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Document 31985R2249
Commission Regulation (EEC) No 2249/85 of 2 August 1985 amending Regulation No 467/67/EEC fixing the conversion rates, the processing costs and the value of the by-products for the various stages of rice processing
Reglamento (CEE) n° 2249/85 de la Comisión, de 2 de agosto de 1985, por el que se modifica el Reglamento n° 467/67/CEE que fija los coeficientes de conversión, los gastos de elaboración y el valor de los subproductos correspondientes e las distintas fases del proceso de transformación del arroz
Reglamento (CEE) n° 2249/85 de la Comisión, de 2 de agosto de 1985, por el que se modifica el Reglamento n° 467/67/CEE que fija los coeficientes de conversión, los gastos de elaboración y el valor de los subproductos correspondientes e las distintas fases del proceso de transformación del arroz
DO L 210 de 7.8.1985, p. 13–13
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT, FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO)
No longer in force, Date of end of validity: 09/01/2009; derog. impl. por 32008R1312
Reglamento (CEE) n° 2249/85 de la Comisión, de 2 de agosto de 1985, por el que se modifica el Reglamento n° 467/67/CEE que fija los coeficientes de conversión, los gastos de elaboración y el valor de los subproductos correspondientes e las distintas fases del proceso de transformación del arroz
Diario Oficial n° L 210 de 07/08/1985 p. 0013 - 0013
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 19 p. 0066
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 36 p. 0239
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 19 p. 0066
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 36 p. 0239
REGLAMENTO ( CEE ) N º 2249/85 DE LA COMISIÓN de 2 de agosto de 1985 por el que se modifica el Reglamento n º 467/67/CEE que fija los coeficientes de conversión , los gastos de elaboración y el valor de los subproductos correspondientes a las distintas fases del proceso de transformación del arroz LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Visto el Reglamento ( CEE ) n º 1418/76 del Consejo , de 21 de junio de 1976 , por el que se establece la organización común del mercado del arroz (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1025/84 (2) , y , en particular , su artículo 19 , Considerando que el Reglamento n º 467/67/CEE de la Comisión (3) , modificado en el último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1548/84 (4) , fijó , en los apartados 1 y 2 de su artículo 2 , los gastos de elaboración que deberán tenerse en cuenta en ciertas fases del proceso de transformación ; que a resultas de la evolución de los precios , los gastos de elaboración correspondientes a dichas fases del proceso de transformación han sufrido modificaciones que deben ser tenidas en consideración ; Considerando que las medidas establecidas por el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 En los apartados 1 y 2 del artículo 2 del Reglamento n º 467/67/CEE , el importe « 45,00 ECUS » se remplazará por « 47,13 ECUS » . Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 1985 . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Bruselas , el 2 de agosto de 1985 . Por la Comisión El Presidente Jacques DELORS (1) DO n º L 166 de 25 . 6 . 1976 , p. 1 . (2) DO n º L 107 de 19 . 4 . 1984 , p. 13 . (3) DO n º 204 de 24 . 8 . 1967 , p. 1 . (4) DO n º 148 de 5 . 6 . 1984 , p. 16 .