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Document 22026D0609
Decision of the EEA Joint Committee No 311/2025 of 5 December 2025 amending Annex XIII (Transport) to the EEA Agreement [2026/609]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 311/2025, de 5 de diciembre de 2025, por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE [2026/609]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 311/2025, de 5 de diciembre de 2025, por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE [2026/609]
DO L, 2026/609, 16.4.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/609/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2026/609 |
16.4.2026 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 311/2025
de 5 de diciembre de 2025
por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE [2026/609]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (UE) 2024/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 80/2009, (UE) n.o 996/2010 y (UE) n.o 165/2014 en lo que respecta a determinadas obligaciones de presentación de información en los ámbitos del transporte por carretera y de la aviación (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar el anexo XIII del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo XIII del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
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1. |
En los puntos 21b [Reglamento (UE) n.o 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo] y 66d [Reglamento (UE) n.o 996/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el guion siguiente:
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2. |
En el punto 63 [Reglamento (CE) n.o 80/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el texto siguiente: «, modificado por:
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Artículo 2
El texto del Reglamento (UE) 2024/1230 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 6 de diciembre de 2025, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 5 de diciembre de 2025.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Stefán Haukur JÓHANNESSON
(1) DO L, 2024/1230, 29.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1230/oj.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2026/609/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)