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Document 32006R0152

    Reglamento (CE) n o  152/2006 de la Comisión, de 27 de enero de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 25 de 28.1.2006, p. 8–9 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/152/oj

    28.1.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 25/8


    REGLAMENTO (CE) N o 152/2006 DE LA COMISIÓN

    de 27 de enero de 2006

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 28 de enero de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 2006.

    Por la Comisión

    J. L. DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 27 de enero de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    112,9

    204

    43,4

    212

    97,4

    624

    120,2

    999

    93,5

    0707 00 05

    052

    151,5

    204

    102,3

    628

    155,5

    999

    136,4

    0709 10 00

    220

    80,1

    624

    91,7

    999

    85,9

    0709 90 70

    052

    146,3

    204

    148,6

    999

    147,5

    0805 10 20

    052

    44,2

    204

    54,8

    212

    52,8

    220

    50,9

    624

    58,3

    999

    52,2

    0805 20 10

    204

    79,3

    999

    79,3

    0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

    052

    61,1

    204

    100,0

    400

    86,0

    464

    148,0

    624

    78,3

    662

    32,0

    999

    84,2

    0805 50 10

    052

    57,8

    220

    61,7

    999

    59,8

    0808 10 80

    400

    130,4

    404

    107,0

    720

    68,7

    999

    102,0

    0808 20 50

    388

    113,3

    400

    83,1

    720

    48,3

    999

    81,6


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


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