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Document 31999D0802
1999/802/EC: Council Decision of 22 October 1999 on the acceptance of amendments to the Convention for the Protection of the Mediterranean Sea against Pollution and to the Protocol for the Prevention of Pollution by Dumping from Ships and Aircraft (Barcelona Convention)
1999/802/CE: Decisión del Consejo, de 22 de octubre de 1999, relativa a la aceptación de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves (Convenio de Barcelona)
1999/802/CE: Decisión del Consejo, de 22 de octubre de 1999, relativa a la aceptación de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves (Convenio de Barcelona)
DO L 322 de 14.12.1999, p. 32–33
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1999/802/oj
1999/802/CE: Decisión del Consejo, de 22 de octubre de 1999, relativa a la aceptación de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves (Convenio de Barcelona)
Diario Oficial n° L 322 de 14/12/1999 p. 0032 - 0043
DECISIÓN DEL CONSEJO de 22 de octubre de 1999 relativa a la aceptación de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves (Convenio de Barcelona) (1999/802/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 175, en relación con la primera frase del apartado 2 y el primer párrafo del apartado 3 de su artículo 300, Vista la propuesta de la Comisión, Visto el dictamen del Parlamento Europeo(1), Considerando lo siguiente: (1) la Comunidad es Parte contratante del Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación(2), en lo sucesivo denominado "el Convenio de Barcelona", y ha suscrito asimismo cuatro de los Protocolos que se adoptaron en el marco del Convenio de Barcelona, a saber, el Protocolo sobre prevención de la contaminación causada por vertidos(3), el Protocolo sobre cooperación para combatir la contaminación causada por hidrocarburos y otras sustancias perjudiciales(4), el Protocolo contra la contaminación de origen terrestre(5) y el Protocolo sobre zonas especialmente protegidas(6); (2) la Comisión participó, en nombre de la Comunidad, en el marco del grupo de trabajo creado por las Partes contratantes del Convenio de Barcelona, en las negociaciones relativas a la revisión de dicho Convenio y del Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves, en lo sucesivo denominado "el Protocolo"; (3) corresponde a la Comunidad comprometerse a escala internacional en los ámbitos cubiertos por el Convenio y el Protocolo revisados, que dependen de su competencia; (4) en virtud del artículo 174 del Tratado, la política de la Comunidad en materia de medio ambiente contribuye a la consecución de los objetivos sobre conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente, entre otras cosas, y al fomento a escala internacional de las medidas destinadas a resolver los problemas regionales o planetarios en materia de medio ambiente; (5) el ámbito de aplicación de las enmiendas al Convenio de Barcelona y al Protocolo depende, al menos en parte, de la competencia comunitaria; la Comunidad ya ha adoptado varias Directivas en este ámbito; es, además, Parte contratante de varios convenios internacionales al respecto y, por consiguiente, la Comunidad velará por que la celebración de estos acuerdos internacionales no afecte ni altere el alcance del Derecho comunitario vigente; (6) la adhesión de la Comunidad al Convenio de Barcelona y al Protocolo revisado contribuye a la consecución de los objetivos que establece el artículo 174 del Tratado; (7) el Convenio de Barcelona y el Protocolo revisados fueron adoptados y quedaron abiertos a la firma en la Conferencia de Plenipotenciarios, celebrada en Barcelona los días 9 y 10 de junio de 1995; (8) la Comunidad suscribió, junto con los Estados miembros, las revisiones del Convenio de Barcelona y del Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves, DECIDE: Artículo 1 Se aprueban en nombre de la Comunidad las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves. El texo de las mencionadas enmiendas se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo a notificar la aceptación en nombre de la Comunidad de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves, de conformidad con el artículo 16 del Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación(7). Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Surtirá efecto el día de su adopción. Hecho en Luxemburgo, el 22 de octubre de 1999. Por el Consejo El Presidente S. MÖNKÄRE (1) DO C 219 de 30.7.1999, p. 186. (2) Decisión 77/585/CEE (DO L 240 de 19.9.1977, p. 1). (3) Decisión 77/585/CEE (DO L 240 de 19.9.1977, p. 1). (4) Decisión 81/420/CEE (DO L 162 de 19.6.1981, p. 4). (5) Decisión 83/101/CEE (DO L 67 de 12.3.1983, p. 1). (6) Decisión 84/132/CEE (DO L 68 de 10.3.1984, p. 36). (7) La fecha de entrada en vigor de las enmiendas al Convenio para la protección del Mar Mediterráneo contra la contaminación y al Protocolo sobre la prevención de la contaminación causada por vertidos desde buques y aeronaves se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas por la Secretaría General del Consejo de la Unión Europea.