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Document 22026D1270
Decision of the EEA Joint Committee No 95/2026 of 20 March 2026 amending Annex IX (Financial services) to the EEA Agreement [2026/1270]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 95/2026, de 20 de marzo de 2026, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/1270]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 95/2026, de 20 de marzo de 2026, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/1270]
DO L, 2026/1270, 25.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1270/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2026/1270 |
25.6.2026 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 95/2026
de 20 de marzo de 2026
por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2026/1270]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento Delegado (UE) 2024/595 de la Comisión, de 9 de noviembre de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican la relevancia de las deficiencias, el tipo de información objeto de recopilación, la implementación práctica de la recopilación de información y el análisis y la difusión de la información que figure en la base de datos central de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo a que se refiere el artículo 9 bis, apartado 2, de dicho Reglamento (1). |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 31g [Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo IX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:
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«31ga. |
32024 R 0595: Reglamento Delegado (UE) 2024/595 de la Comisión, de 9 de noviembre de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican la relevancia de las deficiencias, el tipo de información objeto de recopilación, la implementación práctica de la recopilación de información y el análisis y la difusión de la información que figure en la base de datos central de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo a que se refiere el artículo 9 bis, apartado 2, de dicho Reglamento (DO L, 2024/595, 16.2.2024).». |
Artículo 2
El texto del Reglamento Delegado (UE) 2024/595 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 21 de marzo de 2026, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1), o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 88/2026, de 20 de marzo de 2026 (2), si esta fuese posterior.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 20 de marzo de 2026.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Nicolas VON LINGEN
(1) DO L, 2024/595, 16.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/595/oj.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.
(2) DO L, 2026/1230, 25.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1230/oj.
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/1270/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)