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Document 31997D0249

97/249/CE: Decisión de la Comisión de 25 de marzo de 1997 que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

DO L 98 de 15.4.1997, p. 17–18 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 25/02/1999; derog. impl. por 399D0204

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1997/249/oj

31997D0249

97/249/CE: Decisión de la Comisión de 25 de marzo de 1997 que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 098 de 15/04/1997 p. 0017 - 0018


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 25 de marzo de 1997 que modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina (Texto pertinente a los fines del EEE) (97/249/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/556/CEE del Consejo, de 25 septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones procedentes de terceros países de embriones de animales domésticos de la especie bovina (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/113/CE (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 8,

Considerando que la Decisión 92/452/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 97/104/CE (4), establece las listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina;

Considerando que las autoridades competentes de Estados Unidos de América han notificado una modificación de sus listas de equipos de recogida de embriones; que la Comisión ha recibido garantías en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Directiva 89/556/CEE;

Considerando que procede modificar las listas de equipos autorizados de Estados Unidos de América;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la parte 3 del Anexo de la Decisión 92/452/CEE, en lo que respecta a Estados Unidos de América:

a) se añadirán los equipos siguientes:

>SITIO PARA UN CUADRO>

b) se suprimirá el texto siguiente:

>SITIO PARA UN CUADRO>

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de marzo de 1997.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

(1) DO n° L 302 de 19. 10. 1989, p. 1.

(2) DO n° L 53 de 24. 2. 1994, p. 23.

(3) DO n° L 250 de 29. 8. 1992, p. 40.

(4) DO n° L 36 de 6. 2. 1997, p. 31.

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