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Document 32005R1557
Commission Regulation (EC) No 1557/2005 of 23 September 2005 determining the extent to which applications lodged in September 2005 for import licences under the regime provided for by tariff quotas for certain products in the pigmeat sector for the period 1 October to 31 December 2005 can be accepted
Reglamento (CE) n° 1557/2005 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2005, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación presentadas en septiembre de 2005 de contingentes arancelarios de importación de productos del sector de la carne de porcino durante el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2005
Reglamento (CE) n° 1557/2005 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2005, por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación presentadas en septiembre de 2005 de contingentes arancelarios de importación de productos del sector de la carne de porcino durante el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2005
DO L 249 de 24.9.2005, p. 4–5
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
24.9.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 249/4 |
REGLAMENTO (CE) N o 1557/2005 DE LA COMISIÓN
de 23 de septiembre de 2005
por el que se determina la proporción en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación presentadas en septiembre de 2005 de contingentes arancelarios de importación de productos del sector de la carne de porcino durante el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2005
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1458/2003 de la Comisión, de 18 de agosto de 2003, relativo a la apertura y el modo de gestión de contingentes arancelarios en el sector de la carne de porcino (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las solicitudes de certificados de importación presentadas para el cuarto trimestre de 2005 son inferiores a las cantidades disponibles, por lo que pueden ser atendidas en su totalidad. |
(2) |
Conviene determinar el excedente que se añade a la cantidad disponible en el período siguiente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
1. Las solicitudes de certificados de importación para el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2005 presentadas al amparo del Reglamento (CE) no 1458/2003 se satisfarán como se indica en el anexo I.
2. Para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2006 se podrán presentar, al amparo del Reglamento (CE) no 1458/2003, solicitudes de licencias de importación por la cantidad total que figura en el anexo II.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de octubre de 2005.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2005.
Por la Comisión
J. M. SILVA RODRÍGUEZ
Director General de Agricultura y Desarrollo Rural
(1) DO L 208 de 19.8.2003, p. 3. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 341/2005 (DO L 53 de 26.2.2005, p. 28).
ANEXO I
Número de grupo |
Porcentaje en que se satisfarán las solicitudes de certificados de importación presentadas en el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2005 |
G2 |
100 |
G3 |
— |
G4 |
— |
G5 |
— |
G6 |
— |
G7 |
— |
ANEXO II
(t) |
|
Grupo |
Cantidad total disponible para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2006 |
G2 |
23 071,5 |
G3 |
3 750,0 |
G4 |
2 250,0 |
G5 |
4 575,0 |
G6 |
11 250,0 |
G7 |
4 125,0 |