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Dokument 31991L0248

Directiva 91/248/CEE de la Comisión de 12 de abril de 1991 por la que se modifican los Anexos de la Directiva 70/524/CEE del Consejo relativa a los aditivos en la alimentación animal

DO L 124 de 18.5.1991, S. 1-42 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV)

Rechtlicher Status des Dokuments Nicht mehr in Kraft, Datum des Endes der Gültigkeit: 07/10/1997; derog. impl. por 396L0051

ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1991/248/oj

31991L0248

Directiva 91/248/CEE de la Comisión de 12 de abril de 1991 por la que se modifican los Anexos de la Directiva 70/524/CEE del Consejo relativa a los aditivos en la alimentación animal

Diario Oficial n° L 124 de 18/05/1991 p. 0001 - 0042
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 37 p. 0147
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 37 p. 0147


DIRECTIVA DE LA COMISIÓN

de 12 de abril de 1991

por la que se modifican los Anexos de la Directiva 70/524/CEE del Consejo relativa a los aditivos en la alimentación animal

(91/248/CEE)<(BLK0)LA ORG="CCF">ES</(BLK0)LA>

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 70/524/CEE del Consejo, de 23 de noviembre de 1970, relativa a los aditivos en la alimentación animal (1), modificada en último lugar por la Directiva 90/643/CEE de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 7,

Considerando que las disposiciones de la Directiva 70/524/CEE prevén que se adopte periódicamente una versión codificada de los Anexos, con objeto de incorporar a los mismos las modificaciones que se produzcan debido a la evolución de los conocimientos científicos y técnicos; que, una primera codificación ha sido realizada por la Directiva 85/429/CEE de la Comisión (3);

Considerando que, desde la adopción de la citada Directiva, sus Anexos han sido modificados de nuevo en varias ocasiones; que dichos textos, por razón de su número, de su complejidad y de su dispersión en distintos Diarios Oficiales, resultan de utilización difícil y carecen, por tanto, de la necesaria claridad que debe presentar cualquier regulación; que es conveniente, en tales circunstancias, proceder a su codificación; que, en esta situación, procede puntualizar o rectificar la denominación o la designación química de determinados aditivos y corregir determinados errores materiales;

Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de la alimentación animal,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

Se sustituyen los Anexos I y II de la Directiva 70/524/CEE por los Anexos de la presente Directiva.

Artículo 2

Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.

Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 12 de abril de 1991.

Por la ComisiónRay MAC SHARRYMiembro de la Comisión

ANEXO I<(BLK0)LA ORG="CCF">ES</(BLK0)LA>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

>SITIO PARA UN CUADRO>

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