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Document 32001R1927

    Reglamento (CE) n° 1927/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001, por el que se fija el precio máximo de compra de la carne de vacuno para la undécima licitación parcial en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001

    DO L 261 de 29.9.2001, p. 62–62 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/1927/oj

    32001R1927

    Reglamento (CE) n° 1927/2001 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2001, por el que se fija el precio máximo de compra de la carne de vacuno para la undécima licitación parcial en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001

    Diario Oficial n° L 261 de 29/09/2001 p. 0062 - 0062


    Reglamento (CE) no 1927/2001 de la Comisión

    de 28 de septiembre de 2001

    por el que se fija el precio máximo de compra de la carne de vacuno para la undécima licitación parcial en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1512/2001(2),

    Visto el Reglamento (CE) n° 690/2001 de la Comisión, de 3 de abril de 2001, relativo a medidas especiales de apoyo al mercado en el sector de la carne de vacuno(3), modificado por el Reglamento (CE) n° 1648/2001(4), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1) En aplicación del apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 690/2001, el Reglamento (CE) n° 713/2001 de la Comisión, de 10 de abril de 2001, relativo a la compra de carne de vacuno en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001(5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1764/2001(6), establece la lista de Estados miembros en los que, el 24 de septiembre de 2001, se abre la convocatoria para la undécima licitación parcial.

    (2) De conformidad con el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 690/2001, cuando sea necesario, se fijará un precio máximo de compra relativo a la clase de referencia en función de las ofertas recibidas, teniendo en cuenta las disposiciones del apartado 2 del artículo 3 de dicho Reglamento.

    (3) Debido a la necesidad de apoyar de forma razonable el mercado de la carne de vacuno, es preciso fijar un precio máximo de compra en los Estados miembros en cuestión. En función de los diferentes niveles de precios de mercado de dichos Estados miembros, deben fijarse diferentes precios máximos de compra.

    (4) Debido a la urgencia de las medidas de apoyo, es preciso que el presente Reglamento entre en vigor inmediatamente.

    (5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Para la undécima licitación parcial de 24 de septiembre de 2001, abierta en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001, se fijan los siguientes precios máximos de compra:

    - Alemania: 151,00 EUR/100 kg,

    - Irlanda: 186,90 EUR/100 kg,

    - España: 157,47 EUR/100 kg,

    - Francia: 209,00 EUR/100 kg,

    - Luxemburgo: 162,00 EUR/100 kg,

    - Bélgica: 164,70 EUR/100 kg.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 29 de septiembre de 2001.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2001.

    Por la Comisión

    Franz Fischler

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 21.

    (2) DO L 201 de 26.7.2001, p. 1.

    (3) DO L 95 de 5.4.2001, p. 8.

    (4) DO L 219 de 14.8.2001, p. 21.

    (5) DO L 100 de 11.4.2001, p. 3.

    (6) DO L 239 de 7.9.2001, p. 13.

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