EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32001R1223

Reglamento (CE) n° 1223/2001 de la Comisión, de 21 de junio de 2001, que modifica el Reglamento (CE) n° 713/2001 relativo a la compra de carne de vacuno en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001

DO L 167 de 22.6.2001, p. 3–4 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/1223/oj

32001R1223

Reglamento (CE) n° 1223/2001 de la Comisión, de 21 de junio de 2001, que modifica el Reglamento (CE) n° 713/2001 relativo a la compra de carne de vacuno en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001

Diario Oficial n° L 167 de 22/06/2001 p. 0003 - 0004


Reglamento (CE) no 1223/2001 de la Comisión

de 21 de junio de 2001

que modifica el Reglamento (CE) n° 713/2001 relativo a la compra de carne de vacuno en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno(1),

Visto el Reglamento (CE) n° 690/2001 de la Comisión, de 3 de abril de 2001, relativo a medidas especiales de apoyo al mercado en el sector de la carne de vacuno(2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 690/2001 establece la apertura o la suspensión de la licitación para la compra de carne de vacuno en función del precio de mercado medio correspondiente a la clase de referencia registrado en las dos últimas semanas, anteriores a la licitación, para las cuales se dispone de la cotización de precios.

(2) En el párrafo segundo del artículo 12 del mencionado Reglamento se establece que las normas de la licitación pueden aplicarse de forma voluntaria hasta el 30 de junio de 2001 en algunos Estados miembros mientras que en otros su aplicación es obligatoria.

(3) La aplicación de los artículos 2 y 12 antes mencionados conlleva la apertura de la compra mediante licitación en una serie de Estados miembros. Procede modificar en consecuencia el Reglamento (CE) n° 713/2001 de la Comisión(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1009/2001(4), relativo a la compra de carne de vacuno en virtud del Reglamento (CE) n° 690/2001.

(4) Dado que el presente Reglamento debe aplicarse inmediatamente, es necesario prever que entre en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) n° 713/2001 se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 22 de junio de 2001.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 2001.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 21.

(2) DO L 95 de 5.4.2001, p. 8.

(3) DO L 100 de 11.4.2001, p. 3.

(4) DO L 140 de 24.5.2001, p. 29.

ANEXO/BILAG/ANHANG/ΠΑΡΑΡΤΗΜΑ/ANNEX/ANNEXE/ALLEGATO/BIJLAGE/ANEXO/LIITE/BILAGA

Estado miembro/Medlemsstat/Mitgliedstaat/Κράτος μέλος/Member State/État membre/Stati membri/Lidstaat/Estado-Membro/Jäsenvaltiot/Medlemsstat

Deutschland

France

Nederland

Ireland

Top