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Document 32006R0641

    Reglamento (CE) n o  641/2006 de la Comisión, de 27 de abril de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 115 de 28.4.2006, p. 2–3 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/641/oj

    28.4.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 115/2


    REGLAMENTO (CE) N o 641/2006 DE LA COMISIÓN

    de 27 de abril de 2006

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 28 de abril de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 27 de abril de 2006.

    Por la Comisión

    J. L. DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 27 de abril de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    142,3

    204

    100,4

    212

    139,0

    999

    127,2

    0707 00 05

    052

    129,4

    999

    129,4

    0709 90 70

    052

    127,1

    204

    48,7

    999

    87,9

    0805 10 20

    052

    37,7

    204

    36,1

    212

    51,2

    220

    42,0

    624

    64,3

    999

    46,3

    0805 50 10

    508

    30,4

    624

    57,9

    999

    44,2

    0808 10 80

    388

    86,4

    400

    117,0

    404

    94,7

    508

    81,2

    512

    78,1

    524

    68,2

    528

    92,9

    720

    97,9

    804

    114,7

    999

    92,3

    0808 20 50

    388

    94,6

    512

    74,7

    524

    29,4

    528

    78,3

    720

    51,8

    999

    65,8


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


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