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Document 32003D0424
2003/424/EC: Commission Decision of 6 June 2003 amending Decision 96/603/EC establishing the list of products belonging to Classes A "No contribution to fire" provided for in Decision 94/611/EC implementing Article 20 of Council Directive 89/106/EEC on construction products (Text with EEA relevance) (notified under document number C(2003) 1673)
2003/424/CE: Decisión de la Comisión, de 6 de junio de 2003, por la que se modifica la Decisión 96/603/CE por la que se establece la lista de productos clasificados en la clase A "sin contribución al fuego" prevista en la Decisión 94/611/CE por la que se aplica el artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo sobre los productos de construcción (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2003) 1673]
2003/424/CE: Decisión de la Comisión, de 6 de junio de 2003, por la que se modifica la Decisión 96/603/CE por la que se establece la lista de productos clasificados en la clase A "sin contribución al fuego" prevista en la Decisión 94/611/CE por la que se aplica el artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo sobre los productos de construcción (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2003) 1673]
DO L 144 de 12.6.2003, p. 9–9
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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In force
2003/424/CE: Decisión de la Comisión, de 6 de junio de 2003, por la que se modifica la Decisión 96/603/CE por la que se establece la lista de productos clasificados en la clase A "sin contribución al fuego" prevista en la Decisión 94/611/CE por la que se aplica el artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo sobre los productos de construcción (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2003) 1673]
Diario Oficial n° L 144 de 12/06/2003 p. 0009 - 0009
Decisión de la Comisión de 6 de junio de 2003 por la que se modifica la Decisión 96/603/CE por la que se establece la lista de productos clasificados en la clase A "sin contribución al fuego" prevista en la Decisión 94/611/CE por la que se aplica el artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo sobre los productos de construcción [notificada con el número C(2003) 1673] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/424/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción(1), modificada por la Directiva 93/68/CEE(2), Vista la Decisión 2000/147/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción(3), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 1, Considerando lo siguiente: (1) La Decisión 96/603/CE de la Comisión(4), modificada por la Decisión 2000/605/CE(5), estableció una lista de productos clasificados en la clase A ("sin contribución al fuego") prevista en los cuadros 1 y 2 del anexo de la Decisión 94/611/CE de la Comisión(6), en el que se presenta el sistema europeo de clasificación de la reacción al fuego de los productos de construcción. (2) La Decisión 94/611/CE fue sustituida por la Decisión 2000/147/CE. (3) La mención de la línea "Mortero con agentes conglomerantes inorgánicos" del cuadro que figura en el anexo de la Decisión 96/603/CE debe adaptarse al progreso técnico. (4) Procede, pues, modificar la Decisión 96/603/CE en consecuencia. (5) Las medidas que se establecen en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la construcción. HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 En el cuadro que figura en el anexo de la Decisión 96/603/CE, la mención de la línea "Mortero con agentes aglomerantes inorgánicos": "Morteros para enfoscados exteriores e interiores y morteros para nivelación de suelos a base de uno o varios agentes aglomerantes inorgánicos (por ejemplo, cemento, cal, cemento para albañilería y yeso)" se sustituirá por la mención "Morteros para revoque y enfoscado, morteros para nivelación de suelos y morteros para albañilería a base de uno o varios agentes conglomerantes inorgánicos (por ejemplo, cemento, cal, cemento para albañilería y yeso)". Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 6 de junio de 2003. Por la Comisión Erkki Liikanen Miembro de la Comisión (1) DO L 40 de 11.2.1989, p. 12. (2) DO L 220 de 30.8.1993, p. 1. (3) DO L 50 de 23.2.2000, p. 14. (4) DO L 267 de 19.10.1996, p. 23. (5) DO L 258 de 12.10.2000, p. 36. (6) DO L 241 de 19.9.1994, p. 25.