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Document 32005R1153

    Reglamento (CE) n° 1153/2005 de la Comisión, de 18 de julio de 2005, por el que se abre una licitación para la venta de alcohol de origen vínico con miras a su utilización en forma de bioetanol en la Comunidad

    DO L 187 de 19.7.2005, p. 3–10 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2005/1153/oj

    19.7.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 187/3


    REGLAMENTO (CE) N o 1153/2005 DE LA COMISIÓN

    de 18 de julio de 2005

    por el que se abre una licitación para la venta de alcohol de origen vínico con miras a su utilización en forma de bioetanol en la Comunidad

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), y, en particular, su artículo 33,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 1623/2000 de la Comisión, de 25 de julio de 2000, por el que se fijan las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1493/1999 por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo que respecta a los mecanismos de mercado (2), establece, entre otras normas, las disposiciones de aplicación de la salida al mercado de las existencias de alcohol obtenidas en las destilaciones contempladas en los artículos 35, 36 y 39 del Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (3), y en los artículos 27, 28 y 30 del Reglamento (CE) no 1493/1999, que se encuentran en poder de los organismos de intervención.

    (2)

    De conformidad con el artículo 92 del Reglamento (CE) no 1623/2000, es conveniente proceder a una licitación de alcohol de origen vínico para utilizarlo exclusivamente como bioetanol en el sector de los carburantes dentro de la Comunidad para así reducir las existencias de alcohol vínico comunitario y garantizar la continuidad del abastecimiento de las empresas autorizadas con arreglo al artículo 92 del Reglamento (CE) no 1623/2000.

    (3)

    En virtud del Reglamento (CE) no 2799/98 del Consejo, de 15 de diciembre de 1998, por el que se establece el régimen agromonetario del euro (4), desde el 1 de enero de 1999 los precios de las ofertas y las garantías deben expresarse en euros y los pagos deben efectuarse en esta moneda.

    (4)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    1.   Se procederá a la venta, mediante la licitación no 2/2005 CE, de alcohol de origen vínico con miras a su utilización en forma de bioetanol en la Comunidad.

    El alcohol procede de las destilaciones contempladas en el artículo 35 del Reglamento (CEE) no 822/87 y en los artículos 27, 28 y 30 del Reglamento (CE) no 1493/1999 y obra en poder de los organismos de intervención de los Estados miembros.

    2.   El volumen total puesto a la venta ascenderá a 699 946,698 hectolitros de alcohol de 100 % vol., distribuidos del siguiente modo:

    a)

    un lote registrado con el número 10/2005 CE de una cantidad de 100 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    b)

    un lote registrado con el número 11/2005 CE de una cantidad de 50 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    c)

    un lote registrado con el número 12/2005 CE de una cantidad de 100 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    d)

    un lote registrado con el número 13/2005 CE de una cantidad de 100 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    e)

    un lote registrado con el número 14/2005 CE de una cantidad de 50 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    f)

    un lote registrado con el número 15/2005 CE de una cantidad de 100 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    g)

    un lote registrado con el número 16/2005 CE de una cantidad de 100 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    h)

    un lote registrado con el número 17/2005 CE de una cantidad de 50 000 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    i)

    un lote registrado con el número 18/2005 CE de una cantidad de 41 331,79 hectolitros de alcohol de 100 % vol.,

    j)

    un lote registrado con el número 19/2005 CE de una cantidad de 8 614,908 hectolitros de alcohol de 100 % vol.

    3.   La localización y las referencias de las cubas que componen los lotes, el volumen de alcohol contenido en cada una de las cubas, el grado alcohólico volumétrico y las características del alcohol figuran en el anexo I del presente Reglamento.

    4.   Solamente podrán participar en la licitación las empresas autorizadas con arreglo al artículo 92 del Reglamento (CE) no 1623/2000.

    Artículo 2

    La venta se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93, 94, 94 ter, 94 quater, 94 quinquies , 95 a 98, 100 y 101 del Reglamento (CE) no 1623/2000 y en el artículo 2 del Reglamento (CE) no 2799/98.

    Artículo 3

    1.   Las ofertas deberán presentarse en los organismos de intervención que están en posesión del alcohol mencionados en el anexo II o enviarse por correo certificado a la dirección de dichos organismos.

    2.   Las ofertas se entregarán dentro de un sobre sellado en el que se indicará «Licitación con miras a la utilización en forma de bioetanol en la Comunidad, no 2/2005 CE», que deberá ir, a su vez, dentro de un sobre dirigido al organismo de intervención de que se trate.

    3.   Las ofertas deberán llegar al organismo de intervención a más tardar el 26 de agosto de 2005 a las 12 horas (hora de Bruselas).

    Artículo 4

    1.   Sólo se considerarán admisibles las ofertas que se ajusten a lo dispuesto en los artículos 94 y 97 del Reglamento (CE) no 1623/2000.

    2.   Sólo se considerarán admisibles las ofertas que, en el momento de su presentación, lleven adjunto lo siguiente:

    a)

    Prueba de la constitución, ante el organismo de intervención que se encuentre en posesión del alcohol, de una garantía de participación de 4 EUR por hectolitro de alcohol de 100 % vol.

    b)

    Indicación del Estado miembro o de los Estados miembros en que tenga lugar la utilización final del alcohol y compromiso del licitador de respetar ese destino.

    c)

    Nombre y dirección del licitador, referencia del anuncio de licitación y precio propuesto, expresado en euros por hectolitro de alcohol de 100 % vol.

    d)

    Compromiso del licitador de respetar todas las disposiciones relativas a la licitación de que se trate.

    e)

    Declaración del licitador en la que:

    i)

    renuncie a toda reclamación relacionada con la calidad y características del producto que, en su caso, se le adjudique,

    ii)

    acepte todos los controles relacionados con el destino y la utilización del alcohol,

    iii)

    acepte la carga de la prueba sobre la utilización del alcohol conforme a las condiciones establecidas en el anuncio de licitación.

    Artículo 5

    1.   Las notificaciones previstas en el artículo 94 bis del Reglamento (CE) no 1623/2000 sobre la licitación abierta por el presente Reglamento se remitirán a la dirección de la Comisión que figura en el anexo III del presente Reglamento.

    2.   Además de la información prevista en el artículo 94 bis del Reglamento (CE) no 1623/2000, en las notificaciones contempladas en el apartado 1 se deberá indicar claramente con respecto a cada oferta:

    a)

    si la oferta en cuestión es admisible,

    b)

    en caso de que no sea admisible, las condiciones contempladas en el artículo 94 del Reglamento (CE) no 1623/2000 que no se hayan cumplido.

    Artículo 6

    Las condiciones relativas a la toma de muestras se establecen en el artículo 98 del Reglamento (CE) no 1623/2000.

    El organismo de intervención facilitará toda la información necesaria sobre las características de los alcoholes puestos a la venta.

    Cualquier interesado podrá obtener, dirigiéndose al organismo de intervención de que se trate, muestras del alcohol puesto a la venta, tomadas por un representante del organismo de intervención.

    Artículo 7

    1.   Los organismos de intervención de los Estados miembros en los que está almacenado el alcohol puesto a la venta establecerán controles adecuados para comprobar la naturaleza del alcohol en el momento de la utilización final. A tal fin podrán:

    a)

    hacer uso, mutatis mutandis, de lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento (CE) no 1623/2000,

    b)

    realizar un control por muestreo, mediante un análisis de resonancia magnética nuclear, para comprobar la naturaleza del alcohol en el momento de la utilización final.

    2.   Los gastos que ocasionen los controles contemplados en el apartado 1 correrán por cuenta de las empresas a las que se venda el alcohol.

    Artículo 8

    A más tardar el 30 de septiembre de 2005, los Estados miembros notificarán a la Comisión el nombre y la dirección de los licitadores correspondientes a cada oferta.

    Artículo 9

    El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2005.

    Por la Comisión

    Mariann FISCHER BOEL

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 179 de 14.7.1999, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1795/2003 de la Comisión (DO L 262 de 14.10.2003, p. 13).

    (2)  DO L 194 de 31.7.2000, p. 45. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 616/2005 (DO L 103 de 22.4.2005, p. 15).

    (3)  DO L 84 de 27.3.1987, p. 1. Reglamento derogado por el Reglamento (CE) no 1493/1999.

    (4)  DO L 349 de 24.12.1998, p. 1.


    ANEXO I

    LICITACIÓN DE ALCOHOL CON MIRAS A SU UTILIZACIÓN EN FORMA DE BIOETANOL EN LA COMUNIDAD

    No 2/2005 CE

    Lugar de almacenamiento, volumen y características del alcohol puesto a la venta

    Estado miembro y no de lote

    Localización

    Número de cubas

    Volumen en hectolitros de alcohol 100 % vol.

    Referencia al Reglamento (CE) no 1493/1999, artículos

    Referencia al Reglamento (CEE) no 822/87, artículos

    Tipo de alcohol

    España

    Lote no 10/2005 CE

    Tarancón

    A-1

    24 629

    27

     

    Bruto

    A-3

    24 751

    27

     

    Bruto

    B-3

    24 858

    27

     

    Bruto

    B-4

    19 247

    27

     

    Bruto

    B-6

    6 515

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    100 000

     

     

     

    España

    Lote no 11/2005 CE

    Tarancón

    B-6

    17 722

    27

     

    Bruto

    C-1

    25 204

    27

     

    Bruto

    C-2

    7 074

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    50 000

     

     

     

    Francia

    Lote no 12/2005 CE

    DEULEP

    Bld Chanzy

    30800 Saint-Gilles-du-Gard

    71

    46 920

    27

     

    Bruto

    501

    9 265

    27

     

    Bruto

    502

    4 325

    27

     

    Bruto

    604

    6 535

    27

     

    Bruto

    608

    6 555

    27

     

    Bruto

    607

    8 035

    27

     

    Bruto

    606

    9 400

    27

     

    Bruto

    605

    8 965

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    100 000

     

     

     

    Francia

    Lote no 13/2005 CE

    ONIVINS-Port-la-Nouvelle

    Entrepôt d’alcool

    Av. Adolphe-Turrel, BP 62

    11210 Port-la-Nouvelle

    6

    16 140

    28

     

    Bruto

    6

    600

    30

     

    Bruto

    6

    220

    27

     

    Bruto

    17

    12 705

    28

     

    Bruto

    16

    3 755

    28

     

    Bruto

    18

    12 630

    27

     

    Bruto

    30

    22 320

    27

     

    Bruto

    16

    6 055

    30

     

    Bruto

    14

    1 825

    28

     

    Bruto

    13

    11 640

    30

     

    Bruto

    13

    685

    28

     

    Bruto

    14

    10 755

    30

     

    Bruto

    16

    670

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    100 000

     

     

     

    Francia

    Lote no 14/2005 CE

    ONIVINS-Port-la-Nouvelle

    Entrepôt d’alcool

    Av. Adolphe-Turrel, BP 62

    11210 Port-la-Nouvelle

    11

    22 005

    27

     

    Bruto

    6

    5 430

    30

     

    Bruto

    29

    1 950

    28

     

    Bruto

    29

    6 985

    30

     

    Bruto

    29

    13 510

    30

     

    Bruto

    29

    120

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    50 000

     

     

     

    Italia

    Lote no 15/2005 CE

    Dister-Faenza (RA)

    124A-170A-171A-176A-178A

    8 440

    30

     

    Bruto

    Mazzari-S. Agata sul Santerno (RA)

    5A-8A-10A

    34 000

    27

     

    Bruto

    Caviro-Faenza (RA)

    16A-17A-19A

    36 300

    27

     

    Bruto

    Villapana-Faenza (RA)

    4A-8A-9A

    18 000

    27

     

    Bruto

    Bonollo U.-Conselve (PD)

    1A

    320

    30

     

    Bruto

    Cantine Soc. Venete-Ponte di Piave (TV)

    14A

    320

    30

     

    Bruto

    I.C.V.-Borgoricco (PD)

    5A

    1 300

    27

     

    Bruto

    Tampieri-Faenza (RA)

    2A-9A

    1 320

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    100 000

     

     

     

    Italia

    Lote no 16/2005 CE

    Dister-Faenza (RA)

    124A

    1 560

    30

     

    Bruto

    Cipriani-Chizzola di Ala

    30A

    9 000

    27

     

    Bruto

    S.V.A.-Ortona (CH)

    17A-18A

    3 300

    27

     

    Bruto

    Bonollo-Paduni (FR)

    17A-34A-35A

    34 140

    27

     

    Bruto

    Di Lorenzo-Ponte Valleceppi (PG)

    1A-18A-21A-22A

    14 600

    27+30

     

    Bruto

    D’Auria-Ortona (CH)

    1A-4A-9A-11A-12A-29A-61A

    10 000

    27

     

    Bruto

    Deta-Barberino Val d’Elsa (FI)

    5A

    1 900

    27

     

    Bruto

    Balice-Valenzano (BA)

    47A-48A-59A

    16 000

    30

     

    Bruto

    Balice Dist.-Mottola (TA)

    3A

    1 500

    27

     

    Bruto

    De Luca-Novoli (LE)

    18A

    8 000

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    100 000

     

     

     

    Italia

    Lote no 17/2005 CE

    Bertolino-Partinico (PA)

    6A-12A-34A

    28 000

    27+30

     

    Bruto

    Gedis-Marsala (TP)

    12A-15A-18A-21A

    9 600

    27

     

    Bruto

    Trapas-Marsala (TP)

    2A-14A-16A

    8 000

    30

     

    Bruto

    S.V.M.-Sciacca (AG)

    1A-2A-3A-23A-24A-34A

    2 000

    27

     

    Bruto

    Enodistil-Alcamo (TP)

    22A

    2 400

    30

     

    Bruto

     

    Total

     

    50 000

     

     

     

    Grecia

    Lote no 18/2005 CE

    ΑΜΠΕΛΟΥΡΓΙΚΟΣ ΣΥΝΕΤΑΙΡΙΣΜΟΣ ΜΕΓΑΡΩΝ — (ΒΑΡΕΑ ΜΕΓΑΡΩΝ)

    [Ambelourgikos Syneterismos Megaron — (Varea Megaron)]

    B1

    543,42

     

    35

    Bruto

    B2

    550,83

     

    35

    Bruto

    B3

    556,14

     

    35

    Bruto

    B4

    556,16

     

    35

    Bruto

    B5

    555,90

     

    35

    Bruto

    B6

    550,60

     

    35

    Bruto

    10

    914,43

     

    35

    Bruto

    B9

    550,04

     

    35

    Bruto

    B10

    553,72

     

    35

    Bruto

    B11

    554,60

     

    35

    Bruto

    B12

    554,50

     

    35

    Bruto

    B13

    556,91

     

    35

    Bruto

    B14

    551,86

     

    35

    Bruto

    B15

    547,57

     

    35

    Bruto

    B16

    910,55

    27

    35

    Bruto

    3

    851,86

    27

     

    Bruto

    4

    894,58

    27

     

    Bruto

    5

    894,83

    27

     

    Bruto

    6

    871,50

    27

     

    Bruto

    7

    898,94

    27

     

    Bruto

    14

    864,99

    27

     

    Bruto

    15

    893,13

    27

     

    Bruto

    1

    873,77

    27

     

    Bruto

    2

    885,55

    27

     

    Bruto

    8

    904,07

    27

     

    Bruto

    9

    863,37

    27

     

    Bruto

    B7

    544,88

    27

     

    Bruto

    11

    901,79

    27

     

    Bruto

    12

    869,67

    27

     

    Bruto

    13

    907,15

    27

     

    Bruto

    17

    799,07

    27

     

    Bruto

    Π.Α. ΤΖΑΡΑ — (Δοκός Χαλκίδος)

    [P.A. Tzara — (Dokos Halkidos)]

    4 016

    179,58

     

    35

    Bruto

    Ε.Α.Σ. ΠΑΤΡΩΝ — Ανθεια Πατρών

    [E.A.S. Patron — Anthia Patron]

    A1

    856,07

     

    35

    Bruto

    A2

    917,34

     

    35

    Bruto

    A3

    747,20

     

    35

    Bruto

    A4

    803,85

     

    35

    Bruto

    A5

    577,07

     

    35

    Bruto

    Ε.Α.Σ. ΑΤΤΙΚΗΣ — (ΠΙΚΕΡΜΙ)

    [E.A.S. Attikis — (Pikermi)]

    1

    917,80

    27

     

    Bruto

    2

    917,58

    27

     

    Bruto

    3

    919,35

    27

     

    Bruto

    4

    903,82

    27

     

    Bruto

    5

    751,82

    27

     

    Bruto

    ΟΙΝΟΠΟΙΗΤΙΚΟΣ ΣΥΝ/ΣΜΟΣ (ΣΥΝΕΤΑΙΡΙΣΜΟΣ) ΜΕΣΣΗΝΙΑΣ (ΓΙΑΛΟΒΑ ΠΥΛΙΑΣ)

    [Inopiitikos Syneterismos Messinias (Gialova Pilias)]

    B74

    836,47

    27

     

    Bruto

    B75

    583,84

    27

     

    Bruto

    B76

    724,92

    27

     

    Bruto

    B80

    890,23

    27

     

    Bruto

    68

    2 113,82

    27

     

    Bruto

    66

    2 122,29

    27

     

    Bruto

    82

    731,69

    27

     

    Bruto

    69

    2 110,67

    27

     

    Bruto

     

    Total

     

    41 331,79

     

     

     

    Alemania

    Lote no 19/2005 CE

    Papiermühle 16

    D-37603 Holzminden

    107

    8 614,908

    30

     

    Bruto

     

    Total

     

    8 614,908

     

     

     


    ANEXO II

    Organismos de intervención en posesión del alcohol contemplados en el artículo 3

    Onivins-Libourne — Délégation nationale. 17, avenue de la Ballastière, boîte postale 231, F-33505 Libourne Cedex [teléfono (33-5) 57 55 20 00; télex 57 20 25; fax (33-5) 57 55 20 59]

    FEGA — Beneficencia 8, E-28004 Madrid [teléfono (34) 913 476 466; fax (34) 913 476 465]

    AGEA — Via Torino 45, I-00184 Roma [teléfono (39) 06 49499 714; fax (39) 06 49499 761]

    Ο.Π.Ε.Κ.Ε.Π.Ε. — Αχαρνών (Aharnon) 241, 10446 Atenas, Grecia [teléfono 210 212 4799; fax 210 212 4791]

    Bundesanstalt für Landwirtschaft und Ernährung (BLE) — Deichmanns Aue 29, D-53179 Bonn (teléfono 0049 228/6845-3386/3479; fax 0049 228/6845-3794)


    ANEXO III

    Dirección mencionada en el artículo 5

    Comisión Europea

    Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, Unidad D-2

    Rue de la Loi 200

    B-1049 Bruselas

    Fax (32-2) 298 55 28

    Dirección electrónica: agri-market-tenders@cec.eu.int


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