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Document 31977R1291
Council Regulation (EEC) No 1291/77 of 14 June 1977 on the conclusion of the Agreement in the form of an Exchange of Letters on the amendment of the Agreement between the European Economic Community and the Swiss Confederation on the application of the rules on community transit and on the implementation of decision No 1/77 of the Joint Committee set up under that Agreement
Reglamento (CEE) n° 1291/77 del Consejo, de 14 de junio de 1977, referente a la celebración del acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificación del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario y referente a la entrada en vigor de la Decisión n° 1/77 de la Comisión mixta creada por dicho Acuerdo
Reglamento (CEE) n° 1291/77 del Consejo, de 14 de junio de 1977, referente a la celebración del acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificación del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario y referente a la entrada en vigor de la Decisión n° 1/77 de la Comisión mixta creada por dicho Acuerdo
DO L 151 de 20.6.1977, p. 1–2
(DA, DE, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(EL, ES, PT, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1977/1291/oj
Reglamento (CEE) n° 1291/77 del Consejo, de 14 de junio de 1977, referente a la celebración del acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificación del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza sobre aplicación de la normativa en materia de tránsito comunitario y referente a la entrada en vigor de la Decisión n° 1/77 de la Comisión mixta creada por dicho Acuerdo
Diario Oficial n° L 151 de 20/06/1977 p. 0001 - 0002
Edición especial griega: Capítulo 02 Tomo 3 p. 0098
Edición especial en español: Capítulo 02 Tomo 3 p. 0196
Edición especial en portugués: Capítulo 02 Tomo 3 p. 0196
Edición especial en finés : Capítulo 2 Tomo 16 p. 0003
Edición especial sueca: Capítulo 2 Tomo 16 p. 0003
++++ REGLAMENTO ( CEE ) N * 1291/77 DEL CONSEJO de 14 de junio de 1977 referente a la celebracion del acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificacion del Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario y referente a la entrada en vigor de la Decision n * 1/77 de la Comision mixta creada por dicho Acuerdo EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea y , en particular , su articulo 113 , Vista la propuesta de la Comision , Considerando que es conveniente celebrar el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificacion del Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario ( 1 ) , firmado el 23 de noviembre de 1972 ; que la modificacion propuesta constituye el objeto de la Recomendacion n * 1/77 de la Comision mixta creada por dicho Acuerdo ; Considerando que es conveniente disponer que la Decision n * 1/77 de la Comision mixta entre en vigor al mismo tiempo que el Acuerdo mismo , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Articulo 1 Queda aprobado en nombre de la Comunidad el Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificacion del Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario . El texto del Acuerdo figura como Anexo 1 . Articulo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para designar a la persona facultada para firmar el Acuerdo en nombre de la Comunidad . Articulo 3 La Decision n * 1/77 de la Comision mixta creada por el Acuerdo entre la Comunidad Economica Europea y la Confederacion Suiza sobre aplicacion de la normativa en materia de transito comunitario , entrara en vigor en la Comunidad al mismo tiempo que el Acuerdo a que se refiere el articulo 1 . El texto de la Decision figura como Anexo 2 . Articulo 4 El presente Reglamento entrara en vigor el dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas . El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Luxemburgo , el 14 de junio de 1977 . Por el Consejo El Presidente T . BENN ( 1 ) DO n * L 294 de 29 . 12 . 1972 , p . 1 .