Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22025D1820

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 123/2025, de 13 de junio de 2025, por la que se modifican el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) y el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2025/1820]

DO L, 2025/1820, 2.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/1820/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/1820/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2025/1820

2.10.2025

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 123/2025

de 13 de junio de 2025

por la que se modifican el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) y el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2025/1820]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2052 de la Comisión, de 30 de julio de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/808 en lo que respecta a su ámbito de aplicación y a determinados criterios de funcionamiento de los métodos analíticos para los residuos de sustancias farmacológicamente activas utilizadas en animales productores de alimentos (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2563 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1646 en lo que respecta al contenido adicional de los planes nacionales de control basados en el riesgo y del plan nacional de vigilancia aleatorizado, a la presentación de tales planes y de datos por parte de los Estados miembros, así como a las frecuencias mínimas de muestreo (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(3)

La presente Decisión se refiere a legislación sobre cuestiones veterinarias, piensos y productos alimenticios. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas sea extensiva a Liechtenstein, según se especifica en las adaptaciones sectoriales del anexo I y la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(4)

Procede, por tanto, modificar los anexos I y II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I del Acuerdo EEE se modifica como sigue:

1.

En los puntos 11i [Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1646 de la Comisión] de la parte 1.1 del capítulo I y 31x [Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1646 de la Comisión] del capítulo II, se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32024 R 2563: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2563 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2024 (DO L, 2024/2563, 27.9.2024).».

2.

En el punto 14 [Reglamento de Ejecución (UE) 2021/808 de la Comisión] de la parte 7.2 del capítulo I, se añade el guion siguiente:

«—

32024 R 2052: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2052 de la Comisión, de 30 de julio de 2024 (DO L, 2024/2052, 31.7.2024).».

Artículo 2

En el punto 164zf [Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1646 de la Comisión] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32024 R 2563: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2563 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2024 (DO L, 2024/2563, 27.9.2024).».

Artículo 3

Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2024/2052 y (UE) 2024/2563 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 14 de junio de 2025, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de junio de 2025.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Nicolas VON LINGEN


(1)   DO L, 2024/2052, 31.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2052/oj.

(2)   DO L, 2024/2563, 27.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2563/oj.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/1820/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


Top