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Document 32006R1352

    Reglamento (CE) n o  1352/2006 de la Comisión, de 14 de septiembre de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 252 de 15.9.2006, p. 1–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/1352/oj

    15.9.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 252/1


    REGLAMENTO (CE) N o 1352/2006 DE LA COMISIÓN

    de 14 de septiembre de 2006

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 15 de septiembre de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 14 de septiembre de 2006.

    Por la Comisión

    Jean-Luc DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 14 de septiembre de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    80,3

    999

    80,3

    0707 00 05

    052

    99,5

    999

    99,5

    0709 90 70

    052

    98,1

    999

    98,1

    0805 50 10

    388

    61,2

    524

    51,0

    528

    62,3

    999

    58,2

    0806 10 10

    052

    85,6

    220

    135,2

    400

    177,1

    624

    118,8

    804

    95,7

    999

    122,5

    0808 10 80

    388

    85,8

    400

    92,5

    508

    73,2

    512

    88,4

    800

    154,2

    804

    97,8

    999

    98,7

    0808 20 50

    052

    119,5

    388

    76,6

    720

    60,3

    999

    85,5

    0809 30 10, 0809 30 90

    052

    120,3

    999

    120,3

    0809 40 05

    052

    86,8

    066

    46,8

    098

    37,5

    624

    127,8

    999

    74,7


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


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