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Document 31994R2383
Commission Regulation (EC) No 2383/94 of 30 September 1994 amending Regulation (EEC) No 2219/92 laying down detailed rules for the application of the specific supply arrangements for Madeira relating to milk products and establishing the forecast supply balance
Reglamento (CE) n° 2383/94 de la Comisión de 30 de septiembre de 1994 que modifica el Reglamento (CEE) n° 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento
Reglamento (CE) n° 2383/94 de la Comisión de 30 de septiembre de 1994 que modifica el Reglamento (CEE) n° 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento
DO L 255 de 1.10.1994, p. 89–90
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 30/06/1994; derog. impl. por 395R0799
Reglamento (CE) n° 2383/94 de la Comisión de 30 de septiembre de 1994 que modifica el Reglamento (CEE) n° 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento
Diario Oficial n° L 255 de 01/10/1994 p. 0089 - 0090
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 61 p. 0088
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 61 p. 0088
REGLAMENTO (CE) No 2383/94 DE LA COMISIÓN de 30 de septiembre de 1994 que modifica el Reglamento (CEE) no 2219/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 1600/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las Azores y Madeira relativas a determinados productos agrarios (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1974/93 de la Comisión, y, en particular, su artículo 10, Considerando que el Reglamento (CEE) no 1696/92 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 2596/93 (4), establece las disposiciones de aplicación del régimen de abastecimiento específico de determinados productos agrícolas a las Azores y Madeira; Considerando que el Reglamento (CEE) no 2219/92 de la Comisión, de 30 de julio de 1992, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen específico para el abastecimiento de productos lácteos a Madeira, así como el plan de previsiones de abastecimiento (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1599/94 (6), fija para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 1994 el plan de previsiones de productos lácteos para Madeira; que el período del plan se ha limitado a tres meses a la espera de que el Estado miembro facilite datos adicionales; Considerando que, a partir de la información disponible, y para poder seguir satisfaciendo las necesidades de productos lácteos de Madeira, procede establecer el plan de previsiones para el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1995; que, por tanto, procede modificar el Anexo I del Reglamento (CEE) no 2219/92; Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Anexo I del Reglamento (CEE) no 2219/92 quedará sustituido por el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 1994. Por la Comisión René STEICHEN Miembro de la Comisión (1) DO no L 173 de 27. 6. 1992, p. 1. (2) DO no L 180 de 23. 7. 1993, p. 26. (3) DO no L 179 de 1. 7. 1992, p. 6. (4) DO no L 238 de 23. 9. 1993, p. 24. (5) DO no L 218 de 1. 8. 1992, p. 75. (6) DO no L 167 de 1. 7. 1994, p. 59. ANEXO « ANEXO I Plan de previsiones de abastecimiento de productos lácteos a Madeira para el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1995 "(en toneladas)"" ID="1">0401> ID="2">Leche y nata sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo> ID="3">12 000"> ID="1">ex 0402> ID="2">Leche desnatada en polvo> ID="3">800"> ID="1">ex 0402> ID="2">Leche entera en polvo> ID="3">700"> ID="1">0405> ID="2">Mantequilla> ID="3">1 200"> ID="1">0406> ID="2">Queso> ID="3">900 »">