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Document 31988D0537

    88/537/CEE: Decisión de la Comisión de 12 de octubre de 1988 por la que se aprueba un Programa Integrado Mediterráneo para la Región de Puglia (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

    DO L 292 de 26.10.1988, p. 21–21 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/1992

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1988/537/oj

    31988D0537

    88/537/CEE: Decisión de la Comisión de 12 de octubre de 1988 por la que se aprueba un Programa Integrado Mediterráneo para la Región de Puglia (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

    Diario Oficial n° L 292 de 26/10/1988 p. 0021 - 0021


    *****

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 12 de octubre de 1988

    por la que se aprueba un Programa Integrado Mediterráneo para la Región de Puglia

    (El texto en lengua italiana es el único auténtico)

    (88/537/CEE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

    Visto el Reglamento (CEE) no 2088/85 del Consejo, de 23 de julio de 1985, relativo a los Programas Integrados Mediterráneos (1) y, en particular, su artículo 7,

    Considerando que Italia ha presentado a la Comisión un Programa Integrado Mediterráneo para la Región de Puglia, en lo sucesivo denominado « PIM Puglia »;

    Considerando que, ateniéndose al artículo 7 del Reglamento (CEE) no 2088/85, la Comisión ha presentado la versión revisada del PIM Puglia al Comité Consultivo de los Programas Integrados Mediterráneos, el cual ha emitido un dictamen favorable;

    Considerando que, por consiguiente, el PIM Puglia puede ser aprobado por la Comisión, con su plan financiero incluido;

    Considerando que el PIM Puglia cubre el período comprendido entre el 1 de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1992, ambos incluidos;

    Considerando que el PIM Puglia contiene medidas que constituyen un programa de acción específico, que puede recibir una contribución del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agraria, sección Orientación, en virtud del segundo párrafo del apartado 1 del artículo 12 del Reglamento (CEE) no 2088/85;

    Considerando que para lograr una mayor eficacia, el PIM Puglia debe realizarse en fases sucesivas y someterse a decisiones posteriores cuando se cumplan las condiciones de concesión de la contribución comunitaria;

    Considerando que los gastos relativos a las medidas que constituyen el PIM Puglia se estiman en 222 883 000 ECU;

    Considerando que la contribución comunitaria procedente de la línea presupuestaria especial contemplada en el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2088/85 se estima en 20 456 000 ECU para el mismo período,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Queda aprobado el PIM Puglia, en la versión presentada a la Comisión el 18 de diciembre de 1986, así como su modificación posterior previo examen de la Comisión y consulta al Comité Consultivo de los Programas Integrados Mediterráneos. Los gastos estimativos totales y las previsiones de contribución procedentes de cada una de las fuentes presupuestarias comunitarias figuran en el plan financiero del PIM Puglia.

    Siempre que las medidas se efectúen de conformidad con el PIM Puglia, dentro de los límites de los gastos estimativos totales, y que las normas y procedimientos relativos a cada una de las fuentes de financiación comunitarias se respeten, la Comisión concederá las contribuciones comunitarias tal y como figuran en el plan financiero del PIM Puglia.

    Artículo 2

    La contribución procedente de la línea presupuestaria especial contemplada en el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 2088/85 no excederá de 20 456 000 ECU para los gastos comprendidos entre el 1 de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1992, en concepto de medidas financiadas en el marco del PIM Puglia, estimadas en 222 883 000 ECU.

    Artículo 3

    En aplicación del apartado 2 del artículo 15 del Reglamento (CEE) no 2088/85; se ha puesto en marcha la primera fase de la línea presupuestaria especial contemplada en el apartado 2 del artículo 11 de dicho Reglamento, por un importe de 1 279 000 ECU, de acuerdo con el plan financiero del PIM Puglia.

    Artículo 4

    El destinatario de la presente Decisión es la República Italiana.

    Hecho en Bruselas, el 12 de octubre de 1988.

    Por la Comisión

    Grigoris VARFIS

    Miembro de la Comisión

    (1) DO no L 197 de 27. 7. 1985, p. 1.

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