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Document 31985L0509

Segunda Directiva 85/509/CEE de la Comisión, de 6 de noviembre de 1985, por la que se modifica el Anexo de la Directiva 82/471/CEE relativa a determinados productos utilizados en la alimentación animal

DO L 314 de 23.11.1985, pp. 25–26 (DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL)

⏵Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (ES, PT, FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/08/2010; derog. impl. por 32009R0767

ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1985/509/oj

31985L0509

Segunda Directiva 85/509/CEE de la Comisión, de 6 de noviembre de 1985, por la que se modifica el Anexo de la Directiva 82/471/CEE relativa a determinados productos utilizados en la alimentación animal

Diario Oficial n° L 314 de 23/11/1985 p. 0025 - 0026
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 19 p. 0207
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 39 p. 0025
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 19 p. 0207
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 39 p. 0025


SEGUNDA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN

de 6 de noviembre de 1985

por la que se modifica el Anexo de la Directiva 82/471/CEE relativa a determinados productos utilizados en la alimentación animal

( 85/509/CEE )

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 82/471/CEE del Consejo , de 30 de junio de 1982 , relativa a determinados productos utilizados en la alimentación animal (1) , modificada por la Directiva 84/443/CEE de la Comisión (2) , y , en particular , su artículo 6 ,

Considerando que la Directiva 82/471/CEE prevé que el contenido de sus Anexos deberá adaptarse constantemente a la evolución de los conocimientos científicos o técnicos ;

Considerando que es superfluo exigir en la etiqueta o el embalaje de los alimentos compuestos la declaración de la mención « Coproductos de la fabricación de ácido L-glutámico » o « Coproductos de la fabricación de L-lisina » , teniendo en cuenta el hecho de que las otras exigencias relativas a la declaración de dichos productos bastan para caracterizarlos ;

Considerando que los estudios realizados sobre ciertos aminoácidos han permitido establecer que tales productos responden a las exigencias de la Directiva 82/471/CEE ; que , por consiguiente , su empleo en la alimentación animal puede autorizarse bajo determinadas condiciones ;

Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva concuerdan con el dictamen del Comité permanente de alimentación animal ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :

Artículo 1

El Anexo de la Directiva 82/471/CEE quedará modificado conforme el Anexo de la presente Directiva .

Artículo 2

Los Estados miembros aplicarán las disposiciones legales , reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir las disposiciones del artículo 1 , a más tardar , el 30 de junio de 1986 . Informarán de ello inmediatamente a la Comisión .

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 6 de noviembre de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º L 213 de 21 . 7 . 1982 , p. 8 .

(2) DO n º L 245 de 14 . 9 . 1984 , p. 21 .

ANEXO

1 . En el grupo 2.3 « Coproductos de la fabricación de aminoácidos por fermentación » columna 7 , « Otras disposiciones » , el primer guión que aparece en « Declaración en la etiqueta o en el envase de los alimentos compuestos » quedará suprimido .

2 . En el punto 3 , « Aminoácidos y sus sales » , se añadirán los siguientes productos :

1 * 2 * 3 * 4 * 5 * 6 * 7 *

Denominación de los grupos de productos * Denominación del producto * Determinación química del principio nutritivo o identidad del microorganismo * Sustrato de cultivo ( en su caso especificaciones ) * Características de composición del producto * Especie animal * Disposiciones especiales *

* 3.7 . L-Triptófano , técnicamente puro * (C8H5NH)-CH2-CH(NH2)-COOH * - * L-Triptófano : min. 98 % * Todas las especies animales * Declaración en la etiqueta o en el envase del producto : *

* * * * * * - mención « L-Triptófano » , *

* * * * * * - contenido de L-Triptófano y de humedad . *

* 3.8 . DL-Triptófano , técnicamente puro * (C8H5NH)-CH2-CH(NH2)-COOH * - * DL-Triptófano : min. 98 % * Todas las especies animales * Declaración en la etiqueta o en el envase del producto : *

* * * * * * - mención « DL-Triptófano » , *

* * * * * * - contenido en DL-Triptófano y en humedad . »

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