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Document 32004R0931

Reglamento (CE) n° 931/2004 de la Comisión, de 30 de abril de 2004, por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

DO L 169 de 1.5.2004, p. 3–4 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2004/931/oj

1.5.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 169/3


REGLAMENTO (CE) N o 931/2004 DE LA COMISIÓN

de 30 de abril de 2004

por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

(2)

En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de mayo de 2004.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2004.

Por la Comisión

J. M. SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura


(1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1947/2002 (DO L 299 de 1.11.2002, p. 17).


ANEXO

del Reglamento de la Comisión, de 30 de abril de 2004, por el que se establecen los valores globales de importacion para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC

Código país tercero (1)

Valor global de importación

0702 00 00

052

84,6

204

65,7

212

120,5

999

90,3

0707 00 05

052

147,8

068

106,2

204

44,3

999

99,4

0709 10 00

220

80,1

999

80,1

0709 90 70

052

106,8

204

60,1

628

136,0

999

101,0

0805 10 10, 0805 10 30, 0805 10 50

052

47,2

204

48,4

212

59,1

220

45,2

400

44,1

624

75,1

999

53,2

0805 50 10

052

46,0

999

46,0

0808 10 20, 0808 10 50, 0808 10 90

060

43,3

388

107,3

400

108,6

404

91,1

508

85,5

512

95,7

524

70,1

528

91,2

720

81,7

999

86,1

0808 20 50

060

66,7

388

72,9

400

84,3

512

58,2

528

76,7

720

70,3

999

71,5


(1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 2081/2003 de la Comisión (DO L 313 de 28.11.2003, p. 11). El código «999» significa «otros orígenes».


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