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Document 32005R0448
Commission Regulation (EC) No 448/2005 of 15 March 2005 amending Council Regulation (EEC) No 3880/91 on the submission of nominal catch statistics by Member States fishing in the north-east AtlanticText with EEA relevance
Reglamento (CE) n° 448/2005 de la Comisión, de 15 de marzo de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3880/91 del Consejo relativo a la transmisión de estadísticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico nororientalTexto pertinente a efectos del EEE
Reglamento (CE) n° 448/2005 de la Comisión, de 15 de marzo de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3880/91 del Consejo relativo a la transmisión de estadísticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico nororientalTexto pertinente a efectos del EEE
DO L 74 de 19.3.2005, pp. 5–27
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(BG, RO)
DO L 275M de 6.10.2006, pp. 254–276
(MT)
No longer in force, Date of end of validity: 19/04/2009; derog. impl. por 32009R0218
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19.3.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 74/5 |
REGLAMENTO (CE) N o 448/2005 DE LA COMISIÓN
de 15 de marzo de 2005
por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3880/91 del Consejo relativo a la transmisión de estadísticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico nororiental
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 3880/91 del Consejo, de 17 de diciembre de 1991, relativo a la transmisión de estadísticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico nororiental (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
A fin de mejorar la gestión de los recursos pesqueros de las aguas internacionales de su jurisdicción, en su reunión anual de noviembre de 2002 la Comisión de Pesquerías del Atlántico Nordeste (CPANE) recomendó solicitar a las agencias internacionales responsables de recoger y recopilar las estadísticas de capturas que apliquen una subdivisión apropiada de las zonas estadísticas. |
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(2) |
El Grupo de trabajo de las pesquerías de gran altura del Consejo internacional para la exploración del mar (CIEM) recomendó subdividir las divisiones estadísticas del Atlántico nororiental para identificar mejor las pesquerías de gran altura. |
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(3) |
Tras la decisión de la Comisión internacional de pesquerías del mar Báltico de gestionar las poblaciones de la División 28 como dos unidades aparte, es necesario disponer de estadísticas para dichas unidades. |
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(4) |
A propuesta de su Comité Consultivo de Gestión de la Pesca, el CIEM ha solicitado a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) que modifique su cuestionario Statlant 27A a fin de solicitar a las autoridades nacionales que presenten estadísticas más detalladas de las capturas realizadas en determinadas aguas del Atlántico nororiental. |
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(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de estadística agrícola, creado por la Decisión 72/279/CEE del Consejo (2). |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los anexos II y III del Reglamento (CEE) no 3880/91 se sustituirán por los anexos I y II del presente Reglamento, respectivamente.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 15 de marzo de 2005.
Por la Comisión
Joaquín ALMUNIA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 365 de 31.12.1991, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).
ANEXO I
ZONAS PESQUERAS ESTADÍSTICAS DEL ATLÁNTICO NORORIENTAL DE LAS CUALES DEBEN ENVIARSE DATOS
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CIEM División I a |
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CIEM División I b |
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CIEM Subdivisión II a 1 |
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CIEM Subdivisión II a 2 |
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CIEM Subdivisión II b 1 |
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CIEM Subdivisión II b 2 |
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CIEM División III a |
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CIEM División III b, c |
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CIEM División IV a |
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CIEM División IV b |
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CIEM División IV c |
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CIEM Subdivisión V a 1 |
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CIEM Subdivisión V a 2 |
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CIEM Subdivisión V b 1 a |
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CIEM Subdivisión V b 1 b |
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CIEM Subdivisión V b 2 |
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CIEM División VI a |
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CIEM Subdivisión VI b 1 |
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CIEM Subdivisión VI b 2 |
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CIEM División VII a |
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CIEM División VII b |
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CIEM Subdivisión VII c 1 |
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CIEM Subdivisión VII c 2 |
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CIEM División VII d |
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CIEM División VII e |
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CIEM División VII f |
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CIEM División VII g |
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CIEM División VII h |
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CIEM Subdivisión VII j 1 |
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CIEM Subdivisión VII j 2 |
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CIEM Subdivisión VII k 1 |
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CIEM Subdivisión VII k 2 |
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CIEM División VIII a |
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CIEM División VIII b |
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CIEM División VIII c |
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CIEM Subdivisión VIII d 1 |
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CIEM Subdivisión VIII d 2 |
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CIEM Subdivisión VIII e 1 |
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CIEM Subdivisión VIII e 2 |
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CIEM División IX a |
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CIEM Subdivisión IX b 1 |
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CIEM Subdivisión IX b 2 |
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CIEM Subdivisión X a 1 |
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CIEM Subdivisión X a 2 |
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CIEM División X b |
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CIEM Subdivisión XII a 1 |
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CIEM Subdivisión XII a 2 |
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CIEM Subdivisión XII a 3 |
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CIEM Subdivisión XII a 4 |
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CIEM División XII b |
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CIEM División XII c |
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CIEM División XIV a |
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CIEM Subdivisión XIV b 1 |
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CIEM Subdivisión XIV b 2 |
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BAL 22 |
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BAL 23 |
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BAL 24 |
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BAL 25 |
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BAL 26 |
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BAL 27 |
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BAL 28-1 |
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BAL 28-2 |
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BAL 29 |
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BAL 30 |
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BAL 31 |
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BAL 32 |
Notas
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1. |
Las zonas estadísticas de pesca precedidas por las siglas «CIEM» han sido establecidas y definidas por el Consejo internacional para la exploración del mar. |
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2. |
Las zonas estadísticas de pesca precedidas por las siglas «BAL» han sido establecidas y definidas por la Comisión internacional de pesquerías del mar Báltico. |
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3. |
Los datos deben presentarse con el mayor detalle posible. Sólo deben utilizarse los códigos agregados de regiones y el código «desconocido» cuando no haya información detallada disponible. En caso de presentarse información detallada no deben utilizarse las categorías agregadas. |
Zonas pesqueras estadísticas del Atlántico nororiental
ANEXO II
DESCRIPCIÓN DE LAS SUBZONAS Y DIVISIONES DEL CIEM EMPLEADAS EN LAS ESTADÍSTICAS DE PESCA Y LOS REGLAMENTOS DEL ATLÁNTICO NORORIENTAL
Zona estadística CIEM (Atlántico nororiental)
Las aguas de los océanos Atlántico y Ártico y de sus mares tributarios limitadas por una línea trazada desde el Polo norte geográfico a lo largo del meridiano 40° 00′ de longitud oeste hasta la costa septentrional de Groenlandia; después en dirección este y sur a lo largo de la costa de Groenlandia hasta el punto situado a 44° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 59° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 42° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 36° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta el punto situado a 5° 36′ de longitud oeste de la costa de España (istmo Punta Marroquí); después en dirección noroeste y norte a lo largo de la costa sudoeste de España, la costa de Portugal, las costas noroeste y norte de España, las costas de Francia, Bélgica, los Países Bajos, y Alemania hasta el límite occidental de su frontera con Dinamarca; después a lo largo de la costa de Jutlandia hasta Thyborøn; después en dirección sur y este a lo largo de la costa meridional del estrecho de Limfjord hasta Egensekloster Point; después en dirección sur a lo largo de la costa oriental de Jutlandia hasta el límite oriental de la frontera de Dinamarca con Alemania; después a lo largo de las costas de Alemania, Polonia, Rusia, Lituania, Letonia, Estonia, Rusia, Finlandia, Suecia y Noruega y la costa norte de Rusia hasta Khaborova; después a través de la entrada occidental del estrecho Yugorskiy Shar; después en dirección oeste y norte a lo largo de la costa de la isla de Vaigach; después a través de la entrada occidental del estrecho de Karskiye Vorota; después hacia el oeste y el norte a lo largo de la costa de la isla sur de Nueva Zembla; después a través de la entrada occidental del estrecho de Matochkin Shar; después a lo largo de la costa occidental de isla norte de Nueva Zembla hasta el punto situado a 68° 30′ de longitud este; desde allí con rumbo norte hasta el Polo norte geográfico.
Esta zona también representa la zona estadística 27 (zona estadística del Atlántico nororiental) en la clasificación internacional normalizada de zonas de pesca de la FAO.
CIEM Subzona I
Las aguas delimitadas por una línea trazada desde el Polo norte geográfico a lo largo del meridiano 30° 00′ de longitud este hasta los 72° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 26° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta la costa de Noruega; después en dirección este bordeando las costas de Noruega y Rusia hasta Khaborova; después a través de la entrada occidental del estrecho Yugorskiy Shar; después en dirección oeste y norte a lo largo de la costa de la isla de Vaigach; después a través de la entrada occidental del estrecho de Karskiye Vorota; después hacia el oeste y el norte a lo largo de la costa de la isla sur de Nueva Zembla; después a través de la entrada occidental del estrecho de Matochkin Shar; después a lo largo de la costa occidental de isla norte de Nueva Zembla hasta el punto situado a 68° 30′ de longitud este; desde allí con rumbo norte hasta el Polo norte geográfico.
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— |
CIEM División I a La parte de la Subzona I delimitada por la línea que une los puntos siguientes:
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— |
CIEM División I b La parte de la Subzona I situada fuera de la División I a. |
CIEM Subzona II
Las aguas delimitadas por una línea trazada desde el Polo norte geográfico a lo largo del meridiano 30° 00′ de longitud este hasta los 72° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 26° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta la costa de Noruega; después en dirección oeste y sudoeste a lo largo de la costa de Noruega hasta los 62° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 63° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; desde allí con rumbo norte hasta el Polo norte geográfico.
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— |
CIEM División II a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa de Noruega situado a 62° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 63° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 72° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 30° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta los 72° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 26° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta la costa de Noruega; después en dirección oeste y sudoeste a lo largo de la costa de Noruega hasta el punto de partida.
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CIEM División II b Las aguas delimitadas por una línea trazada desde el Polo norte geográfico a lo largo del meridiano 30° 00′ de longitud este hasta los 73° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el Polo norte geográfico.
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CIEM Subzona III
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa de Noruega situado a 7° 00′ longitud este; después con rumbo sur hasta los 57° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 8° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta los 57° 00′ de latitud norte; desde allí con rumbo este hasta la costa de Dinamarca; después a lo largo de las costas noroeste y este de Jutlandia hasta Hals; desde allí a través de la entrada oriental del estrecho de Limfjord hasta Egensekloster Point; después en dirección sur a lo largo de la costa de Jutlandia hasta el límite oriental de la frontera de Dinamarca con Alemania; después a lo largo de las costas de Alemania, Polonia, Rusia, Lituania, Letonia, Estonia, Rusia, Finlandia, Suecia y Noruega hasta el punto de partida.
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— |
CIEM División III a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa de Noruega situado a 7° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta los 57° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 8° 00′ de longitud este; después con rumbo sur hasta los 57° 00′ de latitud norte; desde allí con rumbo este hasta la costa de Dinamarca; después a lo largo de las costas noroeste y este de Jutlandia hasta Hals; desde allí a través de la entrada oriental del estrecho de Limfjord hasta Egensekloster Point; después en dirección sur a lo largo de la costa de Jutlandia hasta el Hasenore Head; después a través del Gran Belt hasta el Gniben Point; después a lo largo de la costa norte de Zealand hasta Gilbjerg Head; después a través de los accesos septentrionales al Øresund hasta el Kullen en la costa de Suecia; después en dirección este y norte a lo largo de la costa de Suecia y de la costa sur de Noruega hasta el punto de partida. |
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CIEM Divisiones III b y c Las aguas delimitadas por una línea trazada desde Hasenøre Head en la costa oriental de Jutlandia hasta Gniben Point en la costa occidental de Zealand hasta Gilbjerg Head; después a través de los accesos septentrionales al Øresund hasta el Kullen en la costa de Suecia; después en dirección sur a lo largo de la costa de Suecia hasta el faro de Falsterbo; después a través de la entrada sur del Øresund hasta el faro de Stevns; después a lo largo de la costa sudeste de Zealand; después a través de la entrada oriental del Storstrøm Sound; después a lo largo de la costa este de la isla de Falster hasta Gedser; después hasta Darsser-Ort en la costa de Alemania; después en dirección sudoeste a lo largo de las costas de Alemania y de la costa oriental de Jutlandia hasta el punto de partida.
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CIEM Subzona IV
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa de Noruega situado a 62° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta la costa de Escocia; después en dirección este y sur a lo largo de las costas de Escocia e Inglaterra hasta el punto situado a 51° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Francia; después en dirección nordeste a lo largo de las costas de Francia, Bélgica, los Países Bajos y Alemania hasta el límite occidental de su frontera con Dinamarca; después a lo largo de la costa occidental de Jutlandia hasta Thyborøn; después en dirección sur y este a lo largo de la costa meridional del estrecho de Limfjord hasta Egensekloster Point; después a través de la entrada oriental al estrecho de Limfjord hasta Hals; después en dirección oeste a lo largo de la costa septentrional del estrecho de Limfjord hasta la extremidad meridional de Agger Tange; después en dirección norte a lo largo de la costa occidental de Jutlandia hasta el punto situado a 57° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 8° 00′ de longitud este; después con rumbo norte hasta los 57° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 7° 00′ de longitud este; después con rumbo norte hasta la costa de Noruega; después en dirección noroeste a lo largo de la costa de Noruega hasta el punto de partida.
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CIEM División IV a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa de Noruega situado a 62° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 3° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta la costa de Escocia; después con rumbo sur y este a lo largo de la costa de Escocia hasta el punto situado a 57° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 7° 00′ de longitud este; después con rumbo norte hasta la costa de Noruega; después en dirección noroeste a lo largo de la costa de Noruega hasta el punto de partida. |
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— |
CIEM División IV b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa occidental de Dinamarca situado a 57° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 8° 00′ de longitud este; después con rumbo norte hasta los 57° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste la costa de Escocia; después en dirección sur a lo largo de las costas de Escocia e Inglaterra hasta el punto situado a 53° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Alemania; después en dirección nordeste a lo largo de la costa de Jutlandia hasta Thyborøn; después en dirección sur y este a lo largo de la costa meridional del estrecho de Limfjord hasta Egensekloster Point; después a través de la entrada oriental al estrecho de Limfjord hasta Hals; después en dirección oeste a lo largo de la costa septentrional del estrecho de Limfjord hasta la extremidad meridional de Agger Tange; después en dirección norte a lo largo de la costa occidental de Jutlandia hasta el punto de partida. |
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CIEM División IV c Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa occidental de Alemania situado a 53° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta la costa de Inglaterra; después en dirección sur hasta el punto situado a 51° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Francia; después en dirección nordeste a lo largo de las costas de Francia, Bélgica, los Países Bajos y Alemania hasta el punto de partida. |
CIEM Subzona V
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 68° 00′ de latitud norte, 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 27° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 62° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 15° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 60° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 60° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 63° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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— |
CIEM División V a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 68° 00′ de latitud norte, 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 27° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 62° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 15° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 63° 00′ latitud norte; después con rumbo este hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM División V b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 63° 00′ de latitud norte, 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 15° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 60° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 60° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM Subzona VI
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa norte de Escocia situado a 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 60° 30′ latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 60° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 54° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Irlanda; después en dirección norte y este a lo largo de las costas de Irlanda y de Irlanda del Norte hasta el punto de la costa oriental de Irlanda del Norte situado a 55° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Escocia; después en dirección norte a lo largo de la costa occidental de Escocia hasta el punto de partida.
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CIEM División VI a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa norte de Escocia situado a 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 60° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 60° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 54° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Irlanda; después en dirección norte y este a lo largo de las costas de Irlanda y de Irlanda del Norte hasta el punto de la costa oriental de Irlanda del Norte situado a 55° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Escocia; después en dirección norte a lo largo de la costa occidental de Escocia hasta el punto de partida. |
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CIEM División VI b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 60° 00′ de latitud norte, 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 54° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM Subzona VII
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Irlanda situado a 54° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Francia; después en dirección norte y nordeste a lo largo de la costa de Francia hasta el punto situado a 51° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta la costa sudeste de Inglaterra; después en dirección oeste y norte a lo largo de las costas de Inglaterra, Gales y Escocia hasta el punto de la costa occidental de Escocia situado a 55° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta la costa de Irlanda del Norte; después en dirección norte y oeste a lo largo de las costas de Irlanda del Norte y de Irlanda hasta el punto de partida.
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— |
CIEM División VII a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Escocia situado a 55° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta la costa de Irlanda del Norte; después en dirección sur a lo largo de las costas de Irlanda del Norte y de Irlanda hasta el punto de la costa sudeste de la Irlanda situado a 52° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Gales; después en dirección nordeste y norte a lo largo de las costas de Gales, Inglaterra y Escocia hasta el punto de partida. |
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— |
CIEM División VII b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Irlanda situado a 54° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 52° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Irlanda; después en dirección norte a lo largo de la costa occidental de Irlanda hasta el punto de partida. |
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— |
CIEM División VII c Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 54° 30′ de latitud norte, 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 52° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM División VII d Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa occidental de Francia situado a 51° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta la costa de Inglaterra; después en dirección oeste a lo largo de la costa meridional de Inglaterra hasta los 2° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta la costa de Francia en el cabo de la Hague; después en dirección nordeste a lo largo de la costa de Francia hasta el punto de partida. |
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CIEM División VII e Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa sur de Inglaterra situado a 2° 00′ de longitud oeste; después en dirección sur y oeste a lo largo de la costa de Inglaterra hasta el punto de la costa sudoeste situado a 50° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 7° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 49° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Francia; después en dirección norte y nordeste a lo largo de la costa de Francia hasta el cabo de la Hague; después con rumbo norte hasta el punto de partida. |
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— |
CIEM División VII f Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa sur de Gales situado a 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 51° 00′ latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 6° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 50° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 7° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 50° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Inglaterra; después a lo largo de la costa sudoeste de Inglaterra y de la costa meridional de Gales hasta el punto de partida. |
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— |
CIEM División VII g Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Gales situado a 52° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta la costa sudeste de Irlanda; después en dirección sudoeste a lo largo de la costa de Irlanda hasta el punto situado a 9° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 50° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 7° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 50° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 6° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 51° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta la costa meridional de Gales; después en dirección noroeste a lo largo de la costa de Gales hasta el punto de partida. |
|
— |
CIEM División VII h Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 50° 00′ de latitud norte, 7° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 9° 00′ de longitud oeste; después rumbo sur hasta los 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 49° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 7° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida. |
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— |
CIEM División VII j Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Irlanda situado a 52° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 9° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta la costa meridional de Irlanda; después en dirección norte a lo largo de la costa de Irlanda hasta el punto de partida.
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|
— |
CIEM División VII k Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 52° 30′ de latitud norte, 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 12° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM Subzona VIII
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Francia situado a 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 43° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa occidental de España; después en dirección norte a lo largo de las costas de España y Francia hasta el punto de partida.
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CIEM División VIII a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Francia situado a 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 8° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 47° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 6° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 47° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 46° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa de Francia; después en dirección noroeste a lo largo de la costa de Francia hasta el punto de partida. |
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CIEM División VIII b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa oeste de Francia situado a 46° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 45° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 3° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 44° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 2° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta la costa septentrional de España; después a lo largo de la costa septentrional de España y la costa occidental de Francia hasta el punto de partida. |
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CIEM División VIII c Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa septentrional de España situado a 2° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 44° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 43° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta la costa occidental de España; después en dirección norte y este a lo largo de la costa de España hasta el punto de partida. |
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CIEM División VIII d Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 48° 00′ de latitud norte, 8° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 44° 30′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 3° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 45° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 4° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 46° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 5° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 47° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 6° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 47° 30′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 8° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM División VIII e Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 48° 00′ de latitud norte, 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 43° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM Subzona IX
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en costa noroeste de España a 43° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 36° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta el punto situado a 5° 36′ de longitud oeste de la costa meridional de España (istmo Punta Marroquí); después en dirección noroeste a lo largo de la costa sudoeste de España, la costa de Portugal y la costa noroeste de España hasta el punto de partida.
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CIEM División IX a Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa noroeste de España situado a 43° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 36° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta el punto situado a 5° 36′ de longitud oeste de la costa meridional de España (istmo Punta Marroquí); después en dirección noroeste a lo largo de la costa sudoeste de España, la costa de Portugal y la costa noroeste de España hasta el punto de partida. |
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CIEM División IX b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 43° 00′ de latitud norte, 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 36° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 11° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM Subzona X
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 48° 00′ de latitud norte, 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 42° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 36° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM División X a La parte de la Subzona X situada al sur de los 43° de latitud norte.
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CIEM División X b La parte de la Subzona X situada al norte de los 43° de latitud norte. |
CIEM Subzona XII
Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto situado a 62° 00′ de latitud norte, 15° 00′ de longitud oeste; después con rumbo oeste hasta los 27° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 59° 00′ de latitud norte; después con rumbo oeste hasta los 42° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 48° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 18° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 60° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 15° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto de partida.
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CIEM División XII a La parte de la Subzona XII delimitada por la línea que une los puntos siguientes:
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CIEM División XII b La parte de la Subzona XII delimitada por la línea que une los puntos siguientes:
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CIEM División XII c La parte de la Subzona XII delimitada por la línea que une los puntos siguientes:
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CIEM Subzona XIV
Las aguas delimitadas por una línea trazada desde el Polo norte geográfico a lo largo del meridiano 40° 00′ 00’ de longitud oeste hasta la costa septentrional de Groenlandia; después en dirección este y sur a lo largo de la costa de Groenlandia hasta el punto situado a 44° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 59° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 27° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta los 68° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 11° 00′ de longitud oeste; desde allí con rumbo norte hasta el Polo norte geográfico.
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CIEM División XIV a Las aguas delimitadas por una línea trazada desde el Polo norte geográfico a lo largo del meridiano 40° 00′ de longitud oeste hasta la costa septentrional de Groenlandia; después en dirección este y sur a lo largo de la costa de Groenlandia hasta el punto situado en Cape Savary a 68° 30′ de latitud norte; después con rumbo sur a lo largo del meridiano de 27° 00′ de longitud oeste hasta los 68° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 11° 00′ de longitud oeste; desde allí con rumbo norte hasta el Polo norte geográfico. |
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CIEM División XIV b Las aguas delimitadas por una línea que comienza en el punto de la costa meridional de Groenlandia situado a 44° 00′ de longitud oeste; después con rumbo sur hasta los 59° 00′ de latitud norte; después con rumbo este hasta los 27° 00′ de longitud oeste; después con rumbo norte hasta el punto situado en Cape Savary a 68° 30′ de latitud norte; después en dirección sudoeste a lo largo de la costa de Groenlandia hasta el punto de partida.
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