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Document 32006R0053

    Reglamento (CE) n o  53/2006 de la Comisión, de 13 de enero de 2006 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 10 de 14.1.2006, p. 1–2 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/53/oj

    14.1.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 10/1


    REGLAMENTO (CE) N o 53/2006 DE LA COMISIÓN

    de 13 de enero de 2006

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 14 de enero de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 13 de enero de 2006.

    Por la Comisión

    J. L. DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 386/2005 (DO L 62 de 9.3.2005, p. 3).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 13 de enero de 2006, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    052

    90,2

    204

    42,4

    212

    92,7

    624

    115,6

    999

    85,2

    0707 00 05

    052

    163,0

    204

    79,9

    999

    121,5

    0709 10 00

    220

    94,1

    999

    94,1

    0709 90 70

    052

    107,3

    204

    121,3

    999

    114,3

    0805 10 20

    052

    47,2

    204

    56,4

    220

    50,8

    388

    66,5

    624

    58,2

    999

    55,8

    0805 20 10

    052

    74,2

    204

    74,6

    999

    74,4

    0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

    052

    70,3

    204

    51,6

    400

    78,5

    464

    107,2

    624

    72,9

    662

    27,9

    999

    68,1

    0805 50 10

    052

    57,7

    220

    60,9

    999

    59,3

    0808 10 80

    400

    115,2

    720

    70,0

    999

    92,6

    0808 20 50

    400

    83,1

    720

    63,2

    999

    73,2


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 750/2005 de la Comisión (DO L 126 de 19.5.2005, p. 12). El código «999» significa «otros orígenes».


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