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Document 32005R0706

    Reglamento (CE) n° 706/2005 de la Comisión, de 4 de mayo de 2005, por el que se suspenden las compras de mantequilla en algunos Estados miembros

    DO L 118 de 5.5.2005, p. 25–25 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 09/06/2005; derogado por 320050877

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2005/706/oj

    5.5.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 118/25


    REGLAMENTO (CE) N o 706/2005 DE LA COMISIÓN

    de 4 de mayo de 2005

    por el que se suspenden las compras de mantequilla en algunos Estados miembros

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1),

    Visto el Reglamento (CE) no 2771/1999 de la Comisión, de 16 de diciembre de 1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo en lo que respecta a las medidas de intervención en el mercado de la mantequilla y la nata (2), y, en particular, su artículo 2,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El artículo 2 del Reglamento (CE) no 2771/1999 establece que la Comisión abrirá o suspenderá las compras en un Estado miembro en cuanto se compruebe que durante dos semanas consecutivas el precio de mercado en dicho Estado miembro se sitúa, según el caso, bien a un nivel inferior bien a un nivel igual o superior al 92 % del precio de intervención.

    (2)

    El Reglamento (CE) no 626/2005 de la Comisión (3) establece la última lista de Estados miembros en los que la intervención ha sido suspendida. Dicha lista ha de ser adaptada para tener en cuenta los nuevos precios de mercado comunicados por el Reino Unido, en aplicación del artículo 8 del Reglamento (CE) no 2771/1999. En aras de la claridad, conviene sustituir dicha lista y derogar el Reglamento (CE) no 626/2005.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Las compras de mantequilla contempladas en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1255/1999 quedan suspendidas en Bélgica, en Dinamarca, en Chipre, en Hungría, en Malta, en Grecia, en Luxemburgo, en los Países Bajos, en Austria, en Eslovenia y en Finlandia.

    Artículo 2

    Queda derogado el Reglamento (CE) no 626/2005.

    Artículo 3

    El presente Reglamento entrará en vigor el 5 de mayo de 2005.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 4 de mayo de 2005.

    Por la Comisión

    Mariann FISCHER BOEL

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 160 de 26.6.1999, p. 48. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 186/2004 de la Comisión (DO L 29 de 3.2.2004, p. 6).

    (2)  DO L 333 de 24.12.1999, p. 11. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2250/2004 (DO L 381 de 28.12.2004, p. 25).

    (3)  DO L 104 de 23.4.2005, p. 3.


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