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Document 32004D0599

    2004/599/CE: Decisión de la Comisión, de 17 de agosto de 2004, relativa al inventario del potencial de producción vitícola presentado por la República de Hungría de conformidad con el Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo [notificada con el número C(2004) 3117]

    DO L 270 de 18.8.2004, p. 16–16 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 08/11/2011

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2004/599/oj

    18.8.2004   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 270/16


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 17 de agosto de 2004

    relativa al inventario del potencial de producción vitícola presentado por la República de Hungría de conformidad con el Reglamento (CE) no 1493/1999 del Consejo

    [notificada con el número C(2004) 3117]

    (El texto en lengua húngara es el único auténtico)

    (2004/599/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1493/1999 del Consejo de 17 de mayo de 1999 por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1) y, en particular, el apartado 4 de su artículo 23,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 1493/1999 contempla, como condición previa al aumento de los derechos de plantación y a la ayuda en favor de la reestructuración y de la reconversión, la creación de un inventario del potencial de producción vitícola por el Estado miembro interesado. La presentación de este inventario debe ajustarse al artículo 16 de dicho Reglamento.

    (2)

    El Reglamento (CE) no 1227/2000 de la Comisión, de 31 de mayo de 2000, por el que se fijan las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1493/1999 del Consejo por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo al potencial de producción (2) dispone en su artículo 19 cómo se presentarán los datos que figuran en el inventario.

    (3)

    La República de Hungría ha notificado a la Comisión mediante carta de 25 de junio de 2004 los datos a que se refieren el artículo 16 del Reglamento (CE) no 1493/1999 y el artículo 19 del Reglamento (CE) no 1227/2000. El examen de dichos datos permite hacer constar que la República de Hungría ha efectuado el inventario.

    (4)

    La presente Decisión no supone que la Comisión reconozca la exactitud de los datos que figuran en el inventario o la compatibilidad de la legislación contemplada en el inventario con el Derecho comunitario y es sin perjuicio de cualquier posible Decisión de la Comisión sobre estos extremos.

    (5)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La Comisión hace constar que la República de Hungría ha efectuado el inventario del potencial de producción vitícola de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (CE) no 1493/1999.

    Artículo 2

    El destinatario de la presente Decisión será la República de Hungría.

    Hecho en Bruselas, el 17 de agosto de 2004.

    Por la Comisión

    Franz FISCHLER

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 179 de 14.7.1999, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1795/2003 de la Comisión (DO L 262 de 14.10.2003, p. 13).

    (2)  DO L 143 de 16.6.2000, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1389/2004 (DO L 255 de 31.7.2004, p. 7).


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