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Document 32005D0362

    2005/362/CE: Decisión de la Comisión, de 2 de mayo de 2005, por la que se aprueban los planes de erradicación de la peste porcina africana de los jabalíes en Cerdeña (Italia) [notificada con el número C(2005) 1255]Texto pertinente a efectos del EEE

    DO L 118 de 5.5.2005, p. 37–38 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
    DO L 272M de 18.10.2005, p. 295–296 (MT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 06/02/2009: This act has been changed. Current consolidated version: 12/01/2007

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/362/oj

    5.5.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 118/37


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 2 de mayo de 2005

    por la que se aprueban los planes de erradicación de la peste porcina africana de los jabalíes en Cerdeña (Italia)

    [notificada con el número C(2005) 1255]

    (Sólo se considera auténtico el texto en lengua italiana)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2005/362/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 2002/60/CE del Consejo, de 27 de junio de 2002, por la que se establecen disposiciones específicas de lucha contra la peste porcina africana y se modifica, en lo que se refiere a la enfermedad de Teschen y a la peste porcina africana, la Directiva 92/119/CEE (1), y, en particular, su artículo 16, apartado 1,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Se ha detectado peste porcina africana en jabalíes de la provincia de Nuoro (Cerdeña, Italia).

    (2)

    En 2004 se produjo un considerable agravamiento de la enfermedad en Cerdeña. En relación con este agravamiento, Italia ha vuelto a estudiar las medidas tomadas hasta la fecha para erradicar la enfermedad, en el marco de la Directiva 2002/60/CE.

    (3)

    En relación con este agravamiento, la Comisión ha vuelto a estudiar las medidas comunitarias tomadas frente a la peste porcina africana en Cerdeña, y ha adoptado la Decisión 2005/363/CE de la Comisión, de 2 de mayo de 2005, relativa a medidas zoosanitarias de protección contra la peste porcina africana en Cerdeña (Italia) (2).

    (4)

    De conformidad con la Directiva 2002/60/CE, Italia ha presentado para su aprobación un plan de erradicación de la peste porcina africana de los jabalíes de la región de Cerdeña, en el que también figuran medidas para evitar que la enfermedad se propague a los cerdos domésticos.

    (5)

    En el plan presentado se delimitan zonas de Cerdeña con diversos niveles de riesgo frente a la peste porcina africana, y en las que procede introducir medidas diferentes de vigilancia y control.

    (6)

    Se ha estudiado el plan presentado por Italia para la erradicación de la peste porcina africana de los jabalíes, y se considera que se ajusta a las disposiciones de la Directiva 2002/60/CE.

    (7)

    En aras de la transparencia, procede establecer en la presente Decisión las zonas geográficas en las que se aplicará el plan de erradicación.

    (8)

    Las medidas establecidas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Se aprueba el plan presentado por Italia para la erradicación de la peste porcina africana de los jabalíes en las zonas establecidas en el anexo.

    Artículo 2

    Italia tomará inmediatamente las medidas necesarias para cumplir con la presente Decisión, y las hará públicas. Informará inmediatamente de ello a la Comisión.

    Artículo 3

    El destinatario de la presente Decisión será la República Italiana.

    Hecho en Bruselas, el 2 de mayo de 2005.

    Por la Comisión

    Markos KYPRIANOU

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 192 de 20.7.2002, p. 27. Directiva cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de 2003.

    (2)  Véase la página 38 del presente Diario Oficial.


    ANEXO

    Zonas de la región de Cerdeña (Italia) en las que se aplicará el plan de erradicación

    A.   Zona infectada

    El territorio de la zona denominada Montarbu en la provincia de Nuoro, situado en parte del territorio de los términos municipales de Arzana, Gairo, Osini, Seui y Ussassai.

    B.   Zona de alto riesgo

    a)

    Todo el territorio de la provincia de Nuoro, con excepción de la zona mencionada en el punto A.

    b)

    En la provincia de Sassari, los términos municipales de Ala' dei Sardi, Anela, Banari, Benetutti, Bessude, Bonnanaro, Bono, Bonorva, Borutta, Bottidda, Budduso', Bultei, Burgos, Cheremule, Cossoine, Esporlatu, Giave, Illorai, Ittireddu, Mores, Nughedu di San Nicolo', Nule, Pattada, Siligo, Thiesi y Torralba.

    C.   Zona de vigilancia

    El territorio de la región de Cerdeña, con excepción de las zonas mencionadas en los puntos A y B.


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