-393, LBA/D-2007-405, LBA/D-2007-431, CAA-UK-2006-241, CAA-UK-2007-3, CAA-UK-2007-7, CAA-UK-2007-71, CAA-UK-2007-89.

(5)  ACG-2007-2, BCAA-2007-49, CAA-NL-2004-174, CAO-2005-19, CAO-2007-14, DGCATR-2006-69, DGCATR-2007-142, DGCATR-2007-157, DGCATR-2007-191, DGAC-E-2006-1417, DGAC-E-2007-776, DGAC/F-2007-280, ENAC-IT-2004-68, ENAC-IT-2005-229, ENAC-IT-2005-541, ENAC-IT-2005-745, ENAC-IT-2005-872, ENAC-IT-2006-32, ENAC-IT-2007-231, ENAC-IT-2007-258, FOCA-2004-83, LBA/D-2005-334, LBA/D-2006-375, LBA/D-2006-507, LBA/D-2007-302, LBA/D-2007-365, LBA/D-2007-385, LBA/D-2007-389, RCAARO-2007-56, RCAARO-2007-59, RCAARO-2007-73.


ANEXO A

LISTA DE COMPAÑÍAS AÉREAS CUYA EXPLOTACIÓN QUEDA TOTALMENTE PROHIBIDA DENTRO DE LA COMUNIDAD (1)

Nombre de la persona jurídica de la compañía aérea tal como figura en su certificado de operador aéreo (y nombre comercial, si es diferente)

Certificado de operador aéreo o número de licencia de explotación

Número OACI de designación de la compañía aérea

Estado del operador

AIR KORYO

Desconocido

KOR

República Popular Democrática de Corea (RPDC)

AIR WEST CO. LTD

004/A

AWZ

Sudán

ARIANA AFGHAN AIRLINES

009

AFG

Afganistán

BLUE WING AIRLINES

SRSH-01/2002

BWI

Surinam

MAHAN AIR

FS 105

IRM

República Islámica de Irán

SILVERBACK CARGO FREIGHTERS

Desconocido

VRB

Ruanda

TAAG ANGOLA AIRLINES

001

DTA

Angola

UKRAINIAN MEDITERRANEAN AIRLINES

164

UKM

Ucrania

VOLARE AVIATION ENTREPRISE

143

VRE

Ucrania

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de la República Democrática del Congo (RDC) responsables de la supervisión normativa, excepción hecha de Hewa Bora Airways (2), lo que incluye las siguientes:

 

República Democrática del Congo (RDC)

AFRICA ONE

409/CAB/MIN/TC/0114/2006

CFR

República Democrática del Congo (RDC)

AFRICAN AIR SERVICES COMMUTER SPRL

409/CAB/MIN/TC/0005/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIGLE AVIATION

409/CAB/MIN/TC/0042/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIR BENI

409/CAB/MIN/TC/0019/2005

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIR BOYOMA

409/CAB/MIN/TC/0049/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIR INFINI

409/CAB/MIN/TC/006/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIR KASAI

409/CAB/MIN/TC/0118/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIR NAVETTE

409/CAB/MIN/TC/015/2005

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

AIR TROPIQUES SPRL

409/CAB/MIN/TC/0107/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

BEL GLOB AIRLINES

409/CAB/MIN/TC/0073/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

BLUE AIRLINES

409/CAB/MIN/TC/0109/2006

BUL

República Democrática del Congo (RDC)

BRAVO AIR CONGO

409/CAB/MIN/TC/0090/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

BUSINESS AVIATION SPRL

409/CAB/MIN/TC/0117/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

BUTEMBO AIRLINES

409/CAB/MIN/TC/0056/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

CARGO BULL AVIATION

409/CAB/MIN/TC/0106/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

CETRACA AVIATION SERVICE

409/CAB/MIN/TC/037/2005

CER

República Democrática del Congo (RDC)

CHC STELLAVIA

409/CAB/MIN/TC/0050/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

COMAIR

409/CAB/MIN/TC/0057/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

COMPAGNIE AFRICAINE D’AVIATION

(CAA)

409/CAB/MIN/TC/0111/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

DOREN AIR CONGO

409/CAB/MIN/TC/0054/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

EL SAM AIRLIFT

409/CAB/MIN/TC/0002/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

ESPACE AVIATION SERVICE

409/CAB/MIN/TC/0003/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

FILAIR

409/CAB/MIN/TC/0008/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

FREE AIRLINES

409/CAB/MIN/TC/0047/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

GALAXY INCORPORATION

409/CAB/MIN/TC/0078/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

GOMA EXPRESS

409/CAB/MIN/TC/0051/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

GOMAIR

409/CAB/MIN/TC/0023/2005

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

GREAT LAKE BUSINESS COMPANY

409/CAB/MIN/TC/0048/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

I.T.A.B. — INTERNATIONAL TRANS AIR BUSINESS

409/CAB/MIN/TC/0022/2005

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

KATANGA AIRWAYS

409/CAB/MIN/TC/0088/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

KIVU AIR

409/CAB/MIN/TC/0044/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

LIGNES AÉRIENNES CONGOLAISES

Firma ministerial

(ordonnance 78/205)

LCG

República Democrática del Congo (RDC)

MALU AVIATION

409/CAB/MIN/TC/0113/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

MALILA AIRLIFT

409/CAB/MIN/TC/0112/2006

MLC

República Democrática del Congo (RDC)

MANGO AIRLINES

409/CAB/MIN/TC/0007/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

PIVA AIRLINES

409/CAB/MIN/TC/0001/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

RWAKABIKA BUSHI EXPRESS

409/CAB/MIN/TC/0052/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

SAFARI LOGISTICS SPRL

409/CAB/MIN/TC/0076/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

SAFE AIR COMPANY

409/CAB/MIN/TC/0004/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

SERVICES AIR

409/CAB/MIN/TC/0115/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

SUN AIR SERVICES

409/CAB/MIN/TC/0077/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

TEMBO AIR SERVICES

409/CAB/MIN/TC/0089/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

THOM'S AIRWAYS

409/CAB/MIN/TC/0009/2007

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

TMK AIR COMMUTER

409/CAB/MIN/TC/020/2005

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

TRACEP CONGO

409/CAB/MIN/TC/0055/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

TRANS AIR CARGO SERVICE

409/CAB/MIN/TC/0110/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

TRANSPORTS AERIENS CONGOLAIS

(TRACO)

409/CAB/MIN/TC/0105/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

VIRUNGA AIR CHARTER

409/CAB/MIN/TC/018/2005

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

WIMBI DIRA AIRWAYS

409/CAB/MIN/TC/0116/2006

WDA

República Democrática del Congo (RDC)

ZAABU INTERNATIONAL

409/CAB/MIN/TC/0046/2006

Desconocido

República Democrática del Congo (RDC)

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de Guinea Ecuatorial responsables de la supervisión normativa, lo que incluye las siguientes:

 

 

Guinea Ecuatorial

EUROGUINEANA DE AVIACION Y TRANSPORTES

2006/001/MTTCT/DGAC/SOPS

EUG

Guinea Ecuatorial

GENERAL WORK AVIACION

002/ANAC

n/a

Guinea Ecuatorial

GETRA — GUINEA ECUATORIAL DE TRANSPORTES AEREOS

739

GET

Guinea Ecuatorial

GUINEA AIRWAYS

738

n/a

Guinea Ecuatorial

UTAGE — UNION DE TRANSPORT AEREO DE GUINEA ECUATORIAL

737

UTG

Guinea Ecuatorial

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de Indonesia responsables de la supervisión normativa, lo que incluye las siguientes:

 

 

Indonesia

ADAMSKY CONNECTION AIRLINES

Desconocido

DHI

Indonesia

AIR TRANSPORT SERVICES

Desconocido

Desconocido

Indonesia

BALAI KALIBRASI PENERBANGAN

Desconocido

Desconocido

Indonesia

EKSPRES TRANSPORTASI ANTARBENUA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

GARUDA

Desconocido

GIA

Indonesia

INDONESIA AIRASIA

Desconocido

AWQ

Indonesia

KARTIKA AIRLINES

Desconocido

KAE

Indonesia

LION MENTARI ARILINES

Desconocido

LNI

Indonesia

MANDALA AIRLINES

Desconocido

MDL

Indonesia

MANUNGGAL AIR SERVICE

Desconocido

Desconocido

Indonesia

MEGANTARA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

MERPATI NUSANTARA AIRLINES

Desconocido

MNA

Indonesia

METRO BATAVIA

Desconocido

BTV

Indonesia

PELITA AIR SERVICE

Desconocido

PAS

Indonesia

PT. AIR PACIFIC UTAMA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. AIRFAST INDONESIA

Desconocido

AFE

Indonesia

PT. ASCO NUSA AIR

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. ASI PUDJIASTUTI

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. AVIASTAR MANDIRI

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. ATLAS DELTASATYA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. DABI AIR NUSANTARA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. DERAYA AIR TAXI

Desconocido

DRY

Indonesia

PT. DERAZONA AIR SERVICE

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. DIRGANTARA AIR SERVICE

Desconocido

DIR

Indonesia

PT. EASTINDO

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. EKSPRES TRANSPORTASI ANTARBENUA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. GATARI AIR SERVICE

Desconocido

GHS

Indonesia

PT. GERMANIA TRISILA AIR

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. HELIZONA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. KURA-KURA AVIATION

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. INDONESIA AIR TRANSPORT

Desconocido

IDA

Indonesia

PT. INTAN ANGKASA AIR SERVICE

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. NATIONAL UTILITY HELICOPTER

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. PELITA AIR SERVICE

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. PENERBENGAN ANGKASA SEMESTA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. PURA WISATA BARUNA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. SAMPOERNA AIR NUSANTARA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. SAYAP GARUDA INDAH

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. SMAC

Desconocido

SMC

Indonesia

PT. TRANSWISATA PRIMA AVIATION

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. TRAVIRA UTAMA

Desconocido

Desconocido

Indonesia

PT. TRIGANA AIR SERVICE

Desconocido

Desconocido

Indonesia

REPUBLIC EXPRESS AIRLINES

Desconocido

RPH

Indonesia

RIAU AIRLINES

Desconocido

RIU

Indonesia

SRIWIJAYA AIR

Desconocido

SJY

Indonesia

SURVEI UDARA PENAS

Desconocido

PNS

Indonesia

TRANS WISATA PRIMA AVIATION

Desconocido

Desconocido

Indonesia

TRAVEL EXPRESS AVIATION SERVICE

Desconocido

XAR

Indonesia

TRI MG INTRA ASIA AIRLINES

Desconocido

TMG

Indonesia

TRIGANA AIR SERVICE

Desconocido

TGN

Indonesia

WING ABADI AIRLINES

Desconocido

WON

Indonesia

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de la República Kirguisa responsables de la supervisión normativa, incluidas:

 

República Kirguisa

AIR CENTRAL ASIA

34

AAT

República Kirguisa

AIR MANAS

17

MBB

República Kirguisa

ASIA ALPHA AIRWAYS

32

SAL

República Kirguisa

AVIA TRAFFIC COMPANY

23

AVJ

República Kirguisa

BISTAIR-FEZ BISHKEK

08

BSC

República Kirguisa

BOTIR AVIA

10

BTR

República Kirguisa

CLICK AIRWAYS

11

CGK

República Kirguisa

DAMES

20

DAM

República Kirguisa

EASTOK AVIA

15

Desconocido

República Kirguisa

ESEN AIR

2

ESD

República Kirguisa

GALAXY AIR

12

GAL

República Kirguisa

GOLDEN RULE AIRLINES

22

GRS

República Kirguisa

INTAL AVIA

27

INL

República Kirguisa

ITEK AIR

04

IKA

República Kirguisa

KYRGYZ TRANS AVIA

31

KTC

República Kirguisa

KYRGYZSTAN

03

LYN

República Kirguisa

KYRGYZSTAN AIRLINES

01

KGA

República Kirguisa

MAX AVIA

33

MAI

República Kirguisa

OHS AVIA

09

OSH

República Kirguisa

S GROUP AVIATION

6

Desconocido

República Kirguisa

SKY GATE INTERNATIONAL AVIATION

14

SGD

República Kirguisa

SKY WAY AIR

21

SAB

República Kirguisa

TENIR AIRLINES

26

TEB

República Kirguisa

TRAST AERO

05

TSJ

República Kirguisa

WORLD WING AVIATION

35

WWM

República Kirguisa

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de Liberia responsables de la supervisión normativa

 

Liberia

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de Sierra Leona responsables de la supervisión normativa, lo que incluye las siguientes:

Sierra Leona

AIR RUM, LTD

Desconocido

RUM

Sierra Leona

BELLVIEW AIRLINES (S/L) LTD

Desconocido

BVU

Sierra Leona

DESTINY AIR SERVICES, LTD

Desconocido

DTY

Sierra Leona

HEAVYLIFT CARGO

Desconocido

Desconocido

Sierra Leona

ORANGE AIR SIERRA LEONE LTD

Desconocido

ORJ

Sierra Leona

PARAMOUNT AIRLINES, LTD

Desconocido

PRR

Sierra Leona

SEVEN FOUR EIGHT AIR SERVICES LTD

Desconocido

SVT

Sierra Leona

TEEBAH AIRWAYS

Desconocido

Desconocido

Sierra Leona

Todas las compañías aéreas certificadas por las autoridades de Suazilandia responsables de la supervisión normativa, lo que incluye las siguientes:

Suazilandia

AERO AFRICA (PTY) LTD

Desconocido

RFC

Suazilandia

JET AFRICA SWAZILAND

Desconocido

OSW

Suazilandia

ROYAL SWAZI NATIONAL AIRWAYS CORPORATION

Desconocido

RSN

Suazilandia

SCAN AIR CHARTER, LTD

Desconocido

Desconocido

Suazilandia

SWAZI EXPRESS AIRWAYS

Desconocido

SWX

Suazilandia

SWAZILAND AIRLINK

Desconocido

SZL

Suazilandia


(1)  Se puede permitir el ejercicio de derechos de tráfico a las compañías aéreas enumeradas en el anexo A si estas utilizan aeronaves arrendadas con tripulación a una compañía aérea que no esté sujeta a una prohibición de explotación, a condición de que se cumplan las normas de seguridad pertinentes.

(2)  Se permite a Hewa Bora Airways utilizar la aeronave concreta mencionada en el anexo B en sus operaciones actuales dentro de la Comunidad Europea.


ANEXO B

LISTA DE COMPAÑÍAS AÉREAS CUYA EXPLOTACIÓN QUEDA SUJETA A RESTRCCIONES DENTRO DE LA COMUNIDAD (1)

Nombre de la persona jurídica de la compañía aérea tal como figura en su certificado de operador aéreo

(y nombre comercial, si es diferente)

Certificado de operador aéreo

Número OACI de designación de la compañía aérea

Estado del operador

Tipo de aeronave

Marca o marcas de matrícula y, si se conoce, número de serie de construcción

Estado de matrícula

AIR BANGLADESH

17

BGD

Bangladesh

B747-269B

S2-ADT

Bangladesh

AIR SERVICE COMORES

06-819/TA-15/DGACM

KMD

Comoras

Toda la flota salvo:

LET 410 UVP

Toda la flota salvo:

D6-CAM (851336)

Comoras

HEWA BORA AIRWAYS (HBA) (2)

409/CAB/MIN/TC/0108/2006

ALX

República Democrática del Congo (RDC)

Toda la flota salvo:

B767-266 ER

Toda la flota salvo:

9Q-CJD (cons. No 23 178)

República Democrática del Congo (RDC)

PAKISTAN INTERNATIONAL AIRLINES

003/96 AL

PIA

República Islámica de Pakistán

Toda la flota salvo:

all B-777; 3 B-747-300; 2 B-747-200. 6 A-310

Toda la flota salvo:

AP-BHV, AP-BHW, AP-BHX, AP-BGJ, AP-BGK, AP-BGL, AP-BGY, AP-BGZ; AP-BFU, AP-BGG, AP-BFX, AP-BAK, AP-BAT, AP-BEU, AP-BGP, AP-BGR, AP-BGN, AP-BEC, AP-BEG

República Islámica de Pakistán


(1)  Se puede permitir el ejercicio de derechos de tráfico a las compañías aéreas enumeradas en el anexo B si estas utilizan aeronaves arrendadas con tripulación a una compañía aérea que no esté sujeta a una prohibición de explotación, a condición de que se cumplan las normas de seguridad pertinentes.

(2)  Solo se permite a Hewa Bora Airways utilizar las aeronaves específicamente mencionadas en sus actuales operaciones en el interior de la Comunidad Europea.


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