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Document 32004R0371
Commission Regulation (EC) No 371/2004 of 27 February 2004 fixing the maximum subsidy on exports of husked long grain rice B to Réunion pursuant to the invitation to tender referred to in Regulation (EC) No 1878/2003
Reglamento (CE) n° 371/2004 de la Comisión, de 27 de febrero de 2004, por el que se fija la subvención máxima a la expedición de arroz descascarillado de grano largo B con destino a la isla de Reunión en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1878/2003
Reglamento (CE) n° 371/2004 de la Comisión, de 27 de febrero de 2004, por el que se fija la subvención máxima a la expedición de arroz descascarillado de grano largo B con destino a la isla de Reunión en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1878/2003
DO L 63 de 28.2.2004, p. 40–40
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Reglamento (CE) n° 371/2004 de la Comisión, de 27 de febrero de 2004, por el que se fija la subvención máxima a la expedición de arroz descascarillado de grano largo B con destino a la isla de Reunión en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1878/2003
Diario Oficial n° L 063 de 28/02/2004 p. 0040 - 0040
Reglamento (CE) no 371/2004 de la Comisión de 27 de febrero de 2004 por el que se fija la subvención máxima a la expedición de arroz descascarillado de grano largo B con destino a la isla de Reunión en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1878/2003 LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común del mercado del arroz(1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 10, Visto el Reglamento (CEE) n° 2692/89 de la Comisión, de 6 de septiembre de 1989, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a los suministros de arroz a la Reunión(2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 9, Considerando lo siguiente: (1) Mediante el Reglamento (CE) n° 1878/2003 de la Comisión(3), se abrió una licitación para subvencionar la expedición de arroz descascarillado de grano largo con destino a la isla de Reunión. (2) De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CEE) n° 2692/89, la Comisión, basándose en las ofertas presentadas y de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 22 del Reglamento (CE) n° 3072/95, puede decidir fijar una subvención máxima. (3) Para establecer dicha subvención deben tenerse en cuenta los criterios previstos en los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) n° 2692/89. La licitación se adjudicará a todo licitador cuya oferta se sitúe al nivel de la subvención máxima o a un nivel inferior. (4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 La subvención máxima a la expedición de arroz descascarillado de grano largo B del código NC 1006 20 98 con destino a la isla de Reunión queda fijada en 285,00 EUR/t, sobre la base de las ofertas presentadas del 23 al 26 de febrero de 2004 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1878/2003. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 28 de febrero de 2004. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 27 de febrero de 2004. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 327 de 30.12.1995, p. 18; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 411/2002 de la Comisión (DO L 62 de 5.3.2002, p. 27). (2) DO L 261 de 7.9.1989, p. 8; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1453/1999 (DO L 167 de 2.9.1999, p. 19). (3) DO L 275 de 25.10.2003, p. 23.