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Document 22025D0579
Decision of the EEA Joint Committee No 272/2024 of 6 December 2024 amending Annex II (Technical regulations, standards, testing and certification) to the EEA Agreement [2025/579]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 272/2024, de 6 de diciembre de 2024, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2025/579]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 272/2024, de 6 de diciembre de 2024, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2025/579]
DO L, 2025/579, 24.4.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/579/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/579 |
24.4.2025 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 272/2024
de 6 de diciembre de 2024
por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2025/579]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1611 de la Comisión, de 6 de junio de 2024, por el que se autoriza la comercialización de isomaltulosa en polvo como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
La presente Decisión se refiere a legislación relativa a productos alimenticios. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein. |
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(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
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1. |
En el punto 124b [Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión], se añade el guion siguiente:
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2. |
Después del punto 252 [Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2090 de la Comisión], se inserta el punto siguiente:
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Artículo 2
El texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1611 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de diciembre de 2024, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2024.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Anders H. EIDE
(1) DO L, 2024/1611, 7.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/1611/oj.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/579/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)