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Document 31993R0761
Commission Regulation (EEC) No 761/93 of 24 March 1993 amending Council Regulation (EEC) No 3037/90 on the statistical classification of economic activities in the European Community
Reglamento (CEE) n° 761/93 de la Comisión, de 24 de marzo de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3037/90 del Consejo, relativo a la clasificación estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea
Reglamento (CEE) n° 761/93 de la Comisión, de 24 de marzo de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3037/90 del Consejo, relativo a la clasificación estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea
DO L 83 de 3.4.1993, p. 1–24
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2002; derog. impl. por 32002R0029
Reglamento (CEE) n° 761/93 de la Comisión, de 24 de marzo de 1993, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 3037/90 del Consejo, relativo a la clasificación estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea
Diario Oficial n° L 083 de 03/04/1993 p. 0001 - 0024
Edición especial en finés : Capítulo 2 Tomo 9 p. 0030
Edición especial sueca: Capítulo 2 Tomo 9 p. 0030
REGLAMENTO (CEE) No 761/93 DE LA COMISIÓN de 24 de marzo de 1993 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3037/90 del Consejo, relativo a la clasificación estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Reglamento (CEE) no 3037/90 del Consejo, de 9 de octubre de 1990, relativo a la nomenclatura estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea (1), y, en particular, la letra b) de su artículo 8 y su artículo 9, Considerando el Reglamento (CEE) no 3037/90 estableció una nomenclatura de actividades económicas, en adelante denominada NACE (Rev. 1), para atender a las necesidades estadísticas dentro de la Comunidad; Considerando que es necesario modificar la NACE (Rev. 1) para tener en cuenta el desarrollo tecnológico y económico; Considerando que las medidas que se adoptan en el presente Reglamento resultan conformes al dictamen del Comité para el programa estadístico (NACE) creado por la Decisión 89/382/CEE, Euratom (2) y el Reglamento (CEE) no 3037/90, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Este Reglamento introduce modificaciones de menor importancia en la clasificación NACE (Rev. 1). Artículo 2 Las siguientes clases de la clasificación NACE (Rev. 1) que figuran en Anexo del Reglamento (CEE) no 3037/90 se suprimirán y se agregarán a otras clases: 05.03; 11.11, 11.12, 11.13; 15.99; 17.73, 17.74, 17.75; 60.23; 61.11, 61.12. Artículo 3 El Anexo del Reglamento (CEE) no 3037/90 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento. Artículo 4 El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 24 de marzo de 1993. Por la Comisión Henning CHRISTOPHERSEN Miembro de la Comisión (1) DO no L 293 de 24. 10. 1990, p. 1.(2) DO no L 181 de 28. 6. 1989, p. 47. ANEXO /* Cuadros: Véase DO */