Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32006R1604

    Reglamento (CE) n o  1604/2006 de la Comisión, de 27 de octubre de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 299 de 28.10.2006, p. 1–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/1604/oj

    28.10.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 299/1


    REGLAMENTO (CE) N o 1604/2006 DE LA COMISIÓN

    de 27 de octubre de 2006

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 28 de octubre de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 27 de octubre de 2006.

    Por la Comisión

    Jean-Luc DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 27 de octubre de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    65,8

    096

    31,6

    204

    42,5

    999

    46,6

    0707 00 05

    052

    172,3

    204

    42,1

    999

    107,2

    0709 90 70

    052

    97,9

    204

    39,5

    999

    68,7

    0805 50 10

    052

    68,9

    388

    51,2

    524

    56,8

    528

    54,7

    999

    57,9

    0806 10 10

    052

    94,6

    400

    206,2

    508

    330,8

    999

    240,6

    0808 10 80

    096

    29,0

    388

    83,7

    400

    115,0

    404

    100,4

    800

    149,4

    804

    153,2

    999

    105,1

    0808 20 50

    052

    111,4

    400

    199,1

    720

    52,2

    999

    120,9


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


    Top