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Document 31995R0836
COMMISSION REGULATION (EC) No 836/95 of 18 April 1995 amending the Annex to Regulation (EEC) No 3846/87 establishing an agricultural product nomenclature for export refunds
REGLAMENTO (CE) Nº 836/95 DE LA COMISIÓN de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Anexo del Reglamento (CEE) nº 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación
REGLAMENTO (CE) Nº 836/95 DE LA COMISIÓN de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Anexo del Reglamento (CEE) nº 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación
DO L 88 de 20.4.1995, p. 1–62
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 27/12/2023; derog. impl. por 32023R2835
REGLAMENTO (CE) Nº 836/95 DE LA COMISIÓN de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Anexo del Reglamento (CEE) nº 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación
Diario Oficial n° L 088 de 20/04/1995 p. 0001 - 0062
REGLAMENTO (CE) N° 836/95 DE LA COMISIÓN de 18 de abril de 1995 por el que se modifica el Anexo del Reglamento (CEE) n° 3846/87 por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 3846/87 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1987, por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 440/95 (2), y, en particular, el último párrafo de su artículo 3, Considerando que el Reglamento (CEE) n° 3846/87 dispone que la nomenclatura de las restituciones, vigente el 1 de enero de cada año, se publique en su versión completa y en la forma que resulte de las disposiciones establecidas por los Reglamentos relativos a los regímenes de exportación de los productos agrarios (3); Considerando que es indispensable tener en cuenta las modificaciones de la nomenclatura combinada introducidas por el Reglamento (CE) n° 3115/94 de la Comisión, de 20 de diciembre de 1994, por el que se modifican los Anexos I y II del Reglamento (CEE) n° 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (4), aplicable a partir del 1 de enero de 1995, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Se sustituye el Anexo del Reglamento (CEE) n° 3846/87 por el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de enero de 1995. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 1995. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO n° L 366 de 24. 12. 1987, p. 1. (2) DO n° L 45 de 1. 3. 1995, p. 37. (3) Se recogen en el Anexo del presente Reglamento las modificaciones resultantes de la adopción de las medidas siguientes: - Reglamento (CE) n° 607/94 de la Comisión de 18 de marzo de 1994 (DO n° L 77 de 19. 3. 1994, p. 5), - Reglamento (CE) n° 1554/94 de la Comisión de 30 de junio de 1994 (DO n° L 166 de 1. 7. 1994, p. 50), - Reglamento (CE) n° 1622/94 de la Comisión de 4 de julio de 1994 (DO n° L 170 de 5. 7. 1994, p. 24), - Reglamento (CE) n° 1737/94 de la Comisión de 15 de julio de 1994 (DO n° L 182 de 16. 7. 1994, p. 9), - Reglamento (CE) n° 2079/94 de la Comisión de 18 de agosto de 1994 (DO n° L 215 de 20. 8. 1994, p. 2), - Reglamento (CE) n° 3142/94 de la Comisión de 21 de diciembre de 1994 (DO n° L 332 de 22. 12. 1994, p. 15), - Reglamento (CE) n° 3327/94 de la Comisión de 21 de diciembre de 1994 (DO n° L 350 de 31. 12. 1994, p. 43), - Reglamento (CE) n° 3328/94 de la Comisión de 21 de diciembre de 1994 (DO n° L 350 de 31. 12. 1994, p. 45), - Reglamento (CE) n° 3329/94 de la Comisión de 21 de diciembre de 1994 (DO n° L 350 de 31. 12. 1994, p. 50), - Reglamento (CE) n° 3333/94 de la Comisión de 21 de diciembre de 1994 (DO n° L 350 de 31. 12. 1994, p. 60), - Reglamento (CE) n° 282/95 de la Comisión de 13 de febrero de 1995 (DO n° L 34 de 14. 2. 1995, p. 1), - Reglamento (CE) n° 390/95 de la Comisión de 24 de febrero de 1995 (DO n° L 43 de 25. 2. 1995, p. 9), - Reglamento (CE) n° 440/95 de la Comisión de 28 de febrero de 1995 (DO n° L 45 de 1. 3. 1995, p. 37). (4) DO n° L 345 de 31. 12. 1994, p. 1. ANEXO NOMENCLATURA DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS PARA LAS RESTITUCIONES A LA EXPORTACIÓN CONTENIDO Sector Página 1. Cereales, harina y grañones y sémolas de trigo o de centeno 5 2. Arroz y arroz partido 6 3. Productos transformados a base de cereales y de arroz 8 4. Malta 13 5. Alimentos compuestos a base de cereales para la alimentación de los animales 14 6. Carne bovina 15 7. Carne de cerdo 20 8. Carne de aves 25 9. Huevos 30 10. Leche y productos lácteos 31 11. Frutas y hortalizas 48 12. Productos transformados a base de frutas y hortalizas 52 13. Aceite de oliva 54 14. Azúcar blanco y azúcar en bruto sin perfeccionar 55 15. Jarabes y otros productos de azúcar 56 16. Vinos 57 17. Tabaco 61 >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> > SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO>