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Document 31993D0433

93/433/CEE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de junio de 1993 por la que se modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina

DO L 201 de 11.8.1993, p. 17–24 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 13/06/1994; derog. impl. por 394D0387

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1993/433/oj

31993D0433

93/433/CEE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de junio de 1993 por la que se modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina

Diario Oficial n° L 201 de 11/08/1993 p. 0017 - 0024
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 51 p. 0137
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 51 p. 0137


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 29 de junio de 1993 por la que se modifica la Decisión 92/452/CEE por la que se establecen listas de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para exportar a la Comunidad embriones de la especie bovina

(93/433/CEE)LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 89/556/CEE del Consejo, de 25 de septiembre de 1989, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones procedentes de terceros países de embriones de animales domésticos de la especie bovina (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 90/425/CEE del Consejo (2), y, en particular, su artículo 8,

Considerando que la Decisión 92/452/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 93/212/CEE (4), establece una lista de equipos de recogida de embriones autorizados en terceros países para la exportación a la Comunidad de embriones de animales domésticos de la especie bovina;

Considerando que las autoridades veterinarias competentes de Canadá y de Estados Unidos de América han modificado la lista de equipos autorizados en sus territorios;

Considerando que es por ello necesario modificar la lista de equipos autorizados en lo que se refiere a Canadá y Estados Unidos de América;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El Anexo de la Decisión 92/452/CEE se sustituirá por el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1993.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 302 de 19. 10. 1989, p. 1.

(2) DO no L 224 de 18. 8. 1990, p. 29.

(3) DO no L 250 de 29. 8. 1992, p. 40.

(4) DO no L 91 de 15. 4. 1993, p. 20.

ANEXO

Equipos de recogida de embriones autorizados por las autoridades veterinarias competentes de los siguientes terceros países, con indicación del número de autorización y del nombre del veterinario del equipo.

CANADÁ

/* Cuadros: Véase DO */

NUEVA ZELANDA

/* Cuadros: Véase DO */

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

/* Cuadros: Véase DO */

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