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Document 32004R1651
Commission Regulation (EC) No 1651/2004 of 21 September 2004 amending Regulation (EEC) No 2921/90 as regards the amount of the aid for the production of casein and caseinates from skimmed milk
Reglamento (CE) n° 1651/2004 de la Comisión, de 21 de septiembre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2921/90 en lo que se refiere al importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos
Reglamento (CE) n° 1651/2004 de la Comisión, de 21 de septiembre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2921/90 en lo que se refiere al importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos
DO L 297 de 22.9.2004, p. 3–3
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 22/10/2004; derog. impl. por 32004R1826
22.9.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 297/3 |
REGLAMENTO (CE) N o 1651/2004 DE LA COMISIÓN
de 21 de septiembre de 2004
por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2921/90 en lo que se refiere al importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1) y, en particular, la letra b) de su artículo 15,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2921/90 de la Comisión, de 10 de octubre de 1990, referente a la concesión de ayudas para la leche desnatada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos (2), fija el importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos. Habida cuenta de la evolución del precio de la caseína y los caseinatos en el mercado comunitario y en el mercado mundial, procede reducir el importe de dicha ayuda. |
(2) |
Conviene modificar en consonancia con ello el Reglamento (CEE) no 2921/90. |
(3) |
El Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos no ha emitido su dictamen en el plazo fijado por su presidente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2921/90, el importe de «4,80 euros» se sustituirá por el de «3,30 euros».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 21 de septiembre de 2004.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 186/2004 de la Comisión (DO L 29 de 3.2.2004, p. 6).
(2) DO L 279 de 11.10.1990, p. 22; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1325/2004 (DO L 246 de 20.7.2004, p. 21).